La defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía recurren la citación de Pedro Sánchez: “No es necesario”

El abogado Antonio Camacho argumenta que la decisión del magistrado de interrogar al presidente del Gobierno carece de fundamento: “No existe el más mínimo indicio más allá de la voluntad del juez”

Pedro Sánchez y Begoña Gómez, en una imagen de archivo el pasado mes de junio.Claudio Álvarez

La defensa de Begoña Gómez ha recurrido este martes la citación de su marido, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, acordada por el magistrado Juan Carlos Peinado para que declare como testigo en la causa abierta contra ella por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción de los negocios. A través de un escrito de 8 páginas, al que ha tenido acceso EL PAÍS, el abogado de Gómez, el exministro socialista Antoni...

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La defensa de Begoña Gómez ha recurrido este martes la citación de su marido, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, acordada por el magistrado Juan Carlos Peinado para que declare como testigo en la causa abierta contra ella por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción de los negocios. A través de un escrito de 8 páginas, al que ha tenido acceso EL PAÍS, el abogado de Gómez, el exministro socialista Antonio Camacho, argumenta que la intención del juez de interrogar a Sánchez carece de “fundamento” y que, de persistir en su intención de hacerlo, tendría que dar la oportunidad al jefe del Ejecutivo de contestar por escrito, tal y como prevé la normativa. La Fiscalía también se ha sumado a esta iniciativa y ha recurrido ya, como avanzó este diario el lunes: “La diligencia no es necesaria para los fines de la investigación que se supone en curso”.

“No existe el más mínimo indicio que justifique la citación efectuada más allá de la voluntad libérrima del magistrado instructor de tomar la declaración que ha acordado”, critica el recurso de Gómez. “La adopción de medidas de investigación siempre requiere que exista un fundamento que, en este caso, entendemos que no existe en absoluto y, prueba de que no existe, es que no se ha exteriorizado en la providencia dictada”, añade en referencia a la resolución del magistrado firmada este lunes para dar luz verde a la citación de Sánchez.

El ministerio público se pronuncia en un sentido similar en un escrito fechado este martes: “Se vienen realizando todo tipo de diligencias, aun generales, de amplio espectro y escasa concreción, que no han obtenido los fines pretendidos”. Es más, el fiscal José Manuel San Baldomero critica que no se “ha realizado ponderación alguna sobre la proporcionalidad de la [citación], atendiendo al previsible impacto y repercusión, con la sabida y previsible vaciedad probatoria”.

Las alegaciones de la Fiscalía y de la defensa de Gómez se dirigen al propio Peinado. Según explican fuentes jurídicas, debido al tipo de resolución usada para citar a Sánchez como testigo, las partes tienen que recurrir primero ante el magistrado, antes de poder elevar sus alegaciones a la Audiencia Provincial de Madrid para que esta decida después si corrige al juez o le respalda. Mientras se resuelven los recursos, no se paraliza nada y, por tanto, sigue vigente la intención del instructor de acudir el próximo 30 de julio en persona a La Moncloa para interrogar al presidente del Gobierno.

La Fiscalía se pronuncia sobre eso: “La propia cercanía en la fecha de la declaración resulta anómala; impidiendo, casi seguro, que los eventuales recursos puedan ser objeto de tramitación y resolución” antes de que se produzca la declaración de Sánchez.

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Con un escrito fechado el pasado viernes (después de que la mujer del presidente se acogiese a su derecho a no declarar) y firmado en la mañana de este lunes, el magistrado Peinado aceptó la petición que las acusaciones populares —encabezadas por la formación ultraderechista Vox— pusieron sobre la mesa tras la comparecencia de Gómez en el juzgado. “Se considera conveniente, útil y pertinente recibir declaración al esposo de la investigada, Pedro Sánchez Castejón”, resumió el instructor en una escueta resolución de cinco párrafos, repartidos en dos páginas, donde señala que irá el próximo 30 de julio a La Moncloa para interrogar en persona al jefe del Ejecutivo. Un encuentro que también quiere grabar.

