¿Deben informar los policías a los políticos de sus investigaciones?
La Guardia Civil y la Policía Nacional recibieron en 2012 y 2015 órdenes de reportar a Interior información sobre pesquisas judicializadas
La reciente destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid por ...
La reciente destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid por “no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento” ha provocado un terremoto político, pero también plantea una pregunta. ¿Debe la policía facilitar a sus superiores políticos información sobre el estado de sus pesquisas? “No hay ningún deber de informar y, mucho menos, de facilitar documentos”, afirma con rotundidad un mando de la Policía Nacional que ha dedicado buena parte de su carrera a la lucha antiterrorista. En la Guardia Civil se muestran igual de tajantes. “Se comunica al jefe de unidad qué se está haciendo y se le dan algunos detalles, pero a un responsable político, nunca”, señala un oficial del instituto armado dedicado desde hace más de dos lustros a labores de Policía Judicial. La juez Carmen Rodríguez-Medel, que investiga el caso del 8-M, envió la semana pasada un escrito a Interior en el mismo sentido y advirtiendo de que había dado “orden expresa” a la Guardia Civil de guardar “rigurosa reserva” para que solo le informe a ella del resultado de sus averiguaciones.
Sin embargo, tanto Guardia Civil como Policía han dictado en los últimos años instrucciones internas que parecían burlar este principio de no injerencia política. Ambas fueron emitidas durante el gobierno de Mariano Rajoy y con Jorge Fernández Díaz al frente del Ministerio del Interior. En abril de 2012 el instituto armado ordenó hacer “una breve reseña de las operaciones que vayan a entrar en fase de explotación [término con el que se conoce el momento en el que se procede a detenciones y registros] en la semana siguiente” y que se enviara a la Dirección General todos los miércoles antes de las 11 de la mañana. La reseña debía incluir “el nombre de la operación y unidad participante, concepto de la operación, fecha previsible y número previsible de detenidos e implicados, registros de inmuebles que se prevea practicar, posibles implicaciones de cargos públicos de personas y de registros de sedes oficiales". Su existencia fue revelada en diciembre de aquel año por la diputada de Coalición Canaria Ana Oramas y provocó un importante revuelo político. Pese a ello, aún sigue en vigor, aunque mandos del instituto armado aseguran que no se aplica.
Al poco de llegar al poder el PP, Interior creó en la Policía Nacional la Brigada de Análisis y Revisión de Casos (BARC), a la que se facultó para intervenir tanto en operaciones “activas” como cerradas. En una instrucción enviada en mayo de 2015 al resto de las unidades policiales, se recalcaba que este grupo ―bajo el mando directo del entonces número dos de la Policía, el comisario Eugenio Pino, imputado en el caso Villarejo― se podía dirigir directamente a cualquiera de ellas para reclamarle información de unas pesquisas y que esta tenía la “obligación de colaboración”. El escrito recalcaba que se haría “sin comunicaciones a órganos intermediarios". La BARC fue finalmente disuelta a comienzos de 2017 por el sucesor de Fernández Díaz, el también popular Juan Ignacio Zoido, después de conocerse que habían elaborado informes paralelos de causas ya juzgadas como los atentados del 11-M o el chivatazo a ETA en el bar Faisán. Mandos policiales denunciaron ya entonces que el grupo en realidad había sido creado para fiscalizar sin control judicial operaciones en curso. Este miércoles, un mando de la Policía Nacional reiteraba esta sospecha sobre aquel documento.
Detenciones inminentes
No obstante, tanto en Policía como en Guardia Civil admiten que, cuando una operación es sensible desde el punto de vista mediático, se suele facilitar información “superficial” a los responsables políticos de Interior. Es una norma no escrita, pero aceptada por todos, incluido por los jueces que dirigen las investigaciones. “En ese caso, uno o dos días antes de la explotación se les informa, pero nunca durante la investigación”, señala un alto mando policial. Un oficial de la Guardia Civil confirma esta forma de proceder, pero añade inmediatamente que “esta norma no es de aplicación en el caso de Pérez de los Cobos. En esa investigación [la supuesta influencia de la manifestación del 8-M en Madrid en la expansión del coronavirus] no había explotación inmediata a la vista”, recalca.
Además, la información que facilitan en estos casos los responsables de la investigación a sus superiores para que estos la hagan llegar a la cúpula política es muy limitada y, siempre, previa autorización del juez que dirige las pesquisas. “Se dan los detalles justos”, añade esta misma fuente. No obstante, recalca que, ante todo, es el juez el que determina qué datos se dan y si se dan. “Aunque hubiera una instrucción interna que dijera lo contrario, sería papel mojado", añade otro oficial del instituto armado en referencia a la orden interna de 2012. "Lo que prima es lo que dice la ley y ordena el juez”, recalca.