El acusado del crimen del rapero Isaac se convierte en el condenado a prisión permanente revisable más joven de España
La sentencia recoge que la motivación del asesinato fue la guerra entre bandas juveniles y es la segunda vez que se aplica la pena máxima en un caso de violencia entre estas organizaciones
David Bárcena, el único acusado mayor de edad del asesinato del rapero Isaac López en un túnel de Madrid en junio de 2021, acaba de recibir la sentencia que le condena a la pena más severa posible: prisión permanente revisable. Cuando hace unas semanas el jurado popular consideró probado que el joven pertenecía a los Dominican Don’t Play (DDP), quedaban pocas dudas sobre la sentenci...
David Bárcena, el único acusado mayor de edad del asesinato del rapero Isaac López en un túnel de Madrid en junio de 2021, acaba de recibir la sentencia que le condena a la pena más severa posible: prisión permanente revisable. Cuando hace unas semanas el jurado popular consideró probado que el joven pertenecía a los Dominican Don’t Play (DDP), quedaban pocas dudas sobre la sentencia que dictaría el magistrado, la ley no da margen a la interpretación. El código penal establece que si un crimen se ha cometido por miembros de una organización criminal, la pena será la mayor posible. El joven se convierte así en el condenado a prisión permanente revisable más joven de España. Cuando sucedió el asesinato, víctima y culpable tenían 18 años, se llevaban un mes de diferencia. Ahora, Bárcena tiene 20 y lleva desde noviembre de 2021 en prisión por estos hechos. Si no prosperan los recursos de la defensa, el chico no saldrá de la cárcel hasta, como mínimo, los 43 años.
Según recoge el fallo, el condenado en compañía de otros tres amigos tuvo un “encuentro casual” con la víctima el 14 de julio de 2021 después de haber pasado buena parte de la tarde montando en patinete por la zona de Embajadores y de Legazpi. La víctima echó a correr cuando se produjo el encontronazo y se metió en un túnel, como acredita una decena de testigos. La sentencia prosigue el relato considerado por el jurado y refleja que Isaac trató de saltar la valla para correr por la calzada, cayó al suelo y en ese momento el acusado lo apuñaló “hasta en cuatro ocasiones” en la espalda. El fallo refleja que “el acusado cometió el asesinato por su pertenencia a una organización criminal” y cita para ello las labores de compra de armas y recaudación de dinero que llevaba a cabo. Durante el juicio también se valoró la relación de la víctima con los Trinitarios, enemigos de los DDP.
La investigación del asesinato duró cuatro meses tras los que los agentes detuvieron a los cuatro autores del crimen. El registro de los tres patinetes en los que se movieron aquella tarde los culpables fue clave para dar con ellos y también para encontrar las dos navajas tipo mariposa usadas en el crimen. Los tres menores firmaron una conformidad en la que admitían los hechos y aceptaba una reclusión en un centro en régimen cerrado de entre tres y seis años. El proceso de Bárcena, al haber cumplido los 18 dos meses antes del homidicio, ha sido juzgado como un adulto. Es la segunda vez que se condena a un acusado a la prisión permanente revisable después de ser considerado miembro probado de una banda juvenil. Adrián G., un pandillero de los Trinitarios apodado Plátano, recibió esta sentencia por el asesinato en 2016 en una plaza en Madrid de Richard, un menor que supuestamente pertenecía a la banda rival de los Ñetas. Tanto el Ministerio Fiscal como el abogado de la acusación, ejercida por Juan Manuel Medina, solicitaban la pena que finalmente ha aplicado el magistrado.
El juez también ordena al condenado pagar una indemnización de de 175.000 euros a la madre del fallecido, Ángeles Triano, y 50.000 euros a su hermana Isabel.
El magistrado reconoce una única atenuante, la de reparación del daño, por los 12.150 euros que ha ingresado a la familia del fallecido en estos dos años y por la solicitud de mediación con la familia de la víctima, que esta rechazó. “Acreditado el intento de mediación por parte del acusado en los términos ya valorados y la consignación de la cuantía económica en la cuenta del órgano judicial para entrega a la familia de la víctima, nos permite apreciar la atenuante solicitada por la defensa”, refleja el fallo. El magistrado recononoce así el trabajo del letrado de Bárcena, Álvaro Rojo: “No se han acreditado las circunstancias patrimoniales del acusado, ciertamente muy joven y en prisión preventiva, y se afirma que la consignación ha sido realizada por él, y no por su familia, cuyas circunstancias ignoramos también, pero que han costeado, sin duda, una eficaz y probablemente costosa defensa”.
No acepta el reconocimiento de la confesión tardía, porque, asegura el juez, a pesar de que Bárcena declaró voluntariamente ante la policía y dio el código de su teléfono, esto se produjo cuando la investigación estaba completada y “nada aportó a la investigación de los hechos, que ya habían sido establecidos”. El juez abunda: “Como tampoco nada aportó facilitar su ADN (que podría haberse obtenido por resolución judicial) y el número secreto de su teléfono móvil, por cuanto el que utilizaba a la fecha de los hechos lo había perdido o le fue sustraído en un encuentro anterior con Los Trinitarios”.
Durante el juicio se aportaron numerosas pruebas documentales relacionadas con el mundo de delincuencia juvenil en el que se produjo este asesinato. El tribunal pudo ver vídeos hallados en los terminales telefónicos de los acusados en los que se apalizaba a un joven y también los vídeos de música drill en los que hacían gestos relacionados con las bandas. También se escuchó la voz de Isaac gracias a los audios que se extrajeron de su móvil en los que alertaba en un grupos de Whatsapp de las zonas en las que se movían los DDP y aseguraba que él salía con un “filo” (arma blanca) a la calle. Un entorno de violencia en el que se movían estos dos jóvenes de la misma edad que soñaban con ser cantantes y se habían criado en barrios no muy lejanos en el que sucedió lo peor una tarde de julio.
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