El Supremo desestima los recursos de Granada y Teruel para ser sede de dos agencias estatales
Ambas ciudades concurrieron a una convocatoria del Gobierno para determinar la localización de la futura Agencia Española de Inteligencia Artificial, que se ubicará en A Coruña, y de la Espacial, destinada a Sevilla
Granada y Teruel se quedan definitivamente sin las agencias a las que aspiraban. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado este lunes sendos recursos presentados por ambas ciudades contra la elección de A Coruña como sede de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), a la que también optaba la ciudad andaluza, y Sevilla para la Agencia Espacial Española (AEE), para ...
Granada y Teruel se quedan definitivamente sin las agencias a las que aspiraban. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado este lunes sendos recursos presentados por ambas ciudades contra la elección de A Coruña como sede de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), a la que también optaba la ciudad andaluza, y Sevilla para la Agencia Espacial Española (AEE), para la que competía la localidad aragonesa. La elección respondía a a una convocatoria del Gobierno para fijar sedes estatales fuera de Madrid y, por primera vez, en lugar de por designación directa, se fijaba un procedimiento competitivo entre ciudades candidatas.
El alto tribunal entiende, en el caso de Granada, que aunque la resolución no publicara la puntuación obtenida por cada candidatura, algo que demandaba el Ayuntamiento de Granada, sí justificaba de manera suficiente la elección de A Coruña. En el caso de Teruel, el Supremo rechaza la impugnación de uno de los puntos de la convocatoria, el referido a las características de la localidad candidata.
Granada concurrió junto con otras 14 ciudades a una convocatoria que fijaba 21 criterios para puntuar, aspecto por aspecto, la valía de las candidatas, pero la resolución no recogió la nota numérica recibida por ninguna de ellas, tan solo que las más destacadas eran las de Granada, Alicante y A Coruña. Sin embargo, el BOE de la resolución no mostró las puntuaciones que habían recibido ni tampoco señalaba cuál de las tres había obtenido la mejor. En lugar de las notas numéricas que había fijado la convocatoria, el texto aportaba consideraciones verbales, como “positiva”, “óptima”, “excelente”. Además, la resolución del BOE señalaba que A Coruña no había incluido el compromiso de asumir los costes financieros del proyecto, uno de los puntos exigidos por la convocatoria ni “se ha llevado un análisis proyectivo detallado” sobre los impactos y los beneficios de la agencia en la localidad.
El Ayuntamiento de Granada recurrió la decisión del Gobierno y ahora el alto tribunal entiende que, a pesar de que no se incluyeran las puntuaciones numéricas del baremo que fijó la propia convocatoria, la decisión final es en todo caso potestad del Gobierno. Entiende el Supremo que el concurso no debía necesariamente adjudicar la sede a la ciudad que alcanzara mayor puntuación, por lo que, “aun pudiendo ser interesante conocer la puntuación exacta de cada postulante, [esta] resulta irrelevante. Estamos ante un acto discrecional motivado del Consejo de Ministros que puede seguir o no la recomendación efectuada”.
El Supremo considera, en suma, que el acuerdo del Gobierno explicitó “las razones de la decisión mediante la correspondiente motivación”, y que esto basta para que no se haya “lesionado el principio de objetividad bajo el que debe realizar su actividad la Administración Pública”.
Tras conocerse el fallo, la actual alcaldesa de Granada, la popular Marifrán Carazo, ha destacado en X (antes Twitter) que la resolución del Tribunal Supremo “critica el expediente respecto a su procedimiento por parte del Gobierno y deja claro que se trata de una decisión discrecional, que no se ha tomado con criterio objetivos”.
En el caso de Teruel, la Sala entiende que los criterios de selección que fijaba la convocatoria para la futura Agencia Espacial Española no infringían los principios de vertebración y equilibrio territorial, que era lo que sostenía el recurso de Aragón, que además consideraba que la convocatoria establecía “unos requisitos que excluían la candidatura de Teruel”. Ante el recurso del Gobierno de Aragón, la sentencia determina ahora que es un “error de base” ese argumento porque el principio de desconcentración derivado de la convocatoria no excluía la candidatura de grandes ciudades y, además, la elección de la candidata debía responder a criterios de adecuación y de eficacia para acoger una gran infraestructura como la sede de una agencia estatal.
Malestar en Granada
La decisión del Consejo de Ministros suscitó la protesta casi unánime de las fuerzas políticas granadinas y andaluzas, y de la comunidad académica y el empresariado locales. Una estimación de los expertos de la propuesta apuntaba a que la puntuación de su ciudad debió superar con creces la de la ganadora y el entonces alcalde de Granada, el socialista Francisco Cuenca, requirió al Ministerio de Ordenación Territorial, la cartera que se ocupó de la convocatoria, que hiciera públicas las notas de las tres mejores candidatas. Expertos consultados calcularon que tener la sede del futuro organismo —que supervisará los riesgos sobre la seguridad, la salud y los derechos del uso de la inteligencia artificial— habría generado en Granada en cinco años 625 millones de euros y 9.800 nuevos empleos directos para la provincia con mayor tasa de paro de España, según el capítulo económico del proyecto.
Este diario solicitó información al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, al que estará adscrita la futura agencia, que pronunció el informe favorable a A Coruña, y este departamento remitió al Ministerio de Ordenación Territorial. EL PAÍS pidió a este otro ministerio las puntuaciones numéricas, sin éxito.
Con el inicio de la AESIA, España se convierte en el primer país europeo en tener un órgano de estas características y se anticipa a la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, que establecerá la obligación a los Estados miembro de seleccionar una autoridad nacional de supervisión que se encargue de supervisar la aplicación de la normativa en materia de Inteligencia Artificial.