Sánchez amplía su querella contra el juez Peinado por “contravenir la doctrina existente” en la causa contra su esposa
La Abogacía General del Estado cuestiona las “interpretaciones forzadas o artificiosas” del magistrado, que sostiene que se pueden sacar “conclusiones” del “silencio” del presidente tras acogerse a su derecho a no declarar ante él en La Moncloa y accedió a dar copias de la grabación a las partes
Pedro Sánchez amplía la ofensiva contra el juez Juan Carlos Peinado. La Abogacía General del Estado presentó el jueves, en representación del presidente del Gobierno, un escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que solicita la ampliación de la querella por prevaricación judicial interpuesta a finales de julio contra el magistrado que investiga a Begoña Gómez, la esposa de Sánchez, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. La Abogacía sostiene que Peinado practica una “injusticia intrínseca” y “con...
Pedro Sánchez amplía la ofensiva contra el juez Juan Carlos Peinado. La Abogacía General del Estado presentó el jueves, en representación del presidente del Gobierno, un escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que solicita la ampliación de la querella por prevaricación judicial interpuesta a finales de julio contra el magistrado que investiga a Begoña Gómez, la esposa de Sánchez, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. La Abogacía sostiene que Peinado practica una “injusticia intrínseca” y “contraviene la doctrina existente”, con el resultado de “la infracción del deber que corresponde al juez en la aplicación de sus facultades”, según el escrito al que ha tenido acceso EL PAÍS.
La reacción del Gobierno se produce después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, en una providencia fechada el 22 de agosto, sostuviera que se pueden sacar “conclusiones” del “silencio” del líder del Ejecutivo y secretario general del PSOE, que el 30 de julio se acogió a su derecho a no declarar ante él como testigo en la causa abierta contra su mujer, tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El juez ordenó además en esta última providencia en mitad del verano trasladar copia de la grabación a las acusaciones personadas. Lo hizo pese al criterio de la Fiscalía, que insiste en que el magistrado impulsa una investigación “carente de indicios” y prospectiva —prohibida por la legislación— y sostiene que la entrega de la copia de la grabación a las partes, entre las que figuran el seudosindicato ultraderechista Manos Limpias y Vox, “no debería producirse” con el “fin de evitar filtraciones y que la misma acabe divulgada de forma improcedente”.
Ante la “serie de hechos nuevos que se han producido”, en referencia a la providencia de Peinado de la semana pasada, la Abogacía del Estado alega en su último escrito que “lo verdaderamente buscado con estas actuaciones en todo lo que atañe a la Presidencia del Gobierno es darle una publicidad que precisamente es incompatible con el régimen de toma de declaración en estos casos y no la eficacia procesal o investigación alguna, partiendo de inferencias donde no puede haberlas o haciendo interpretaciones forzadas o artificiosas de preceptos legales o principios procesales”. Y apostilla que Peinado lo hace “hasta el punto de convertir un derecho procesal de ciertos testigos en una fuente infundada de inferencias con efectos procesales, con mención indirecta para ello de una doctrina en absoluto aplicable al caso y que contraviene la de la institución de la dispensa de declaración”.
Peinado acudió hace un mes a La Moncloa con la intención de interrogar al presidente en la causa contra Gómez, que comenzó el 16 de abril con la apertura de diligencias a raíz de una denuncia de Manos Limpias, basada en recortes de prensa con noticias falsas y sin pruebas sólidas. La Fiscalía y la defensa de la investigada recurrieron sin éxito la testificación en La Moncloa, que el juez quiso grabar y apenas duró unos minutos. Ese mismo día, Sánchez tomó la decisión de querellarse a través de un escrito firmado por la Abogacía del Estado en “defensa de la institución de la Presidencia” al entender que el magistrado había dictado una resolución “injusta” y “a sabiendas” al decretar su citación. La ley permite declarar por escrito a los miembros del Gobierno cuando van a comparecer en una instrucción como testigos por hechos que han conocido por razón de su cargo.
El magistrado alegó entonces que quería preguntarle a Sánchez por temas que no tenían que ver con su puesto, sino con su condición de marido de Begoña Gómez. La Ley de Enjuiciamiento Criminal regula también que los maridos, así como otros familiares directos de los investigados, “están dispensados de la obligación de declarar” contra sus esposas para garantizar los derechos de la defensa.
El Ministerio Fiscal ya propuso que la grabación podía ser “perfectamente sustituida por copia de diligencia expresiva del Letrado de la Administración de Justicia del contenido del acto”. Es decir, indicando que el testigo, en este caso el presidente del Gobierno, se acogió a su derecho a no declarar por ser cónyuge de la investigada, pero sin facilitar a las partes las imágenes y el sonido. En su escrito, la Abogacía advierte de “las continuas filtraciones que se están produciendo en la causa de referencia” y que por parte del magistrado instructor existe “conciencia de que lo que sea grabado y entregado será filtrado, pero no se toma ninguna medida contra ello, bien a través del ejercicio de la potestad disciplinaria que el que compete, o bien adoptando decisiones que protejan y respeten ese deber de reserva”. “No hay ningún tipo de elemento de identificación o de seguridad que impida o dificulte las filtraciones que el propio querellado reconoce que se están produciendo”, continúan los reproches.
La conclusión de la Abogacía es que “el conjunto de decisiones y providencias que por acumulación si no contradicen abiertamente cualquier interpretación lógica de la ley, tienden a forzar la puesta a disposición de las partes de una grabación que no debió existir (porque la declaración debería ser escrita y de ser oral, no debería existir al ejercerse la dispensa, cuya prueba se hace por diligencia del secretario) no hacen sino refrendar la orientación de toda este intento de diligencia instructora hacia su difusión mediática, no hacia su eficacia procesal, refrendándose así el planteamiento de nuestra querella”.
La Audiencia Provincial de Madrid deliberará y votará el próximo 30 de septiembre si impide al juez Peinado seguir investigando el caso Begoña Gómez o, tal y como han reclamado el abogado de la mujer del presidente del Gobierno, Antonio Camacho, y la Fiscalía de Madrid. Los extremos de la instrucción no están claros pero de las resoluciones de Peinado se desprende que se investiga los vínculos de la esposa del presidente con la Universidad Complutense de Madrid, en la que codirigió una cátedra, su relación con el empresario Juan Carlos Barrabés —que fue profesor del máster universitario que dirigía Gómez— y su conexión con Javier Hidalgo, que fue consejero delegado de Globalia, grupo propietario de Air Europa, que fue rescatada por el Gobierno en la pandemia, una práctica común en otros países que hicieron otros países de la UE.