El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra la ‘ley del solo sí es sí’

El tribunal asume la abstención de Juan Carlos Campo y Laura Díaz y nombra un instructor para estudiar otras cuatro recusaciones

Exterior del Tribunal Constitucional, en Madrid.EFE

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra la Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como del solo sí es sí. La impugnación se basa en la posible vulneración, entre otros derechos y principios constitucionales, de los relativos a la presunción de inocencia, la prohibición de indefensión y la seguridad jurídica, según entiende el partido ultra. Todo ello derivad...

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra la Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como del solo sí es sí. La impugnación se basa en la posible vulneración, entre otros derechos y principios constitucionales, de los relativos a la presunción de inocencia, la prohibición de indefensión y la seguridad jurídica, según entiende el partido ultra. Todo ello derivado del modo en el que quedó regulado el concepto de “consentimiento” en el marco del nuevo delito de agresión sexual. El recurso también se admite para estudiar si se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas, por la unificación en un solo tipo penal (agresión sexual) de lo que antes eran dos (abuso y agresión sexual).

No hay un plazo concreto para que el tribunal dicte sentencia. La admisión del recurso a trámite supone la designación de un ponente —el asunto ha recaído en el magistrado Ramón Sáez, del sector progresista— y la petición de alegaciones a las partes.

Ramón Sáez también es el ponente de los recursos del PP y Vox contra la ley de eutanasia. Este proyecto de resolución, que ya está terminado, será estudiado por el tribunal en su segundo pleno de febrero, que tendrá lugar el día 21. En el primer pleno de dicho mes se estudiará el borrador de sentencia sobre la ley del aborto, cuyo ponente es Enrique Arnaldo, del sector conservador.

En paralelo, el Constitucional ha admitido este martes las abstenciones de los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez, ambos del sector progresista, en relación con distintos asuntos que deben tratarse en el próximo pleno. Campo se ha abstenido con respecto a la decisión que tomó la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de no permitir que el diputado del PP Alberto Casero rectificara su voto de apoyo a la reforma laboral, y tampoco participará en el debate sobre el recurso de Vox contra la ley del solo sí es sí. En el primer caso, el motivo de la abstención voluntaria de Campo es que Batet es su pareja sentimental; en el caso de la ley de libertad sexual, el exministro se abstiene porque intervino desde el Gobierno en el proceso de confección del proyecto de ley.

La abstención de Laura Díez se refiere a todas las deliberaciones del Constitucional sobre las dos leyes autonómicas catalanas que aprobaron el Govern y el Parlament para evitar aplicar el mínimo de 25% de materias en castellano en las escuelas catalanas. Contra esas dos leyes presentaron un recurso el PP y Ciudadanos y una cuestión de inconstitucionalidad el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La causa de la abstención de Díez es que dicha magistrada fue vicepresidenta del Consell de Garantíes Estatutàries de la Generalitat y en los correspondientes dictámenes de este órgano consultivo se pronunció a favor de la constitucionalidad de las mencionadas normas y la política lingüística de la Generalitat en el ámbito educativo.

Por otra parte, el Constitucional ha nombrado al magistrado Ricardo Enríquez, del sector conservador, como ponente de las recusaciones presentadas por Vox contra el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, y contra los magistrados Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano y Laura Díez, en este caso para apartarles de la sentencia que se dicte sobre la reforma del Código Penal consistente en la eliminación del delito de sedición y la modificación a la baja de la malversación. Enríquez deberá pedir ahora alegaciones a las partes y elaborará una propuesta de resolución que será estudiada por el tribunal en uno de sus próximos plenos. Fuentes del Constitucional estiman que, en principio, estas recusaciones tienen pocas posibilidades de prosperar.

El pleno de este martes ha decidido asimismo admitir a trámite otros tres recursos de inconstitucionalidad. El primero, presentado por el Gobierno, se refiere a diversos preceptos de la ley de la Generalitat para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda. El Ejecutivo alegó que se ha podido vulnerar la competencia estatal en materia de legislación procesal. El segundo fue presentado por el grupo parlamentario de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia En Común y diputados de otros grupos contra un decreto ley de la Junta de Andalucía sobre transportes urbanos y metropolitanos. El ponente de este asunto será el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido.

El tercer recurso de inconstitucionalidad admitido a trámite fue presentado por el Gobierno contra un decreto ley del Ejecutivo aragonés por el que se adoptaron medidas excepcionales y urgentes en la contratación pública en dicha comunidad autónoma. El tribunal ha acordado la suspensión de los preceptos impugnados, al haberlo solicitado el Gobierno y prever la propia Constitución que baste la petición del Ejecutivo para producir ese efecto desde la fecha de interposición del recurso.

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