El Constitucional estudiará si el Congreso vulneró la libertad de expresión de Álvarez de Toledo

La diputada popular cree que la presidenta de la Cámara se excedió al suprimir del Diario de Sesiones la expresión “hijo de terrorista”, referida a Pablo Iglesias

Cayetana Álvarez de Toledo en el Congreso de los Diputados el 29 de abril de 2020. En vídeo, el momento en el que la diputada del PP llama "hijo de un terrorista" a Iglesias, el pasado 27 de mayo. Foto: EPV | Vídeo: POOL EFE / GTRES

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de la diputada del PP Cayetana Álvarez de Toledo contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de retirar del Diario de Sesiones la expresión “hijo de terrorista” que la parlamentaria popular utilizó para referirse al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. El tribunal acepta el recurso de amparo de la exportavoz popular al enten...

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de la diputada del PP Cayetana Álvarez de Toledo contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de retirar del Diario de Sesiones la expresión “hijo de terrorista” que la parlamentaria popular utilizó para referirse al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. El tribunal acepta el recurso de amparo de la exportavoz popular al entender que tiene “relevancia constitucional”: Álvarez de Toledo sostiene que Batet vulneró su derecho fundamental a la libertad de expresión y se trata de un supuesto del que no existen precedentes. La admisión del recurso implica que el órgano de garantías deberá pronunciarse en una sentencia.

Los hechos ocurrieron el 27 de mayo de 2020, cuando Álvarez de Toledo era todavía portavoz del grupo parlamentario popular. Después de que Iglesias aludiera, como había hecho varias veces antes, a la condición de marquesa de la diputada, esta replicó: “”Usted es el hijo de un terrorista. A esa aristocracia pertenece usted, a la del crimen político”. Batet reclamó entonces a Álvarez de Toledo que retirara esas acusaciones del diario de sesiones, pero la portavoz popular se ha negado, alegando que el padre de Iglesias “era militante del FRAP” ―Frente Revolucionario Antifascista y Patriótico, grupo de la izquierda revolucionaria española que practicó el terrorismo al final de la dictadura y que se disolvió a la muerte de Franco―”. Finalmente, Batet ha retirado esas palabras entre protestas de la bancada popular. Tras varios días de polémica, la presidenta de la Cámara dejó constancia documental, mediante unos corchetes, de que en ese lugar de la frase reflejada parcialmente hubo unos conceptos que no se recogen.

La Sala Segunda del Constitucional ha considerado que es relevante estudiar si la presidenta de la Cámara se extralimitó en sus facultades para la dirección de los debates. La petición de amparo se basaba en la consideración de que el artículo 104.3 del Reglamento del Congreso, invocado por Meritxell Batet en su calidad de presidenta del Congreso, se remite a su vez al 103.1, relativo a los casos en que se “profirieren palabras o vertieren conceptos ofensivos al decoro de la Cámara o de sus miembros, de las instituciones del Estado o de cualquier otra persona o entidad”.

La admisión a trámite del recurso supone que el Constitucional analizará si Batet aplicó bien dicho reglamento, para lo cual tendrá que ponderar, implícita o explícitamente, dos derechos. Por un lado el de libertad de expresión, y por otro el derecho al honor, ambos susceptibles de protección, en relación con la intervención de la exportavoz popular en el Congreso el 27 de mayo.

Inicialmente, el PP presentó un recurso ante la Mesa del Congreso contra las decisiones de Batet. Pero consideró que no procedía pedir amparo al Constitucional. Álvarez de Toledo, en cambio, estimó que debía hacerlo, y obtuvo para ello el respaldo de la plataforma Libres e Iguales, que recaudó los 15.370 euros que costaba interponer el recurso. Una nota hecha pública por varios miembros de Libres e Iguales, entre ellos Mario Vargas Llosa, Francisco Vázquez y Federico Jiménez Losantos, explicaba que la plataforma asumía el coste “dado su valor moral y político”.

El ponente de la resolución será el magistrado Juan Antonio Xiol. Se trata del expresidente de la Sala Civil del Supremo, que tiene muchas sentencias dictadas en materia de libertad de expresión, en algunas de las cuales se planteaba precisamente la ponderación entre este derecho y el de la protección del honor personal.

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