El Supremo obliga a readmitir a un cabo que dio tres positivos en cocaína

Los jueces anulan la expulsión del militar porque no le hicieron una prueba genética a la que tenía derecho

El Tribunal Supremo ha obligado al Ejército de Tierra a readmitir a un militar que dio tres positivos por consumo de cocaína. El alto tribunal ha anulado la tercera prueba al entender que hay "dudas razonables" de que la orina empleada para realizar el análisis fuera realmente del militar expulsado.

El cabo se ha beneficiado de la entrada en vigor de una instrucción técnica en el año 2012 que incorporaba a este tipo de análisis una p...

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El Tribunal Supremo ha obligado al Ejército de Tierra a readmitir a un militar que dio tres positivos por consumo de cocaína. El alto tribunal ha anulado la tercera prueba al entender que hay "dudas razonables" de que la orina empleada para realizar el análisis fuera realmente del militar expulsado.

El cabo se ha beneficiado de la entrada en vigor de una instrucción técnica en el año 2012 que incorporaba a este tipo de análisis una prueba de confirmación genética. Después de dar tres positivos por consumo de drogas en tres pruebas distintas realizadas entre enero de 2011 y diciembre de 2012, y de rechazar la opción de someterse a un contraanálisis tras cada una de ellas, el militar pidió que se realizara el test genético, que había entrado en vigor en febrero de 2012. Pero la cantidad de orina recogida no era suficiente para llevar a cabo la confirmación, por lo que el Ejército dio por buenos los análisis anteriores y ordenó la expulsión del cabo, que es inmediata tras un tercer positivo en drogas.

El Supremo rechaza ahora los argumentos en los que se basó la expulsión del cabo y dice que la imposibilidad de realizar el análisis que reclamaba el afectado no puede suponer la confirmación automática del positivo. El tribunal aplica el principio de in dubio pro reo y precisa que no existe “suficiente certeza” de que las muestras de orina pertenecieran al militar. La resolución, de la que ha sido ponente Fernando Pignatelli Meca, especifica que la instrucción técnica de 2012 añadió la prueba de confirmación genética "para aumentar el grado de garantía a las personas afectadas", ya que el propio Ejército admite que los grados de garantía de los análisis y contraanálisis no son “absolutos”.

La sentencia asegura que si los resultados del análisis y el contranálisis hubieran quedado confirmados después de no ser posible realizar la prueba genética, como pretendía el Ejército, esta nueva garantía quedaría convertida en algo "aleatorio" y "al albur de la administración". La Sala de lo Militar expresa “dudas razonables” sobre la eficacia del análisis y el contraanálisis cuando la prueba de confirmación genética no se puede hacer por causas no imputables al afectado, que no reconoce el consumo y pone en duda que las muestras de orina sean suyas.

La decisión cuenta con dos votos particulares, uno del presidente de la Sala de lo Militar, Ángel Calderón, y otro firmado por tres magistrados partidarios de confirmar la sanción al creer que el consumo de cocaína está "suficientemente acreditado".

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