La justicia reconoce la nacionalidad española a una niña nacida mientras su madre migraba a España

La Audiencia de Gipuzkoa obliga a empadronar en San Sebastián a una menor de siete años que llegó en patera y ha vivido sin documentación, ni nacionalidad

Una sanitaria atendía en abril pasado a la madre de un recién nacido en el puerto de Arguineguín (Gran Canaria).Elvira Urquijo A. (EFE)

La pequeña Anna nació hace siete años en una casa particular de Agadir (Marruecos) durante el viaje que hacía su madre, Mayi, desde Camerún y que tenía Europa como destino final. En mayo de 2018, ambas consiguieron entrar en una patera en territorio español e instalarse en España. Desde entonces, la menor ha vivido sin documentación oficial y sin nacionalidad de ningún país. No es camerunesa como su madre, tampoco marroquí, y las autoridades españolas no ofrecían ninguna solución a su situación de apátrida. La Audiencia Provi...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La pequeña Anna nació hace siete años en una casa particular de Agadir (Marruecos) durante el viaje que hacía su madre, Mayi, desde Camerún y que tenía Europa como destino final. En mayo de 2018, ambas consiguieron entrar en una patera en territorio español e instalarse en España. Desde entonces, la menor ha vivido sin documentación oficial y sin nacionalidad de ningún país. No es camerunesa como su madre, tampoco marroquí, y las autoridades españolas no ofrecían ninguna solución a su situación de apátrida. La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha resuelto ahora que se han vulnerado los derechos fundamentales de Anna y obliga al Estado a repararle el daño causado concediéndole la nacionalidad española, según ha adelantado la Cadena SER. Es la primera vez que se reconoce este derecho a una persona nacida durante el tránsito migratorio a España.

Desde su llegada, la madre de Anna intentó en numerosas ocasiones que su hija fuera reconocida en Camerún, en Marruecos y, finalmente, en España. Sin certificado de nacimiento, libro de familia o atribución de nacionalidad, la niña no existía para ningún Estado. Todos sus intentos fracasaron ante la negativa de las autoridades, que le impidieron empadronarse en San Sebastián, donde ambas tienen su residencia. Como tampoco podía acreditar su identidad porque no tenía pasaporte, también se le denegó el permiso de residencia. Sin identidad, a la pequeña no se le permitía empadronarse ni, por tanto, tener acceso a la sanidad pública o escolarizarse con normalidad, entre otros perjuicios personales. Mayi decidió finalmente acudir a la justicia para denunciar la situación de apatrida de origen de su niña y pedir la nacionalidad española.

Un juzgado de San Sebastián resolvió en noviembre pasado que se habían vulnerado los derechos fundamentales de la menor y ordenó al Registro Civil que inscribiera su nacimiento “fuera de plazo” y procediera a reconocerle la nacionalidad española. El fallo fue respaldado por la Fiscalía, pero recurrido por la Abogacía del Estado ante la Audiencia de Gipuzkoa, que ha resuelto desestimar ese recurso y confirmar la sentencia que reconocía los derechos de la menor.

“Soy una madre parcialmente feliz”, afirma Mayi en declaraciones que el Programa Ödos, la organización que ha liderado su causa, ha hecho llegar a EL PAÍS. “Tener a un bebé sin ningún registro no es una situación fácil; ver crecer a tu hija inocente sin ninguna documentación es horroroso y no deseable. Algunas madres lloran porque sus hijos están enfermos y otras por falta de una firma en un papel para que sus hijos sean identificados como seres integrales en una comunidad. Este último es mi caso”.

La mujer camerunesa añade: “Llevo siete años durmiendo con los ojos abiertos, con miedo a que algo le pueda pasar a mi hija. Como pero no engordo; intento seguir adelante, pero no llego a la felicidad. Saber que mi hija está escolarizada por un favor y no porque tiene derecho es muy doloroso. Esta situación es una enfermedad silenciosa que está matando a muchas madres. Hace unos meses que un juez tomó la responsabilidad de curar a las madres que padecen esta enfermedad, pero el partido dominante se levantó para oponerse”. Esta madre agradece finalmente la ayuda recibida por el Programa Ödos y “a los jueces que tomaron esta decisión en este caso”.

La sentencia judicial recuerda que la madre ha hecho todo lo posible para evitar que su hija siguiese siendo considerada una apátrida. En marzo de 2019 solicitó por carta al embajador de Camerún en España que fuese inscrito el nacimiento de Anna, pero la petición fue rechazada por las autoridades de aquel país porque la niña había nacido en Marruecos. En marzo de 2021 se dirigió por carta al embajador de Marruecos en España para obtener el pasaporte de aquel país, pero no obtuvo ninguna respuesta. Durante todo este periodo también lo ha intentado en España: primero solicitó al Registro Civil de San Sebastián “la declaración con valor de simple presunción de la nacionalidad española” para su hija, pero esta le fue denegada. Tampoco se le dio la posibilidad de darse de alta en el padrón donostiarra.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Anna ha cumplido siete años y carece de nacionalidad, lo que supone verse privada de un identidad y, por lo tanto, “privada del acceso a numerosos servicios que implican la atención a derechos fundamentales como la educación o la integridad física, entre otros”, expone el fallo judicial. Esta sentencia concluye que “únicamente conforme a la palabra de la madre se sabe que la menor no ha nacido en territorio español, pero, ante la ausencia de ninguna otra prueba sobre su lugar de nacimiento, puede considerarse que de hecho su primer lugar conocido de estancia ha sido el territorio español, dada su entrada irregular a bordo de una embarcación patera”. Y resuelve que no reconocer la nacionalidad por la autoridad española “supone colocar a la menor en una situación de apátrida con conculcación de sus derechos fundamentales”.

Cristina Manzanedo, abogada experta en migraciones y coordinadora del Programa Ödos, que atiende a mujeres y niños migrantes, asegura a EL PAÍS que la sentencia de la Audiencia guipuzcoana es “novedosa” y “muy importante” para visibilizar la situación que sufren los menores apátridas en España: “El caso de Mayi es singular por su enfoque protector de la infancia que no cuenta con los derechos fundamentales en nuestro país. Es el fruto de muchos años de trabajo en favor de los niños nacidos en tránsito”. Esta realidad, argumenta Manzanedo, es muy desconocida en España, pero “está ahí y no puede permanecer oculta”.

La Memoria de la Fiscalía General del Estado cifra en 986 los menores que llegaron en 2021 a España acompañados por alguno de sus progenitores, aunque no concreta cuántos se encontraban en situación de apátridas. Manzanedo asegura que un recuento realizado por la Fundación Emet Arco Iris y su Proyecto Ödos registró 141 migrantes que viajaron a España con un menor a su cargo entre abril de 2018 y diciembre de 2021, de los que aproximadamente el 10% nacieron durante el tránsito migratorio (la mayoría en Argelia y Marruecos).

Lea la sentencia de la Audiencia Provincial. Si no puede verla, pinche aquí.

Sobre la firma

Más información

Archivado En