La Audiencia Provincial de Madrid revoca la intención del juez Peinado de abrir un segundo juicio contra Begoña Gómez por malversación
El tribunal vuelve a avalar la investigación por la contratación de la asistente de la esposa del presidente
La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado este jueves la decisión del juez Juan Carlos Peinado de formar una pieza separada en la causa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, sobre el delito de malversación que se le imputa a Gómez, a su asistente, Cristina Álvarez, y al actual delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre por la presunta contratación irregular de Álvarez por haber hecho presuntamente gestiones en nombre de Gómez para asuntos privados durante su trabajo como asesora en La Moncloa. Lo que significa que la Audiencia ordena unir las dos piezas del procedimiento abiertos contra Gómez (una que investigaba este delito de malversación y otra que incluía los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida, intrusismo profesional) y evitar dos juicios separados. Ahora, en el caso de que la causa llegue a ser juzgada, se verá por una única vista. “La decisión adoptada por el juez instructor es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental”, señala el auto, al que ha tenido acceso este periódico.
Los magistrados de la Audiencia señalan en el auto que la motivación de Peinado “no contiene una descripción mínima o sucinta de los hechos que deben conformar la pieza separada y los investigados concernidos” ni establece “un mínimo análisis de la consistencia indiciaria y viabilidad jurídica de la imputación delictiva” ni tampoco incluye las razones por las que el juez considera que es factible el enjuiciamiento por separado con el resto de conductas sin poner en riesgo la continencia de la causa”.
La Audiencia, no obstante, avala que Peinado siga adelante con investigación de este supuesto delito. Así lo explica en el auto: “En este procedimiento, no se investiga la legalidad del nombramiento de la asistente de la mujer del presidente, pues se encuentra fuera de toda duda, que resulta necesario desde el punto de vista protocolario, de organización de agenda y de seguridad (...). La investigación [judicial] habría derivado a la posible extralimitación de las funciones del cargo, ya que parece deducirse de las diligencias practicadas, que la misma ha participado desde su puesto de funcionaria de libre designación de Presidencia del Gobierno, en actuaciones del exclusivo interés personal de la esposa del Presidente”, aparece en el auto.
Este capítulo se suma a la larga y sinuosa instrucción del juez Peinado contra la esposa del presidente. La causa comenzó en abril del año pasado, cuando el instructor (titular del juzgado número 41 de Madrid) abre diligencias contra Gómez tras una denuncia presentada por el pseudosindicato Manos Limpias, basada a su vez en recortes de prensa. Desde entonces, el instructor imputó a la mujer del jefe del Ejecutivo cinco delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida, intrusismo profesional y malversación.
La polémica sobre este último delito (en el que se enfoca el auto de este jueves) comenzó el 10 de marzo, cuando Peinado acordó la apertura de una pieza separada en el procedimiento para investigar se cometió malversación de caudales públicos con la contratación de la asistente de Gómez en 2018. El instructor pidió tomar declaración como testigo al ministro de Presidencia, Félix Bolaños, sobre el proceso de la adjudicación del puesto Álvarez mientras este estaba al frente de la Secretaría General de Presidencia, encargada de estos asuntos. En su declaración, un mes después, el ministró afirmó que no había participado en la contratación de la asistente de Gómez.
La defensa pidió el archivo de esta declaración, pero la Audiencia lo ha rechazado este jueves y ha señalado que la testifical del ministro “resulta necesaria, útil y pertinente”, ya que el momento en el que Álvarez fue contratada, Bolaños ocupaba el cargo de secretario general, “inmediato superior a la designada asistente”. “Tiene interés con la finalidad de valorar si se ha producido una extralimitación en relación a los intereses privados de Gómez”, apunta.
La Audiencia, de hecho, ya apoyó este junio en otro auto la decisión de Peinado de investigar el posible delito de malversación y señaló que la ocupación de la asistente de Gómez pudo utilizarse “desde un inicio, como un indebido soporte o desviación de recursos públicos en favor exclusivamente de intereses privados”. Con esta argumentación, el instructor pidió al Supremo la imputación de Bolaños. No obstante, el alto tribunal la rechazó por no haber “el más mínimo respaldo indiciario” que la apoyase.
Finalmente, este agosto, Peinado imputó a la esposa del presidente y a la asesora Cristina Álvarez por un presunto delito de malversación en la contratación de esta última como su asistente. Y a finales de septiembre, el instructor les comunicó que, en el caso de que sean juzgadas por el delito de malversación, lo vería un jurado popular. Unas semanas después, extendió esa decisión a todo el procedimiento (los otros cuatro delitos) para que, si llega a juicio, también sea un jurado popular el que decida sobre el resto de la causa. La Audiencia Provincial tiene pendiente resolver aún varios recursos, mientras el procedimiento continuará tramitándose por la ley del Tribunal del Jurado.