La justicia condena a la Generalitat a pagar a Renfe una deuda de 81 millones
La consejera de Territorio, Ester Capella, asegura que recurrirá y acusa al Estado de ser el principal “incumplidor” en cuanto a inversión en infraestructuras
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a la Generalitat a pagar una deuda de 81 millones de euros a Renfe por los servicios prestados en Rodalies por el operador entre 2016 y 2019, según una sentencia publicada este miércoles. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha dado la razón a Renfe, que en 2021 pre...
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a la Generalitat a pagar una deuda de 81 millones de euros a Renfe por los servicios prestados en Rodalies por el operador entre 2016 y 2019, según una sentencia publicada este miércoles. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha dado la razón a Renfe, que en 2021 presentó un recurso contra el Departamento de Territorio y Sostenibilidad por su negativa a abonar créditos pendientes, y condena al Govern a pagar 80.926.248 euros más los intereses de demora. Además, obliga a Territorio a pagar las costas por un máximo de 3.000 euros, aunque la sentencia es recurrible en casación.
La cifra fijada por el tribunal incluye incrementos por cánones ferroviarios y corresponde a la reclamación que hizo Renfe por el Plan de Acción 2016-2019, pero la Generalitat se opuso alegando que es la Administración General del Estado (AGE) la que tiene que pagar la cantidad.
Sin embargo, el tribunal afirma que es la Generalitat la competente en ese Plan de Acción y que los servicios de Renfe se prestaron sin oposición por parte del Govern, por lo que el conflicto que tenga con la AGE debe ser dirimido en un ámbito diferente a la vía judicial.
“El compromiso de pago no solo se halla reconocido, sino que además frente a él no cabe alegar un conflicto con la Administración General del Estado en relación a las transferencias de recursos, conflicto al que es ajena la Sociedad mercantil Renfe Viajeros SA, actora en este proceso”, indica el tribunal. Añade que, respecto a la deuda, “hay un reconocimiento tácito cuando la prestación del servicio, acomodado al plan de Acción se presta por Renfe-Viajeros sin oposición alguna por parte de la Administración gestora del servicio en los términos señalados”.
La Generalitat ya ha anunciado que recurrirá la sentencia porque no la comparte. “La Generalitat en un momento determinado se planta porque el Estado se hace cargo de estas ampliaciones de servicio en otros lugares del Estado y en Catalunya no solo no se hace cargo, sino que los servicios que se tiene que hacer cargo Renfe, Adif y el ministerio tampoco funcionan”, ha asegurado la consejera de Territorio, Ester Capella, en una entrevista en SER Catalunya. Capella también ha acusado al Estado de ser el principal “incumplidor” porque, afirma, la ejecución del presupuesto en in infraestructuras en Catalunya no supera el 19%.
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