La Abogacía pregunta si los presos del 1-O repararán el daño

La representación de Hacienda considera “esencial” verificar el pago para elaborar su informe sobre las posibles medidas de gracia

Los 12 acusados en el juicio del 'procés' en el Tribunal Supremo, en 2019.tRIBUNAL SUPREMO (EFE)

La Abogacía General del Estado considera “esencial” para su informe sobre el indulto a los condenados del procés aclarar antes si han resarcido al Estado por el dinero malversado en el proceso independentista. Consta en el Tribunal de Cuentas que ya en febrero de 2020 fue consignada la cantidad de 4.146.274 euros que les fue reclamada por la instructora delegada del expediente. La Abogacía ha pedido ahora al Tribunal Supremo que recabe la certificación oficial de ese afianzamiento.

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La Abogacía General del Estado considera “esencial” para su informe sobre el indulto a los condenados del procés aclarar antes si han resarcido al Estado por el dinero malversado en el proceso independentista. Consta en el Tribunal de Cuentas que ya en febrero de 2020 fue consignada la cantidad de 4.146.274 euros que les fue reclamada por la instructora delegada del expediente. La Abogacía ha pedido ahora al Tribunal Supremo que recabe la certificación oficial de ese afianzamiento.

La Abogacía del Estado argumenta que actuó en la causa del procés como “parte ofendida” en los hechos, basándose en que “los fondos y mecanismos de financiación establecidos por el Estado eran malversados, al haberse desviado de la finalidad acordada”. Por tanto —explica el escrito— el informe que ahora le corresponde elaborar sobre el posible indulto a los condenados en dicha causa “exige la reclamación por el tribunal sentenciador al Tribunal de Cuentas de la aportación de los datos que permitan el mejor esclarecimiento del importe a que ha podido ascender ese desvío de esos fondos públicos”. Todo ello para averiguar “muy especialmente, si se ha procedido a su reintegro o, en su caso, aseguramiento o afianzamiento de esas cantidades”.


La petición de estos datos responde a la estrategia acordada en el seno de la Abogacía del Estado sobre cuál debe ser el eje de su informe sobre el indulto a los condenados del procés. El propósito de la Abogacía del Estado es centrar ese dictamen en el delito de malversación, en coherencia con el papel que le corresponde como representante de los intereses de Hacienda en los asuntos en que interviene.

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Fuentes próximas a la Abogacía del Estado subrayan que si se acredita que los condenados han facilitado el resarcimiento del Estado por las cantidades malversadas, el informe que presente sobre el indulto contemplará este dato como un elemento positivo y a tener en cuenta por el Gobierno cuando decida si debe acordar o no la concesión de medidas de gracia, sean de forma total o parcial. En todo caso, el informe de la Abogacía tomará claramente distancias con el que elaboró la Fiscalía, en el que advertía que el indulto no puede emplearse como “moneda política”, y que se mostraba rotundamente contraria a su concesión por la gravedad de los hechos descritos en la sentencia del Supremo.

La Abogacía del Estado razona que en esta fase previa le consta que “ante el Tribual de Cuentas se habría girado un acta de liquidación provisional” por la “responsabilidad contable” de los condenados por el procés. “También consta —añade el escrito— que se estaría procediendo al aseguramiento o afianzamiento de las citadas liquidaciones”. Lo que pretende la Abogacía es que se le certifiquen estas circunstancias, ya que tiene noticia de que “el 28 de enero de 2020 se levantó Acta de Liquidación Provisional con motivo de los gastos ocasionados por la celebración del referéndum ilegal del 1-O en Cataluña y que el importe de esa liquidación provisional ascendía a 4.156.274 euros de daños ocasionados a fondos públicos y 242.980 euros de intereses”.

El escrito subraya la importancia que para la Abogacía del Estado tiene aclarar “si tales liquidaciones que se hubieran podido girar están pagadas o, al menos, garantizadas o aseguradas en su totalidad o solo parcialmente”. Es por todo ello que “a la hora de determinar los hechos sobre los que las partes y el tribunal sentenciador deben informar”, subraya la Abogacía del Estado, “la conveniencia de que se oficie al Tribunal de Cuentas para que pueda informar del establecimiento y reclamación definitiva de las cantidades desviadas”. La Abogacía del Estado destaca asimismo que “esta petición de información resulta esencial no solo para la más adecuada conformación del expediente de indulto, sino también para la correcta emisión del informe por esta parte.

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