Los fiscales del ‘procés’ desafían a García Ortiz al oponerse a amnistiar a Puigdemont y Junqueras
Los representantes del Ministerio Público ante el Supremo sostienen que la medida de gracia para los encausados por malversación es “contraria a las leyes”. En total, 486 procesados podrían beneficiarse de la norma
Los cuatro fiscales que ejercieron la acusación en el juicio del procés han formalizado este miércoles su desafío al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a cuenta de la aplicación de la ley de amnistía a los líderes independentistas catalanes. Los fiscales han entregado un informe en el que reafirman su postura de no aplicar la medida de gracia a los encausados por el delito de malversación y exigen que, si el fiscal general tiene una opinión distinta, les dé esa orden por escrito, y que se reúna para deb...
Los cuatro fiscales que ejercieron la acusación en el juicio del procés han formalizado este miércoles su desafío al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a cuenta de la aplicación de la ley de amnistía a los líderes independentistas catalanes. Los fiscales han entregado un informe en el que reafirman su postura de no aplicar la medida de gracia a los encausados por el delito de malversación y exigen que, si el fiscal general tiene una opinión distinta, les dé esa orden por escrito, y que se reúna para debatirlo la Junta de Fiscales de Sala. Además, avanzan que, en el caso de finalmente la posición del Ministerio Público sea la de aplicar la amnistía a ese delito, ellos se negarán a alterar su informe y se apartarán de la causa.
“Si [el fiscal general] considera que debe aplicarse en todo caso la ley [de amnistía], prescindiendo del análisis del hecho concreto y de los argumentos jurídicos expuestos en los informes que se adjuntan, deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada, y a continuación proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal —convocando la audiencia preceptiva de la Junta de Fiscales de Sala—”, sostienen Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno, los cuatro fiscales que participaron en el juicio del Tribunal Supremo en 2019. Y añaden: “Ya que estimamos que su aplicación [la de la amnistía] en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma”.
El escrito, de nueve páginas, responde a la petición que les formuló García Ortiz el martes, cuando el Supremo dio cinco días de plazo a la Fiscalía para que informara sobre si hay que aplicar la amnistía a los cuatro exconsejeros de la Generalitat, entre ellos Oriol Junqueras, que siguen teniendo pendiente una pena de inhabilitación por malversación, y a los cuatro procesados huidos de la justicia, incluido Carles Puigdemont.
El fiscal general reunió a los fiscales del procés para tratar de coordinar la actuación ante el Supremo, pero el encuentro evidenció la guerra abierta en el Ministerio Público en torno a la aplicación de la amnistía. García Ortiz les pidió un informe que respondiera a la petición formulada por los jueces, y los fiscales insistieron en el documento que ya le habían enviado la semana pasada. En él, además de sostener que la amnistía no es aplicable al delito de malversación que se atribuye a los líderes del procés, incluyeron una crítica rotunda a la ley con argumentos más políticos que jurídicos. García Ortiz, según fuentes conocedoras de la reunión, les advirtió de que ese era un informe “genérico” y que la respuesta al Supremo debía ser más concreta. Los fiscales quedaron en rehacerlo y ese es el documento que han entregado este miércoles, en el que, como ya avanzaron, mantienen su oposición a amnistiar el delito de malversación de fondos públicos y avisan de que no van a asumir una orden contraria del fiscal general.
La Fiscalía se rige por el principio de dependencia jerárquica, lo que implica que los fiscales tienen que seguir el criterio de su superior, que en el caso de los fiscales del procés es directamente el fiscal general. Pero el Estatuto del Ministerio Público prevé, en su artículo 27, un mecanismo para solventar las discrepancias, y ese precepto es el que invocarán estos fiscales si su jefe, García Ortiz, les dice que hay que defender ante el Supremo la aplicación de la medida de gracia a los encausados por malversación.
García Ortiz ha rechazado hasta ahora opinar públicamente sobre el alcance de la amnistía, pero fuentes de su entorno señalan que su posición diverge de la expresada por los fiscales del procés, es decir, que él sí considera que la malversación que se atribuye a Puigdemont o Junqueras queda bajo el paraguas de la ley porque no supuso un beneficio patrimonial para los líderes independentistas, la condición que fija la norma para poder beneficiarse de la medida de gracia. Si García Ortiz establece que este es el criterio del Ministerio Público, todos los fiscales tendrían, en teoría, que seguirlo.
