Griñán alega ante la petición de entrada en prisión de la Fiscalía que no es un político corrupto

El expresidente andaluz solicita a la Audiencia de Sevilla que desestime el escrito de Anticorrupción, mientras el tribunal pide al ministerio público que se pronuncie también sobre la suspensión de la pena mientras se resuelve el incidente de nulidad

El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, a su salida de la Audiencia de Sevilla tras conocer el fallo del 'caso ERE', en noviembre de 2018.alejandro Ruesga
Sevilla -

El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, ha reaccionado a la petición de entrada en prisión que la Fiscalía Anticorrupción solicitó para él y para el resto de condenados a penas de cárcel en la pieza política de los ERE. En el escrito presentado por su defensa ante la sección primera de la Audiencia de Sevilla, se recuerda que el ordenamiento jurídico contempla “supuestos excepcionales” en los ...

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El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, ha reaccionado a la petición de entrada en prisión que la Fiscalía Anticorrupción solicitó para él y para el resto de condenados a penas de cárcel en la pieza política de los ERE. En el escrito presentado por su defensa ante la sección primera de la Audiencia de Sevilla, se recuerda que el ordenamiento jurídico contempla “supuestos excepcionales” en los que la ejecución de una sentencia firme “no debe ser ni inmediata ni automática, como parece proponer el ministerio público” y sostiene que Griñán “no es un político corrupto”.

La defensa del exdirigente socialista advierte de que el Tribunal Supremo no ha resuelto todavía sobre el incidente de nulidad. “Al contrario de lo que afirma el fiscal, nuestro ordenamiento sí previene la posibilidad excepcional de que quede en suspenso la ejecución y eficacia de la resolución si así lo acordara el tribunal que conoce el incidente de nulidad cuya tramitación ya se ha iniciado”, indica el texto. Además del indulto, los ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a penas de prisión por la pieza política de los ERE han presentado incidentes de nulidad ante el Tribunal Supremo y recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, que también podrían determinar, como recuerda el abogado defensor de Griñán, José María Calero, la suspensión de la ejecución de la sentencia.

Precisamente, la sección primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha solicitado a la Fiscalía que se pronuncie sobre la petición de suspensión de la pena mientras se tramita el incidente de nulidad en el Supremo. Se trata de otro trámite procesal, como el de preguntarle sobre la ejecución de la pena en tanto se dilucida sobre el indulto, y que se repetirá con los recursos de amparo ante el Constitucional. El ministerio público tiene tres días para responder a una providencia fechada el pasado 4 de noviembre.

En su pronunciación sobre la suspensión de la entrada en prisión de Griñán —condenado seis años de cárcel por malversación― y del resto de los ex altos cargos de Administración andaluza ante la petición de la medida de gracia, Anticorrupción fue tajante al asegurar que “la no suspensión” responde al “interés público que reclama que las resoluciones judiciales firmes se cumplan” y que la “finalidad ilusoria” del indulto en el caso de que se ejecutara la condena que recoge el artículo 4.4 del Código Penal es una excepción.

La defensa de Griñán, sin embargo, ha pedido al tribunal que rechace los argumentos de la Fiscalía alegando que su razonamiento carece de fundamento y recuerda que si el expresidente de la Junta ha solicitado el indulto parcial es “para no ingresar en prisión, por lo que es obvio que si se ordena el ingreso, la finalidad del indulto resultará ilusoria”.

También añade otros elementos que, considera, deberían haber sido tenidos en consideración por el ministerio público para avalar la concesión del indulto, como el hecho del tiempo transcurrido desde que estuvo en funcionamiento el sistema ilegal de ayudas —entre 2000 y 2009― “entre 13 y 22 años de la fecha actual”; la ausencia de petición de responsabilidad civil; la edad del expolítico, 76 años; y la “efectiva y acreditada rehabilitación del penado”. “Esta condena es la condena única en toda su vida”, se subraya en el escrito.

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El documento también llama la atención sobre los más de 4.000 “apoyos de relevantes personas de la sociedad civil española de todas las tendencias ideológicas” (que apoyaron la solicitud del indulto), pero hace hincapié también en la trayectoria del propio Griñán. “Tiene una impecable hoja de servicios como servidor público”, señala Calero. “Que mi mandante no es un político corrupto, en el sentido que se quiera dar a ese adjetivo descalificativo, es una evidencia, un hecho notorio, conocido por todos y que difícilmente pudiera pasar desapercibido para una fiscalía especializada, acostumbrada a conocer políticos corruptos”, subraya su letrado, que concluye censurando que “las altisonantes menciones a la corrupción política del informe del fiscal resultan manifiestamente impropias para ser aplicadas a mi mandante”.

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