La Fiscalía rechaza investigar a Ábalos en el Supremo por su encuentro con Delcy Rodríguez
El Ministerio Público se opone a las querellas presentadas por los partidos Laócrata y Vox contra el ministro, a quien le atribuyen un presunto delito de prevaricación.
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala de lo Penal que no admita a trámite las querellas contra el ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, por su encuentro con la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas el pasado 20 de enero. El Ministerio Público ha enviado ya un informe al alto tribunal en el que se opone a la admisión de las querellas presentadas por los partidos Laócrata y Vox contra Ábalos porque n...
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala de lo Penal que no admita a trámite las querellas contra el ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, por su encuentro con la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas el pasado 20 de enero. El Ministerio Público ha enviado ya un informe al alto tribunal en el que se opone a la admisión de las querellas presentadas por los partidos Laócrata y Vox contra Ábalos porque no existen indicios suficientes de que los hechos sean constitutivos de delito de prevaricación. La investigación, no obstante, seguiría adelante en el Juzgado de Instrucción 31 de madrid, que investiga las denuncias presentadas por los mismos hechos por el Partido Laócrata, Vox y PP.
El encuentro de Ábalos con la número dos de Nicolás Maduro, que fue sancionada en su día por la UE por las políticas represivas de su Gobierno y tiene prohibida su entrada en suelo europeo, derivó en un goteo de querellas y denuncias presentadas por el Partido Laócrata (sin representación en ninguna institución) y los grupos de la oposición. El titular del Juzgado de Instrucción 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, asumió la investigación en la justicia ordinaria sobre la entrada en Barajas de la vicepresidenta de Venezuela, pero los laócratas se querellaron también directamente contra Ábalos en el Supremo, una iniciativa a la que se sumó luego Vox.
El ministerio público es partidario de dejar investigar primero al juez Serrano-Arnal, que tiene sobre la mesa la petición formulada en una de las denuncias para que se cite a declarar a agentes de las fuerzas de seguridad, personal de AENA y vigilantes privados que estaban de servicio la madrugada del 20 de enero, cuando se produjo el encuentro. Si de esa investigación acaban derivándose indicios que señalen a Ábalos, el juez tendría que enviar un escrito al Supremo y el alto tribunal volvería a estudiar si abre una causa. Pero, según la Fiscalía, por ahora no hay ningún indicio contra el ministro de Transportes.
Las querellas atribuían al Ábalos haber prestado autorización para que la vicepresidenta de Venezuela atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el aeropuerto de Barajas, pese a que tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo. En el informe enviado a la Sala de lo Penal del Supremo, el Ministerio Público advierte de que las querellas están “basadas exclusivamente en artículos de prensa (especialmente Vozpópuli, edición digital) y en la “declaración notarial” de un trabajador que “ni siquiera especifica su puesto de trabajo”. Las querellas tampoco concretan “mínimamente” la participación del querellado en los hechos imputados, según señala la Fiscalía en un comunicado difundido este martes en el que informa de la presentación del informe en el Supremo.
Sobre el delito de prevaricación que ambas querella imputan al ministro, el informe señala que “pese a la naturaleza de este delito, los querellantes, al margen de sus opiniones y sospechas, no concretan cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación del querellado en la decisión". El Ministerio Público advierte que incluso se desconoce quién tomó esa decisión y las razones de la misma, un defecto “de especial trascendencia”, advierte la Fiscalía, dado que este delito se reserva para sancionar “supuestos límites, en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria”. En este caso, sin embargo, “de las querellas no se evidencia ni el dictado de una resolución administrativa, ni mucho menos su injusticia y arbitrariedad”.