Miguel Bosé gana a Nacho Palau: el Supremo no considera hermanos a sus cuatro hijos

Tras perder en primera instancia y en la Audiencia Provincial, el escultor ve desestimados sus intentos de que los cuatro niños mantengan relaciones entre ellos. Seguirán separados entre México y Valencia

Nacho Palau y Miguel Bosé, en una foto de archivo.Europa Press

La guerra judicial entre Miguel Bosé y Nacho Palau por la custodia de sus cuatro hijos va tocando a su fin. El Tribunal Supremo acaba de darle la razón al cantante, afirmando en una sentencia que “los menores carecen de lazos biológicos”. Según se argumenta en el escrito, “el vínculo socio afectivo de los niños entre sí y con quien fue pareja de su respectivo padre no es por sí título para el establecimiento de un vínculo legal de filiación”. Además, se afirma que para estos supuestos el ordenamiento jurídico establece otro cauce, el de la adopción, “que no se ha querido seguir” por parte de B...

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La guerra judicial entre Miguel Bosé y Nacho Palau por la custodia de sus cuatro hijos va tocando a su fin. El Tribunal Supremo acaba de darle la razón al cantante, afirmando en una sentencia que “los menores carecen de lazos biológicos”. Según se argumenta en el escrito, “el vínculo socio afectivo de los niños entre sí y con quien fue pareja de su respectivo padre no es por sí título para el establecimiento de un vínculo legal de filiación”. Además, se afirma que para estos supuestos el ordenamiento jurídico establece otro cauce, el de la adopción, “que no se ha querido seguir” por parte de Bosé y Palau.

El martes 16 de mayo —aunque se ha conocido dos días después— la sala primera de lo civil del Supremo desestimó el recurso de casación que había presentado Palau, y en el que pedía que se declarara su paternidad “de los dos hijos biológicos de quien fue su pareja, y, al mismo tiempo, que se declarara que su expareja es el padre no matrimonial de los dos hijos biológicos del propio demandante”. Es decir: Palau quería ser el padre de los dos hijos de Bosé y también que Bosé fuera el padre de sus dos hijos biológicos, que siempre han vivido juntos y han mantenido estrechos lazos hasta la separación de la que fue pareja durante 26 años, que se hizo pública en octubre de 2018. Además, Palau pretendía que se establecieran relaciones entre los niños (todos ellos nacidos por vientre de alquiler), tanto entre sí como “con sus padres respectivos”.

Sin embargo, y como ya le ocurrió tras perder en octubre de 2020, cuando el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pozuelo de Alarcón emitió una sentencia en su contra que ya confirmó la Audiencia Provincial, Nacho Palau ha vuelto a perder. El Supremo ha desestimado la demanda del escultor valenciano, de 51 años, frente a Bosé, de 67, asegurando que no aprecian errores “en la conclusión alcanzada por el juez”, que no había problemas en las anteriores sentencias, y que lo estimado por la Audiencia Provincial es certero. Por tanto los niños, Diego y Tadeo, de 12 años, que viven en México con Bosé; e Ivo y Telmo, de 11 años (cuya paternidad llegó a negar Bosé en el juicio) y que residen con Palau en un pueblo de Valencia, no se consideran hermanos. Aunque Palau podría llegar a recurrir, la sentencia es firme.

En su recurso, Palau aseguraba que se vulneraba “el principio del interés del menor” recogido en la Convención de Naciones Unidas. Además, argumentaba que “el no reconocimiento de la filiación en los niños nacidos por maternidad subrogada afecta al derecho a su vida privada y a su estabilidad, dado que desde su nacimiento disfrutaban de la compañía de sus hermanos, y en este momento solo lo hacen en los períodos vacacionales”. Añadía también que “el que tengan reconocida la filiación respecto de un progenitor no satisface su interés [...]. Considera que no se han tenido en cuenta las manifestaciones y sentimientos de los niños, que el régimen de visitas incluso puede ser perjudicial, dada la creciente desigualdad existente entre ellos, y que la única alternativa que salvaguarda el respeto al disfrute de su vida familiar es el reconocimiento de la filiación”. Sin embargo, desde el Supremo se argumenta que “el interés del menor no es causa que permita al juez atribuir una filiación. Es el legislador quien [...] debe valorar en abstracto el interés superior del menor junto a los demás intereses presentes (la libertad de procreación, el derecho a conocer los propios orígenes, la certeza de las relaciones, la estabilidad del hijo)”. Además, también se explica que “no puede darse por supuesto que el superior interés del menor quede mejor tutelado por el hecho de que [...] la patria potestad vaya a recaer en dos personas”.

