El Constitucional estudia un fallo que acentúa las garantías frente a las comisiones de investigación parlamentarias
La ponente propone conceder el amparo a una funcionaria de Asturias que pidió que se suprimieran alusiones críticas a su trabajo en las conclusiones de la comisión sore la llamada trama del cable
El Tribunal Constitucional tiene ultimado un proyecto de sentencia que cambiará las reglas del juego en las comisiones de investigación parlamentaria. Se trata fundamentalmente de que dichas comisiones garanticen el respeto a los derechos fundamentales de los investigados en los mismos términos que los tribunales ordinarios. Entre tales derechos se destacará la relevancia de la presunción de inocencia, también en el ámbito extraprocesal, con la consecuencia, entre otras, de admitir el silencio de los comparec...
El Tribunal Constitucional tiene ultimado un proyecto de sentencia que cambiará las reglas del juego en las comisiones de investigación parlamentaria. Se trata fundamentalmente de que dichas comisiones garanticen el respeto a los derechos fundamentales de los investigados en los mismos términos que los tribunales ordinarios. Entre tales derechos se destacará la relevancia de la presunción de inocencia, también en el ámbito extraprocesal, con la consecuencia, entre otras, de admitir el silencio de los comparecientes que estén afectados por actuaciones judiciales y se nieguen a declarar, del mismo modo que pueden hacerlo ante un juez o tribunal.
La aplicación de este principio traerá como primera consecuencia la concesión del amparo a una funcionaria del Principado de Asturias, Argentina Cuendias, que lo había solicitado para que se supriman las alusiones críticas a su labor en las conclusiones de la comisión de investigación del Parlamento asturiano sobre la denominada “trama del cable”. Esta comisión indagó sobre los contratos del departamento de Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicación del Principado de Asturias (GITPA).
Este organismo fue investigado por presuntas irregularidades al haber facturado por encima de lo presupuestado para las obras de extensión de la red troncal de cable de occidente, tras haber puesto en marcha a partir de 2006 la red Asturcón, de servicios de internet, televisión por cable y telefonía en Asturias. Entre las personas comparecientes ante la comisión, constituida en el Parlamento asturiano a instancias del PP, figuró la ahora recurrente en amparo, quien basó su demanda en el trato recibido en sede parlamentaria, al ser “injustamente” acusada de haber incurrido en supuestos delitos e irregularidades administrativas.
La Sala Primera del tribunal de garantías admitió a trámite el recurso en junio de 2020, basándose en su “interés constitucional”, al no existir doctrina sobre la materia. La ponente del caso es la magistrada Inmaculada Montalbán, del sector progresista. En fuentes del Constitucional se estima que esta petición de amparo será avocada al pleno, precisamente por su relevancia. El tribunal lo iba a tratar este jueves en su última sesión del trimestre, pero ha quedado suspendida porque tanto el presidente, Pedro González-Trevijano, como el vicepresidente del tribunal, Juan Antonio Xiol, están con covid. El debate del fallo queda, por tanto, para septiembre, y en las fuentes consultadas se estima que el amparo será concedido, al existir consenso en el Constitucional sobre la necesidad de elaborar una doctrina sobre el derecho a la presunción de inocencia extraprocesal, es decir, ante instancias no judiciales.
A este respecto, el recurso subraya que Argentina Cuendias no desempeñaba un cargo político en Gitpa, sino técnico, como empleada del organismo. La defensa –a cargo de la letrada Ana García Boto- destacó asimismo que la recurrente no estaba encargada de la gerencia de Gitpa, aunque así se hizo constar en la citación ante la comisión, donde se le preguntó sobre una serie de correos electrónicos que “no le fueron exhibidos”, por lo que no pudo dar explicaciones aclaratorias sobre su contenido. La citada funcionaria compareció ante el Parlamento en dos ocasiones, el 16 de noviembre de 2016 y el 31 de mayo de 2017.
El Parlamento asturiano aprobó las conclusiones de dicha comisión de investigación el 28 de septiembre de 2018, en términos que según la demanda de la recurrente vulneraron sus derechos fundamentales a la libertad y seguridad, el honor, la imagen y la presunción de inocencia, así como el secreto de las comunicaciones. El recurso también plantea que la cámara tuvo ocasión de rectificar su informe de conclusiones cuando se le solicitó en enero de 2019, pero se negó a ello y se ratificó en su dictamen. En dicho informe se reprochó a la ahora demandante de amparo una supuesta falta de diligencia e irregularidades en los expedientes de las obras realizadas por la empresa pública Gitpa, extremos siempre negados por la recurrente.
El dictamen de la comisión fue aprobado por un margen de un voto, ya que PP, Podemos y Ciudadanos reunieron 23 votos, frente a los 22 de PSOE, IU y Foro, que discrepaban de las conclusiones. En dicho informe se señalaba como principales responsables políticos de las irregularidades denunciadas al expresidente del Principado, Vicente Álvarez Areces y a dos exconsejeros de la Junta asturiana, mientras se atribuían a la funcionaria recurrente responsabilidades penales y administrativas.