El Tribunal Superior de Galicia avala las “idóneas” restricciones de la Xunta tras el estado de alarma
El PP de Andalucía plantea una reforma de ley para incluir el cierre perimetral de municipios con una tasa de incidencia de más de 1.000 casos por cada 100.000 habitantes
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera “idóneas” y ratifica las medidas preventivas adoptadas por la Xunta tras la finalización del estado de alarma. El alto tribunal ha avalado así este miércoles la prohibición de reuniones entre no convivientes de la una a las seis de la madrugada en toda la comunidad autónoma. También, las limitaciones de los encuentros a un máximo de cuatro personas en espacios interiores y de seis en exteriores, tanto en el ámbito público como en el priv...
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera “idóneas” y ratifica las medidas preventivas adoptadas por la Xunta tras la finalización del estado de alarma. El alto tribunal ha avalado así este miércoles la prohibición de reuniones entre no convivientes de la una a las seis de la madrugada en toda la comunidad autónoma. También, las limitaciones de los encuentros a un máximo de cuatro personas en espacios interiores y de seis en exteriores, tanto en el ámbito público como en el privado, salvo que se trate de convivientes.
Además, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo aprueba el toque de recogida a las 23 horas, la prohibición de reuniones y el cierre perimetral y de la hostelería decretado por la Xunta en los cinco municipios que presentan un nivel máximo de alerta sanitaria (actualmente son Padrón en A Coruña, Cualedro y Laza en Ourense, y Cambados y Vilanova de Arousa en Pontevedra). El aval judicial es válido hasta el 21 de mayo y tendrá que ser revisado entonces.
En el auto, los magistrados explican que la prohibición de encuentros nocturnos se justifica porque existe “una situación real de riesgo de contagio”. “Normalmente”, dicen, en esa franja horaria las reuniones “se desarrollan en el ámbito de las relaciones sociales, en las que es frecuente la relajación de las medidas de distanciamiento social, uso de mascarillas, etcétera”. El tribunal defiende que esta limitación “no tiene un impacto significativo en el derecho de reunión”.
Sobre las medidas extraordinarias adoptadas en los municipios con mayor incidencia, el TSXG tampoco ve que tengan “un impacto limitativo de derechos fundamentales que pueda considerarse desproporcionado”. Con el cierre perimetral “se trata de mantener un control sobre la población de los municipios afectados, evitando que con sus desplazamientos a otras localidades las personas que puedan estar infectadas, asintomáticas, transmitan el virus”. “La situación de peligro es actual y real”, concluye el Superior, y las restricciones siguen siendo “necesarias”.
Tras conocer la decisión, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo (PP), ha celebrado el auto del TSXG. En su opinión, esto prueba “el rigor” con el que trabajan el Servizo Galego de Saúde (Sergas) y el comité clínico que asesora al Gobierno autónomo. Feijóo, que en octubre tachaba de “demoledor” el estado de alarma y en abril pedía su prórroga, ha aprovechado para cargar contra el Ejecutivo central. Ha calificado de “situación pintoresca” el hecho de que las autonomías se vean obligadas a “judicializar” la gestión de la pandemia, con decisiones contradictorias en los tribunales, según el territorio, para las mismas medidas. “Estamos sin rumbo y sin capitán”, ha clamado, en un escenario en el que cada comunidad sigue “una carta de navegación distinta” y trata de “llegar a puerto como puede”.
También este miércoles el PP de Andalucía ha plateado a los grupos políticos en la Cámara autónoma reformar la Ley de Salud Pública de la comunidad para incluir cierre perimetral de los municipios con una tasa de incidencia superior a los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes, para evitar estar expuestos a las decisiones de los tribunales, tras las distintas decisiones adoptadas este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre los confinamientos solicitados por la Junta. La norma se reformaría en el próximo pleno, dentro de 15 días. PSOE, aun en tono muy crítico, y Unidas Podemos han adelantado que apoyarán la propuesta, mientras que Vox ha advertido de que estudiará cada restricción que imponga la Junta para determinar si la recurre o no.
Mientras se tramita la reforma, la Junta de Andalucía volverá a cerrar perimetralmente este jueves Montefrío (5.313 habitantes), después de que este martes la sección Primera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA, con sede en Granada, fallara en contra del confinamiento de este municipio granadino. Además de la localidad granadina, el Gobierno andaluz también ha impuesto la misma restricción para la sevillana de La Campana (5.238 habitantes) con una duración, en ambos casos, de siete días. Ambos municipios superan el umbral de los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes, el límite que ha establecido la Administración regional para impedir la entrada y salida y el cese de la actividad no esencial. La Consejería de Salud ha solicitado el refrendo de los tribunales a esta medida.
Desde que decayó el estado de alarma el pasado domingo, los tribunales superiores de varias autonomías han resuelto con criterio contradictorio peticiones que afectan a los derechos fundamentales ―como el toque de queda, el cierre perimetral o la limitación de las reuniones sociales― para combatir el virus. Los tribunales superiores de la Comunidad Valenciana y Baleares han avalado esas restricciones, mientras que los del País Vasco y Canarias, a los que se sumó este martes el de Navarra, las han rechazado. En Andalucía se han producido decisiones a favor y en contra. El Tribunal Superior de Justicia andaluz ha autorizado el confinamiento de tres municipios, pero ha denegado el de otro, aunque todos tienen tasas de incidencia acumulada a 14 días por encima de 1.000.