El CGPJ pide que se reforme la ley para poder sancionar a los jueces por difundir mensajes en sus redes sociales
El Consejo archiva el expediente disciplinario contra Manuel Piñar, el juez que condenó a Juana Rivas
Los mensajes publicados en redes sociales por magistrados y jueces empiezan a ser un quebradero de cabeza para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). No cuando el juez opina sobre cuestiones jurídicas o laborales o da pinceladas de su vida personal, que en la mayoría de los casos no generan problema, pero sí cuando se lanza a valorar, a veces incorporando exabruptos, asuntos políticos, el trabajo de otros compañeros o temas de actualidad que le pueden hacer perder su apariencia de imparcialidad. Para intentar ponerle coto a los casos más graves, el CGPJ ha pedido que se actualice la ...
Los mensajes publicados en redes sociales por magistrados y jueces empiezan a ser un quebradero de cabeza para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). No cuando el juez opina sobre cuestiones jurídicas o laborales o da pinceladas de su vida personal, que en la mayoría de los casos no generan problema, pero sí cuando se lanza a valorar, a veces incorporando exabruptos, asuntos políticos, el trabajo de otros compañeros o temas de actualidad que le pueden hacer perder su apariencia de imparcialidad. Para intentar ponerle coto a los casos más graves, el CGPJ ha pedido que se actualice la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), de 1985, para poder sancionar conductas que la ley no contempla porque no existían cuando se aprobó.
La reclamación ha surgido a raíz del caso de Manuel Piñar, magistrado del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, el juez que en julio de 2018 condenó a cinco años de prisión y seis de pérdida de la patria potestad a Rivas por dos delitos de secuestro de menores, pena que luego rebajó el Tribunal Supremo e indultó el Gobierno. La autoridad disciplinaria del CGPJ le abrió en marzo expediente a Piñar por falta muy grave (ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales) o grave (falta de consideración respecto de los ciudadanos) por varias publicaciones realizadas en su cuenta de Facebook. Pero el Consejo ha cerrado la investigación sin sancionar al juez tras comprobar que ninguno de los artículos de la ley que regulan los castigos a los jueces encajan con los hechos cometidos por Piñar.
La investigación partió de la denuncia presentada por el abogado de Rivas, que entregó pruebas de numerosos mensajes publicados por Piñar (quien borró esos textos cuando el CGPJ empezó a investigarle), en los que cargaba contra el Gobierno, especialmente por las políticas de Igualdad, a las que calificó de ”bazofia” y “comunismo feminazi”. Cargó especialmente a dirigentes del PSOE y Podemos (”la izquierda se está convirtiendo en un cartel de narcos”, dijo) y hasta contra el Tribunal Supremo, sobre el que, tras la sentencia del caso de los ERE, escribió: “Esto demuestra hasta qué punto tenemos una basura de justicia y la principal el Tribunal Supremo”. En la queja de Aránguez, el abogado expuso que todas esas publicaciones “rebasan con creces los límites de la libertad de expresión, máxime teniendo en cuenta que son proferidas por un aplicador del Derecho”, según recogió Europa Press.
La resolución del CGPJ tras archivar la investigación sugiere que los mensajes del juez son reprochables, pero que, con la ley en la mano, actualmente no se puede actuar contra él. “La publicación por parte de un miembro de la Carrera Judicial, en una red social, de determinadas opiniones ―con independencia total de la que, a su vez, a cada cual nos merezcan―, cuando en tal medio no se hace invocación expresa de su condición profesional o cuando sea factible entender que su intervención se hace a título particular como mero ciudadano carece de tipicidad a fecha de hoy”, señala el promotor de la autoridad disciplinaria. En este mismo sentido, la Comisión Permanente —el máximo órgano de decisión tras el pleno— ha acordado tomar conocimiento del archivo del expediente “advirtiendo la conveniencia de que por parte del legislador se valore la necesidad de proceder a una revisión y actualización de los tipos disciplinarios contemplados en la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
No es la primera vez que el CGPJ archiva investigaciones disciplinarias por opiniones vertidas en redes. En mayo de 2022 descartó sancionar un juez de Barcelona que había pedido en Twitter, bajo seudónimo, “tumbar” cualquier recurso que se presentara desde la Generalitat, y aseveraba que actuar así “no sería prevaricar, sino reciprocidad”.
El juez Manuel Piñar ha explicado a EL PAÍS que el expediente disciplinario ahora archivado “era un sinsentido” que, asegura, le ha causado un “grave daño” a él y a su entorno, por lo que afirma que está estudiando interponer una querella contra los miembros de la comisión permanente del CGPJ que votaron la apertura del expediente, “sin perjuicio de acciones de responsabilidad contra el Consejo”. Y más aún, Piñar asegura que existe “un acoso del Consejo a determinados miembros de la judicatura, consecuencia de que al mismo accedan personas vinculadas a partidos políticos”.
En cualquier caso, Piñar asegura que el desenlace de su expediente no podía ser otro que el del archivo porque “ya se sabía que no se puede sancionar disciplinariamente a ningún juez por actos de su vida privada, fuera del ámbito de su actuación profesional sin hacer alusión a su condición de juez. Y menos aún por unas supuestas publicaciones que se han obtenido son garantías de veracidad y sin dictamen pericial de autenticidad, como exige la jurisprudencia”. Piñar considera que hoy día es fácil alterar pantallazos “y por eso la jurisprudencia exige una verificación desde la fuente. La comisión permanente sabía esto, porque ya lo decía el promotor en su informe y fue muy lejos al no tomarlo en consideración y decidir abrir expediente disciplinario”.
Por otra parte, Carlos Aránguez, el letrado que denunció al juez, ha comentado a este diario que respeta la decisión, aún discrepando de la idea de que el juez no estaba identificado como tal: “Se identificaba como jefe en magistratura”, comenta el abogado, “y numerosos jueces y magistrados le respondían a sus publicaciones como compi o ‘compañero’. También los letrados que comentaban se dirigen a él como ‘su señoría’ y, además, si hubiera querido ser anónimo, hubiera elegido un nombre que no lo identificara o hubiera cerrado sus publicaciones a sus amigos, como ha hecho después y así está ahora”. Para Aránguez, “es evidente que su profesión era conocida”.
El abogado se queda con la petición del CGPJ para que se revise la Ley Orgánica del Poder Judicial: “Si esto sirve para llamar la atención sobre los excesos que en ocasiones cometen determinados miembros de la carrera judicial y fiscal, doy por bien empleado el tiempo empleado en esto”, ha concluido. Aunque existe la posibilidad de recurrir esta decisión en vía jurisdiccional, el abogado ha confirmado que no va a continuar con ello.