Admitido a trámite el recurso del PP sobre Cantó por su “especial trascendencia constitucional”

El tribunal de garantías da un día de plazo a la Fiscalía y a las partes del proceso para que formulen alegaciones

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y Toni Cantó visitan un polideportivo en el barrio de Sanchinarro en Madrid, el pasado 7 de abril.Andrea Comas

El Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PP para poder contar en sus listas con Toni Cantó y Agustín Conde, a pesar de la decisión del Juzgado número 5 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que lo denegó por considerar que ...

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El Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el PP para poder contar en sus listas con Toni Cantó y Agustín Conde, a pesar de la decisión del Juzgado número 5 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que lo denegó por considerar que no se habían empadronado a tiempo, con lo que estarían incursos en una causa de inelegibilidad. El tribunal de garantías razona su decisión de admitir la solicitud de amparo presentada por el PP en que el asunto concurre una “especial trascendencia constitucional”.

La resolución del Constitucional añade que “el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal”. Argumenta asimismo que “el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”.

El caso será examinado por la Sala Primera del Constitucional, que está presidida por el propio presidente del tribunal de garantías, Juan José González Rivas, y por los magistrados Santiago Martínez Vares, María Luisa Balaguer, Ricardo Enríquez, Cándido Conde Pumpido y Andrés Ollero. Como ponente del asunto ha sido designada la magistrada María Luisa Balaguer, quien tiene formulados votos particulares a favor del derecho de participación política, en recursos precedentes en que esta cuestión ha sido causa de recursos de amparo.

La providencia dictada por el Constitucional da un día de plazo a la Fiscalía y a las partes representadas en el proceso para que formulen alegaciones. Se excluye a los propios recurrentes, que ya han dado cuenta de sus argumentos a lo largo de los cincuenta folios de la solicitud de amparo presentada. De todo ello, cabe prever que el tribunal decidirá entre el jueves y el viernes.

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