El jueves santo desaparece como día festivo para 2023
El calendario laboral autonómico valenciano marca 12 jornadas inhábiles a las que se sumarán dos de carácter local
El pleno del Consell ha aprobado este viernes el calendario laboral para 2023 en el ámbito de la Comunidad Valenciana en el que desaparece como festivo, respecto a este año, el jueves santo. El hecho de que en 2022 el 1 de mayo, el 9 de octubre y el 25 de diciembre sean domingo posibilitó marcar el 14 de abril, jueves santo, como festivo. Sin embargo, el año que viene, entre “las fiestas que mayor tradición tienen en el conjunto de nuestra Comunidad Valenciana”, que es el argumento que marca la elaboración del calend...
El pleno del Consell ha aprobado este viernes el calendario laboral para 2023 en el ámbito de la Comunidad Valenciana en el que desaparece como festivo, respecto a este año, el jueves santo. El hecho de que en 2022 el 1 de mayo, el 9 de octubre y el 25 de diciembre sean domingo posibilitó marcar el 14 de abril, jueves santo, como festivo. Sin embargo, el año que viene, entre “las fiestas que mayor tradición tienen en el conjunto de nuestra Comunidad Valenciana”, que es el argumento que marca la elaboración del calendario, solo el 1 de enero y el 19 de marzo caen en domingo, con lo que se ha tenido que descartar un festivo respecto a este año para mantener los 12 días inhábiles, a efectos laborales, retribuidos y no recuperables.
Además de la tradición, el Consell ha tomado como criterio básico el favorecer “que el disfrute de estas fiestas no suponga un perjuicio para la actividad económica de la Comunidad Valenciana sino, al contrario, beneficie la competitividad del conjunto de las empresas valencianas y repercuta de manera positiva en el empleo”, según el acuerdo.
Así, se establecen como festivos el 6 de enero, 7 de abril (viernes santo), 10 de abril (lunes de Pascua), 1 de mayo, 24 de junio, 15 de agosto, 9 de octubre, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
El calendario se completará por las aportaciones de las corporaciones locales, a las que corresponde determinar dos fiestas de carácter local.