IU, condenada por los insultos escritos por internautas en una web del partido

El Supremo condena a la formación a pagar 10.000 euros a un rival de Colmenar Viejo por los comentarios en un foro

El Tribunal Supremo ha declarado responsable a Izquierda Unida por los comentarios ofensivos publicados en un foro abierto en una web del partido. La sentencia confirma la condena a Izquierda Unida federal e IU de la Comunidad de Madrid a pagar una indemnización de 10.000 euros por vulneración del derecho al ho...

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El Tribunal Supremo ha declarado responsable a Izquierda Unida por los comentarios ofensivos publicados en un foro abierto en una web del partido. La sentencia confirma la condena a Izquierda Unida federal e IU de la Comunidad de Madrid a pagar una indemnización de 10.000 euros por vulneración del derecho al honor y la intimidad de Miguel Ángel Pedrosa Ruiz, rival político de IU en Colmenar Viejo (Madrid) en las elecciones municipales de 2011, por permitir que varios internautas le insultaran y no borrar sus comentarios.

La sentencia, fechada el pasado 5 de mayo, ratifica el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Madrid y desestima el recurso de IU federal. Según los jueces, entre los comentarios incluidos en el foro de la web había algunos en tono jocoso y de crítica política a Pedrosa y su partido (Democracia Directa del Amor, la Sonrisa y el Método Científico), que sí que están amparados por la libertad de expresión, aunque se hagan en tono burlesco e hiriente. Pero los insultos incluidos en otros comentarios que calificaban a Pedrosa de estafador, "chorizo" o "sinvergüenza", "sobrepasan el ámbito de la libertad de expresión", según el Supremo. El alto tribunal recuerda su propia jurisprudencia, en la que ya ha establecido "no existe un derecho al insulto constitucionalmente protegido".

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La Sala de lo Civil explica que la titular de una página web, creadora del foro de debate abierto, debe "extremar las precauciones y ejercer control" sobre las opiniones y comentarios alojados y procurar la retirada de aquellos que "manifiesta e inequívocamente aparecieran como gravemente injuriosos".

Pero en este caso, según los jueces, el control de IU sirvió para que se permitiera la publicación de comentarios ofensivos para el demandante mientras se denegaba la publicación de otros, entre los que estaban los favorables a Pedrosa. "No puede por tanto alegarse la dificultad de controlar el contenido de la página web, porque el control existía", advierte el tribunal.

La página web iucolmenarviejo.wordpress.com contaba con sistemas de control, detección o moderación de su contenido, pero, según el tribunal, tales controles no funcionaron adecuadamente desde la perspectiva de la protección de los derechos fundamentales de los afectados. "Es correcta la afirmación de la Audiencia de que se debió reaccionar frente a los comentarios ofensivos y prohibir el acceso de los mismos a la página, nada de lo cual hizo la responsable de la web, a través del moderador que designó, pese a ser conocedor de las expresiones difundidas a través del foro, como lo demuestra la 'moderación' (en realidad, negativa a publicarlo) del mensaje enviado por el demandante".

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