El retrovisor genera remordimientos
Demandas para aplicar el Derecho al Olvido ponen de relieve la falta de sensibilidad de los periodistas
EL PAÍS recibe todos los meses peticiones de ciudadanos para que la inclusión de sus nombres en los buscadores no lleve a informaciones antiguas, inexactas o superadas por el paso del tiempo. Es el caso, por ejemplo, de un funcionario acusado hace 40 años de traficar con droga en una prisión. Su nombre y apellido llevan a esa información, pero resulta que el protagonista fue absuelto. La ley y el Libro de estilo favorecen en esas situaciones el Derecho al Olvido, que consiste en desindexar, en no relacion...
EL PAÍS recibe todos los meses peticiones de ciudadanos para que la inclusión de sus nombres en los buscadores no lleve a informaciones antiguas, inexactas o superadas por el paso del tiempo. Es el caso, por ejemplo, de un funcionario acusado hace 40 años de traficar con droga en una prisión. Su nombre y apellido llevan a esa información, pero resulta que el protagonista fue absuelto. La ley y el Libro de estilo favorecen en esas situaciones el Derecho al Olvido, que consiste en desindexar, en no relacionar un nombre con un enlace concreto. La casuística, sin embargo, es muy compleja y obliga al periódico a tener más cuidado, más sensibilidad y más prudencia.
El Libro de estilo señala que, si la persona afectada lo solicita, las informaciones sobre investigaciones o acusaciones no derivadas en condenas deberán contener una advertencia al respecto. Es una cláusula para aliviar la legítima difusión en la prensa en su momento de actuaciones policiales o judiciales que no se concretaron en nada o de veredictos que el tiempo los descontextualiza, como una leve condena a una joven que, 20 años después, es una reconocida profesional.
La ley, la práctica normal del periodismo y la ética profesional afrontan casos variopintos de difícil solución. Uno obvio: se publican a menudo nombres de detenidos o imputados, pero apenas se difunden absoluciones o archivos de sus causas.
En ocasiones, algún lector nos obliga a mirar por el retrovisor de la hemeroteca y nos provoca hasta remordimientos. Es el caso de quien escribió hace poco para pedir la desindexación del nombre de su hermana, plenamente identificada como muerta por sobredosis a los 20 años en una información del periódico de hace cuatro décadas.
El Derecho al Olvido se aplica a ese tipo de informaciones con un mínimo de antigüedad de cinco años. Otras recientes también afectan al honor y la imagen de los protagonistas, pero derivan en otras consideraciones.
El columnista Jordi Amat ha recordado ahora la detención de Tamara Carrasco en 2018 acusada de rebelión y terrorismo. Numerosos medios, incluido EL PAÍS, publicaron su foto escoltada por dos guardias civiles tras ser arrestada. El Tribunal Supremo acaba de ratificar su absolución, pero la llamada pena de telediario ya se había ejecutado con creces.
Hace tres años, Álex Grijelmo publicó su columna para poner en entredicho titulares de varios medios en los que se llamaba “maltratador” al exmarido de Juana Rivas, Francesco Arcuri, condenado como tal ocho años antes a tres meses de prisión. Adjetivos perpetuos, criticó Grijelmo en el titular de su texto para recordar que la ley favorece la reinserción y no contempla la cadena perpetua.
La semana pasada, EL PAÍS tituló: Un etarra acusado de siete asesinatos prepara su vuelta legal a España tras 33 años huido en Cabo Verde. Se refería a Félix Manzanos quien, en efecto, fue perseguido por crímenes de hace 40 años ya prescritos. Manzanos no fue detenido y, tras su expulsión a Cabo Verde, ha trabajado dos décadas como taxista en ese país.
Un lector escribió a raíz de esa noticia: “¿Cuándo se deja de ser etarra en EL PAÍS?” Quino Petit, redactor jefe de la sección de España, señala que en su día hubo datos oficiales para sostener que Manzanos militaba en ETA y que, como tal, ha figurado en documentos judiciales y policiales incluso tras la disolución de la banda. “Eso no impide que pueda reconsiderarse el criterio para ajustar la definición de exetarras o exintegrantes de ETA”, asume Petit.
Luis R. Aizpeolea, estudioso del terrorismo en Euskadi, opina que no tiene sentido usar en tiempo presente las expresiones “miembro de ETA” o “etarras” cuando la organización se disolvió ya hace cuatro años. Lo adecuado, añade, sería “exmiembros de ETA”. Aizpeolea añade: “Es necesario extremar el rigor en las expresiones cuando asistimos a un enredo deliberado en algunos estamentos político-mediáticos que confunden terrorismo con nacionalismo”.
El lector también insinuó que el periódico aplica criterios diferentes según quién sea el aludido. “¿Cuándo dejó de ser etarra Arnaldo Otegi?”, se preguntaba en alusión al dirigente abertzale condenado en 2011 como dirigente de ETA. Pese a tal condena, el periódico no menciona nunca a Otegi como “dirigente de ETA”. Lógico, ¿pero por qué esta diferencia de trato?
Al margen de la pugna política —la menciona Aizpeolea, pero sobrepasa el terreno de juego del Defensor del Lector—, conviene afinar el rigor, la ética y los adjetivos para que, en el futuro, los periodistas podamos mirar el retrovisor sin remordimientos, y los aludidos, sin ira.
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