El juez archiva el caso del policía imputado por abusos por tocar los senos a una activista de Femen en una protesta antifranquista
El instructor concluye que el contacto existió al intentar reducir a la mujer, pero que no tuvo “finalidad sexual”
El magistrado Juan Javier Pérez, titular del Juzgado de Instrucción 11 de Madrid, ha archivado la causa contra el agente de la Unidad de Intervención de la Policía (UIP, los conocidos como antidisturbios) acusado de un delito contra la libertad sexual por haber tocado los pechos de forma voluntaria a una activista de Femen durante una protesta de este colectivo feminista en la capital el 20 de noviembre. Tras tomar declaración ...
El magistrado Juan Javier Pérez, titular del Juzgado de Instrucción 11 de Madrid, ha archivado la causa contra el agente de la Unidad de Intervención de la Policía (UIP, los conocidos como antidisturbios) acusado de un delito contra la libertad sexual por haber tocado los pechos de forma voluntaria a una activista de Femen durante una protesta de este colectivo feminista en la capital el 20 de noviembre. Tras tomar declaración a la denunciante, al policía y al fotógrafo que tomó la imagen en la que se recogía el incidente, el juez concluye que, si bien el contacto existió, este no tuvo “finalidad lúbrica o sexual” por parte del agente, sino que fue fruto de “la resistencia física opuesta por la querellante, que dificultaba la maniobra de reducción”. El magistrado solo recrimina al agente que “pudo haber sido más cuidadoso a la hora de intentar buscar una parte corporal menos comprometida para agarrar y reducir” a la activista. La decisión puede ser recurrida.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 12.40 de aquel día, cuando tres activistas del grupo feminista se adentraron en la madrileña Plaza de Oriente desde la calle de Felipe V para protestar frente a la concentración en homenaje al dictador Francisco Franco en el 47º aniversario de su muerte. Entre las activistas se encontraba M. A. M., que se sumaba a esta movilización por tercer año. Como en ocasiones anteriores, las mujeres se despojaron justo en ese momento de sus abrigos y avanzaron con los torsos desnudos hacia la concentración, a la vez que gritaban “al fascismo, ni honor, ni gloria”. Según la denuncia, en ese momento fueron interceptadas por varios policías, que las detuvieron.
Dos de las activistas aseguraron que los agentes que las retuvieron a ellas lo hicieron con “evidente profesionalidad”, mientras que la tercera, que fue la que denunció, acusó al policía que la detuvo de apretarle los senos con ambas manos, en una maniobra que consideró innecesaria, “abusando de su situación de superioridad, y sirviéndose de su condición de agente de la autoridad”. En la denuncia se destacaba que el policía sonreía cuando lo hizo. Las tres mujeres quedaron en libertad tras ser identificadas. A los pocos días, la afectada se querelló contra el agente, y el Juzgado admitió a trámite la denuncia pasado 19 de enero. En abril, los dos protagonistas del incidente y el fotógrafo de la agencia EFE que tomó la imagen fueron llamados a declarar.
Según detalla el juez en el auto por el que archiva de la causa, la querellante aseguró que su resistencia fue “pasiva” y que, sin embargo, el agente “le apretó los senos y que ese contacto duró unos 30 segundos”. Por el contrario, el policía repuso que ese contacto duró “unos 10 segundos” y que la joven tuvo una resistencia activa que obligó a un segundo agente a intervenir. En todo momento negó que la agarrara intencionadamente por los senos o que sonriera. El fotógrafo que tomó las imágenes vino a confirmar en gran parte la versión del antidisturbios al confirmar que tuvieron que intervenir dos agentes para reducir a la mujer, la cual “metió el codo izquierdo en la zona del estómago del agente, metió el culo, y el agente se apartó”. El testigo añadió que el polémico contacto duró “escasos segundos”.
El magistrado destaca que las imágenes aportadas por el fotoperiodista revelan que “el contacto con los senos alegado por la querellante no fue el único contacto físico mantenido entre ella y el agente. [...] En las fotografías se puede comprobar que el agente querellado sujetaba por detrás a la querellante, pudiéndose apreciar un contacto entre las manos del agente y los senos de la querellante, pero también otros contactos de las manos del agente con los hombros y otras partes del cuerpo de la querellante, contactos no sospechosos de un móvil sexual”, añade.
El juez recalca que estas imágenes también muestran “una actitud de clara resistencia por parte de la querellante, hecho que justificaba su reducción por la fuerza para impedir la alteración de un acto público autorizado”. Y destaca que “el hecho de realizar la protesta desnuda de cintura para arriba suponía la posibilidad de que en su previsible reducción por la fuerza, se produjera algún contacto físico con su pecho desnudo, máxime si a esa reducción se oponía una resistencia activa”. Sobre si el policía sonrió durante la maniobra, el auto destaca que “no puede alcanzarse una valoración concluyente. El gesto que consta en las fotografías podría ser una sonrisa, o también una mueca por el esfuerzo, como alega el querellado”, señala.
El juez concluye que “no cabe inferir que el querellado realizara tocamientos en los senos de la querellante con finalidad lúbrica o sexual, pudiendo tratarse de un contacto de escasa duración y debido a la resistencia física opuesta por la querellante, que dificultaba la maniobra de reducción”. Por todo ello, archiva la causa. Aarón Rivero, secretario general del sindicato Justicia Policial (Jupol), cuyo equipo jurídico ha defendido al antidisturbios, se ha mostrado “satisfecho” por la decisión del magistrado ante lo que tilda de “denuncia falsa y torticera”. “No podemos tolerar que se fiscalice a los policías por el mero hecho de realizar su trabajo”, ha añadido.