La argumentación por parte del valenciano se basa, sobre todo, en que “la convivencia como hermanos de los hijos de los litigantes, que nacieron con siete meses de diferencia” tendría que ser suficiente para considerarlos hermanos. Sin embargo, el Supremo es contrario a ello: “Lo cierto es que ni una anterior convivencia establecida voluntariamente y amparada por acuerdos alcanzados por las partes, ni una invocación genérica e interesada del principio del interés del menor, justifican que se puedan establecer unas paternidades, con el conjunto de derechos y obligaciones que ello comporta, que carecen de cobertura legal”. Además, insisten en que si querían que los cuatro hijos fueran hermanos, deberían haber sido adoptados mutuamente por el otro padre, algo que el ordenamiento español permite, pero que ellos no quisieron hacer.

En la sentencia también se recoge que los pequeños normalizan la situación, aunque les gustaría vivir juntos, pero que mantienen un estrecho e intenso contacto casi diario “compartiendo videojuegos, por videoconferencia, o por teléfono, además de disfrutar de las vacaciones juntos”, y que a los pequeños las formas de vida de sus dos padres “son diferentes, pero les gustan ambas”. También se explica que mantienen relaciones con sus dos familias y que en ningún momento se aprecia en ellos “incertidumbre o inseguridad en cuanto a su identidad, tienen los apellidos de sus respectivos padres biológicos y son conscientes de la situación”.

Una relación secreta de 26 años

Bosé y Palau se conocieron en una discoteca de Valencia, cuando el cantante tenía 37 años y Palau 19. Una relación que iría poco a poco hasta que el valenciano lo dejó todo para mudarse a la casa de Bosé en Madrid. Se convirtió durante dos décadas en la persona más importante de su vida, pero en secreto, para proteger la historia de amor que les unía.

Finalmente, decidieron ser padres tras más de dos décadas de noviazgo. Cuatro hijos llegaron de esta decisión. Todos ellos por vientre de alquiler, pero hijos biológicos de cada uno de ellos, nacidos en 2011 con apenas meses de diferencia. La familia se mudó a Panamá, donde se acabaría el amor y donde tomarían la decisión de separarse en 2017. Palau se instaló cerca de la casa del cantante para seguir viendo a los pequeños, pero pronto Bosé le propuso regresar a España y ser él quien se encargase de la crianza de los cuatro niños. Palau no aceptó y regresó a Valencia, pero con sus dos hijos biológicos, Diego y Tadeo. En 2018, Palau interpuso una demanda a Bosé por la custodia de sus hijos y en octubre de 2020 se volvieron a ver las caras en el juzgado. En aquel momento, el juez dictaminó que tanto el cantante como el escultor se hiciesen cargo de sus propios hijos biológicos. Juicios y recursos después, la justicia ha vuelto a dar la razón a Bosé.

Después de su paso por el programa Supervivientes, donde quedó tercero y donde ya empezó a sentirse mal, en agosto de 2022 Palau anunció que padecía cáncer de pulmón. Una noticia que hizo que la relación entre ambos mejorara, pero que no ha parado el proceso judicial en el que han estado involucrados. De hecho, el valenciano ha contado en más de una ocasión el apoyo que ha tenido por parte de Bosé, desde la distancia. En su paso por el programa de Telecinco, el escultor relató los problemas económicos que atraviesa: “Estoy más pelado que el cuco. En los últimos tres años he vivido con el dinero justo”.

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