Fuentes fiscales señalan que, una vez recibido el informe, García Ortiz comunicará por escrito su postura a Cadena, Zaragoza, Madrigal y Moreno. En el caso de que sea partidario de amnistiar la malversación y los fiscales del procés se nieguen, estos pedirán la activación del artículo 27 del Estatuto, que prevé la convocatoria de la Junta de Fiscales de Sala (máximo órgano asesor de García Ortiz). Los miembros de esta Junta tendrían que examinar un informe elaborado por los fiscales del procés y otro de García Ortiz, y fijar una posición. No obstante, la última palabra la tiene el fiscal general, que cuenta con capacidad para imponer su criterio, diga lo que diga la Junta. Los fiscales del Supremo ya avanzan en el escrito presentado este miércoles que no van a firmar un informe que diga que hay que amnistiar la malversación, y que, en ese caso, ellos se apartarían de la causa y García Ortiz tendría que encargar el informe a otro fiscal del Supremo que sí acepte su criterio.
La ley de amnistía establece que la malversación de fondos públicos será perdonada si estuvo destinada a financiar actos vinculados al procés y “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”. Con esta redacción, el Gobierno y sus socios pretenden evitar lo que ocurrió con la reforma penal de la malversación aprobada en 2022, un cambio con el que el PSOE y los partidos independentistas buscaban rebajar las penas por este delito impuestas a los líderes del procés, pero que no tuvo ese efecto porque el Supremo rechazó aplicarlo al desvío de fondos vinculado al 1-O. El tribunal esgrimió su propia jurisprudencia, según la cual la malversación no solo produce enriquecimiento cuando hay un lucro personal, sino también cuando se genera otro tipo de beneficios. Por eso en la ley de amnistía se ha añadido que el beneficio obtenido debe ser de “carácter patrimonial”.
Los promotores de la medida de gracia defienden que no hay ninguna prueba de que el desvío de fondos del procés haya provocado un aumento del patrimonio de los encausados, pero la interpretación que hacen los fiscales les lleva a sostener lo contrario. “La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial, pues decididos a toda costa a celebrar el referéndum ilegal conocían perfectamente la magnitud de gastos y la necesidad de obtenerlos recurriendo con clamorosa infracción del deber de custodia a su sustracción del erario público de todos los españoles”, argumentan Cadena, Zaragoza, Madrigal y Moreno en su informe. Es decir, que los líderes del procés usaron dinero público para financiar algo que, si no, habrían tenido que pagar de su bolsillo, y por tanto, al hacerlo, se beneficiaron personalmente en su patrimonio.
Para los fiscales del procés, además, esa malversación causó un daño a los intereses financieros de la UE, otra de las excepciones que contempla la ley de amnistía. “La malversación de fondos públicos para financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la Unión Europea, con el consiguiente riesgo de fractura territorial de la UE y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto, repercute negativamente en los propios intereses financieros de la Unión”, señalan.
El informe solo defiende amnistiar a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y a la exconsejera Clara Ponsatí, procesadas ambas por desobediencia. Como consecuencia, propone levantar la orden de detención nacional que pesa sobre Rovira, que huyó a Suiza en 2018 para evitar ser juzgada. En el caso de Puigdemont y de los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, como los fiscales concluyen que no hay que aplicarles la amnistía, abogan por mantener las órdenes de arresto.
En el caso de que García Ortiz desoiga el criterio de los cuatro fiscales y defienda ante el Supremo la medida de gracia para los encausados por malversación, los fiscales piden que se reclame al tribunal que eleve una cuestión prejudicial ante la UE para que esta se pronuncie sobre posibles choques entre la legislación europea y la ley de amnistía. En ese supuesto, afirman, sí habría que alzar todas las órdenes de detención hasta que el tribunal con sede en Luxemburgo dé una respuesta.
Recuento de casos
Un recuento elaborado por la Fiscalía y difundido este miércoles cifra en “aproximadamente” 82 los procedimientos penales que pueden verse afectados por la amnistía, y en unos 486 los encausados que podrían beneficiarse de la medida de gracia. Esta relación incluye las causas del procés, Tsunami Democràtic y CDR que ya se han juzgado o que se están investigando en el Supremo y la Audiencia Nacional, así como dos procedimientos que se siguen en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Pero el grueso de las causas corresponde a las Audiencias provinciales de Cataluña o a juzgados unipersonales de esta comunidad. La provincia que más acumula es Barcelona, con 39 procedimientos, seguida de Tarragona, con 12. En Girona se tramitan nueve, y en Lleida, siete.