La justicia ratifica la limitación de las reuniones a diez personas

El juzgado considera que las medidas de Salud son “proporcionales, idóneas, razonables y necesarias”

Los consellers de Educación, Josep Bargalló (i) y de Salud, Alba Vergés (2i) y el secretario de salud publica, Josep Argimon, el pasado martes.Alejandro García (EFE)
Barcelona -

La justicia ha avalado íntegramente este viernes las medidas adoptadas por el Departamento de Salud de la Generalitat para contener el coronavirus en toda Cataluña. La más trascendente es la limitación de las reuniones, tanto públicas como privadas, a un máximo de diez personas. La resolución judicial considera que este límite es “especialmente relevante por constatar que es precisamente en el ámbito familiar y social donde se está produciendo un importante porcentaje de contagios” y que es necesario acotar la exposición de los afectados.

El visto bueno judicial comporta que las medidas...

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La justicia ha avalado íntegramente este viernes las medidas adoptadas por el Departamento de Salud de la Generalitat para contener el coronavirus en toda Cataluña. La más trascendente es la limitación de las reuniones, tanto públicas como privadas, a un máximo de diez personas. La resolución judicial considera que este límite es “especialmente relevante por constatar que es precisamente en el ámbito familiar y social donde se está produciendo un importante porcentaje de contagios” y que es necesario acotar la exposición de los afectados.

El visto bueno judicial comporta que las medidas son de inmediata aplicación durante 15 días. Pasado ese tiempo se podrían prorrogar si lo reclama la Generalitat. Su entrada en vigor se ha demorado unos días desde que Quim Torra las anunciara el pasado lunes porque el Govern pretendía evitarse un revolcón judicial y ha presentado al juzgado informes de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, del Ministerio de Sanidad y del Gabinete Jurídico de la Generalitat para reforzar sus tesis.

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El fiscal se opuso a las medidas solicitadas, pero el auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 13 de Barcelona invoca precisamente esos informes y concluye que la limitación a diez personas “está justificada para contener la rápida propagación del virus en el actual contexto de incremento de casos, debido a que en los encuentros familiares y sociales es difícil mantener la distancia física interpersonal de seguridad”

La resolución admite que la limitación “tendrá cierta incidencia en el modo de vida de los ciudadanos”, pero matiza que será “mínima”. Por el contrario, el juzgado entiende que las medidas acordadas por el Departamento de Salud son “proporcionales, idóneas, razonables y necesarias” en la lucha contra la pandemia, al tiempo que recuerda numerosas cifras sobre la aparición de brotes y el incremento de afectados en Cataluña.

Mientras tanto, la patronal catalana del ocio nocturno, Fecasarm, ha creado un buzón anónimo para denunciar las fiestas ilegales que han proliferado en diversas ciudades debido a los efectos que ha tenido el cierre de locales acordado por la Generalitat.

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