Sin embargo, la defensa subraya que Peinado se contradice en su argumentación. Pues, para justificar acudir a La Moncloa para tomar declaración a Sánchez y que este no pueda responder por escrito a sus cuestiones —como permite la ley a los miembros del Gobierno—, el juez ha expuesto que le preguntará sobre hechos de los que no tuvo conocimiento en razón de su cargo de presidente. En cambio, en una resolución anterior, el propio magistrado ya había dicho que “está investigando todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo por la investigada (Begoña Gómez) desde que su esposo es el presidente del Gobierno”. A lo que se añade que, en la citación conocida este lunes, el instructor dice que pretende investigar un posible delito de “tráfico de influencias en cadena”, así como la posible relación de la persona investigada con una autoridad”.

“Es obvio que lo que trata de investigar el instructor es una supuesta pretendida influencia de mi representada en el presidente y, si es así, es en atención al puesto que constitucionalmente ocupa como presidente del Gobierno”, hace hincapié el recurso del abogado de Gómez, que remacha: “Vamos a reiterar lo que ya hemos dicho en multitud de escritos que se han presentado y que aún no han sido resueltos por el juzgado de Instrucción: es la inexistencia de objeto en el presente procedimiento, puesto que los hechos que justificaron su apertura hace semanas que fueron avocados a favor de la Fiscalía Europea”.

El abogado de Gómez ya acusó a Peinado de haber emprendido una causa prospectiva contra ella —es decir, una investigación general para ver si se encuentra un indicio de delito, en lugar de investigar a partir de indicios existentes—, algo que está prohibido por la ley. En ese punto ahonda este martes con sus nuevas alegaciones, donde reprocha al juez que no concrete los indicios que “justifican sus decisiones”, más allá de usar “fórmulas estereotipadas”. A su vez, su recurso apunta que la resolución sobre Sánchez menciona artículos que “no existen” en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ya que el juez se ha equivocado al citarlos.

La Fiscalía tampoco se queda corta al hablar de una “investigación prospectiva” y “carente de indicios”: “La causa sigue adelante con una amplitud claramente desmesurada y carente de cualquier precisión o definición”. “En los últimos tiempos, además, se ha citado a testigos que, inmediatamente y sin motivación alguna o con meras remisiones genéricas a testigos y documentos, han visto mutada su situación procesal a la de investigados, resultando preocupante cómo se usa y toma en consideración sus propias declaraciones testificales (bajo juramento y apercibidos en forma) para empeorar dicha condición tras dichas declaraciones, sin haber interrumpido las mismas en el momento en que se supone se tornaron incriminatorias, ni justificar debidamente el referido cambio”, prosigue el fiscal.

La declaración de Barrabés

Camacho recuerda que, hasta ahora, “solo hay una declaración” en la causa “de la que quepa extraer la existencia de alguna referencia al cónyuge” de su cliente. El empresario Juan Carlos Barrabés, al que el juez interrogó como testigo antes de imputarlo, mencionó que se había visto en dos ocasiones con el presidente en La Moncloa. Una de esas veces fue en “una ronda de entrevistas con especialistas en innovación y con la presencia del titular de la Secretaría General de Asuntos Económicos y G20”, en la que Gómez no estaba presente. La otra fue cuando Barrabés fue a La Moncloa —“que no se debe olvidar que es el domicilio actual y el lugar de trabajo de mi representada y de su cónyuge”— para verse con Gómez, y coincidió brevemente con el presidente, que se marchó tras recibir una llamada.

“No existe indicio alguno que justifique la línea de investigación, una vez más prospectiva, que se ha iniciado con esta citación”, apostilla el recurso de Gómez. “Se ha orillado y excluido la posibilidad de declaración por escrito”, critica la Fiscalía, que censura que Peinado que se haya “centrado más” en las “circunstancias accesorias de la grabación de imágenes del testigo en el palacio de la Moncloa, que en motivar la decisión en cuestión”.

El escrito del ministerio público, que acusa al juez de acudir a “subterfugios” y de “disfunciones”, afirma que no se pueden desvincular los supuestos hechos bajo sospecha de la condición de presidente de Sánchez.

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