La justicia confirma la absolución de Cristina Cifuentes en el ‘caso máster’
La sentencia, que rechaza la petición de la Fiscalía de repetir el juicio, rebaja la pena de cárcel de la asesora del Gobierno regional
Cristina Cifuentes, expresidenta de la Comunidad de Madrid y del PP regional, acumula victorias en los juzgados en este 2021. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado su absolución en el caso máster, en el que la Fiscalía le atribuía un delito de falsedad documental por inducir a la fabricación del acta del Trabajo Fin de Máster (TFM) que usó ante la prensa para tratar de esquivar el escándalo. Los magistrados rechazan así la tesis del ministerio público, que ...
Cristina Cifuentes, expresidenta de la Comunidad de Madrid y del PP regional, acumula victorias en los juzgados en este 2021. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado su absolución en el caso máster, en el que la Fiscalía le atribuía un delito de falsedad documental por inducir a la fabricación del acta del Trabajo Fin de Máster (TFM) que usó ante la prensa para tratar de esquivar el escándalo. Los magistrados rechazan así la tesis del ministerio público, que pedía repetir la vista oral al considerar que la sentencia exculpatoria de la Audiencia Provincial no valoró muchos indicios que la señalaban. Y el dictamen se suma, además, a la resolución del juez del caso Púnica, que la desimputó en abril al “no poder acreditar” su participación en la red de corrupción que cerca al partido conservador autonómico.
La sentencia del TSJM, fechada este 25 de junio y contra la que cabe recurso, insufla más aire a Cifuentes, que ya sacó pecho tras su absolución en febrero. Entonces, arremetió contra los medios de comunicación por someterla a la “pena de telediario”, pese a que el fallo de la Audiencia Provincial daba por probado que se falsificó el acta del TFM —pero que no quedó acreditada su participación en la trama como inductora— y que la obtención de su título estuvo plagada de irregularidades. Es más, el tribunal cargó contra la versión de la política, que calificó como “conjunto de incongruencias, relevantes e incompatibles con la actuación regular de un estudiante de posgrado”.
La Fiscalía, que pedía tres años y tres meses de cárcel para Cifuentes, decidió recurrir la sentencia absolutoria. Pero el TSJM rechaza ahora los argumentos del ministerio público al entender que la Audiencia Provincial “no incurrió en un déficit de motivación”. “Ni su discurso es irracional ni omite razonamiento sobre alguna prueba relevante”, apostilla el fallo de este 25 de junio, que insiste en que, aunque existan “sospechas legítimas” de que la exdirigente del PP estuviera implicada en la falsificación, “no se han convertido en prueba suficiente” para condenarla.
El fallo del Tribunal Superior de Justicia acepta, en cambio, varias alegaciones presentadas por las otras acusadas: María Teresa Feito, asesora del Gobierno regional durante la etapa de Cifuentes; y Cecilia Rosado, la profesora de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) que admitió que fabricó el acta tras recibir presiones de Feito. La Audiencia Provincial dio por probado que Feito no solo se personó en el centro docente tras estallar el escándalo, sino que “requirió” a Rosado para “confeccionar el acta” falsa de forma “insistente y agobiante” a través de llamadas y mensajes de teléfono, con el objetivo de que aquella situación quedara “resuelta como fuere”.
El TSJM rebaja la pena a ambas. La condena de Rosado pasa de un año y seis meses de prisión a solo un año al considerar como “muy cualificado” el atenuante que se le debe aplicar por su confesión y colaboración con la justicia. Por su parte, el fallo contra Feito se reduce de tres a dos años de prisión. El tribunal tiene en cuenta que la asesora del Gobierno, profesora también de la URJC, se encontraba entonces en excedencia: “Y no tenía ninguna responsabilidad en la universidad mencionada, ni en la gestión académica del máster de Derecho Público del Estado Autonómico, ni actuó en el ejercicio de funciones públicas. Por tanto, era acreedora de la rebaja punitiva que reclama”. La ley permite suspender la entrada en prisión de los condenados a menos de 2 años y un día si no tienen antecedentes.