Un preso peligroso logra que se derogue una norma penitenciaria del PP

Interior suprime el protocolo después de que una juez concluya que es “contrario” a la ley tras recibir una queja del recluso por ser esposado cada vez que sale de su celda

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante el pleno del Congreso del pasado miércoles.Kiko Huesca (EFE)

El Ministerio del Interior derogó este miércoles el protocolo penitenciario puesto en marcha en 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy que, entre otras medidas, obligaba a esposar por la espalda a todos los reclusos catalogados como muy peligrosos cada vez que salían de su celda, aunque fuera para ir a otra dependencia de la misma prisión. La decisión se toma después de que la juez de Vigilancia Penitenciaria de Algeciras, María del Carmen Cañadas, dictara el pasado 28 de abril un auto en el que acepta la queja presentada por Fernando Vázquez Ayude, un preso conflictivo incluido en el Fichero d...

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El Ministerio del Interior derogó este miércoles el protocolo penitenciario puesto en marcha en 2016 por el Gobierno de Mariano Rajoy que, entre otras medidas, obligaba a esposar por la espalda a todos los reclusos catalogados como muy peligrosos cada vez que salían de su celda, aunque fuera para ir a otra dependencia de la misma prisión. La decisión se toma después de que la juez de Vigilancia Penitenciaria de Algeciras, María del Carmen Cañadas, dictara el pasado 28 de abril un auto en el que acepta la queja presentada por Fernando Vázquez Ayude, un preso conflictivo incluido en el Fichero de Internos de Especial Seguimiento (FIES), que se quejaba del trato que recibía en prisión. En su escrito, la magistrada concluye que el protocolo, dictado en la etapa de Jorge Fernández Díaz al frente de Interior, es “contrario al ordenamiento jurídico español” y “crea [para estos presos] un régimen de vida distinto y ajeno al contemplado en el Reglamento Penitenciario”. La norma ya había recibido varias críticas del Defensor del Pueblo y, en los últimos meses, Interior la había suavizado, aunque la mantenía en vigor.

El protocolo, denominado formalmente como Orden de Servicio de 6/2016, fue dictada en agosto de 2016, un mes después de que Fabrizio Joao Silva Ribeiro, un preso conocido como ‘Hannibal Lecter’ por su peligrosidad, hiriese a ocho funcionarios de la cárcel de Puerto III (Cádiz), dos de ellos de gravedad, cuando intentaban cachearle. Silva, que fue encontrado muerto el pasado octubre en la celda que ocupaba en la prisión pontevedresa de A Lama, era entonces uno de los 200 presos clasificados como FIES 1, una categoría reservada para aquellos internos que han atentado “directa y gravemente contra la integridad física” de otros internos o de trabajadores penitenciarios. A partir de esa norma, a todos estos presos se les recluyó en celdas alejadas de las que ocupaban otros internos y salían al patio “de forma individual”. También se les sometía a continuos cacheos corporales -en algún caso con desnudo integral- y registros de sus celdas en busca de objetos prohibidos. Cada vez que salían de estas, debían ser esposados a la espalda y se evitaba que se cruzaran con otros internos.

La orden ha recibido durante los casi cuatro años que ha estado en vigor numerosas críticas del Defensor del Pueblo, que ya en su informe anual de 2016 como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, concluyó que su aplicación creaba “unas condiciones de dureza intensa” a los reclusos a los que se les aplicaba. El documento recalcaba que los presos sometidos a él sufrían un “total aislamiento” que superaba el régimen más restrictivo contemplado por la Ley General Penitenciaria e instaba al Gobierno del PP a limitar el uso de “las medidas coercitivas”. El entonces ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, desoyó la recomendación. En el informe de 2018, el último conocido hasta ahora, el Defensor mostraba de nuevo sus “severas discrepancias” con el protocolo y pedía “reexaminarlo”. Entonces, ya con Fernando Grande-Marlaska al frente del ministerio, se modificó para eliminar la aplicación sistemática de la medida, aunque se mantuvo para casos concretos.

Uno de ellos era el de Vázquez Ayude, un preso condenado a 66 años por, entre otros, dos delitos de homicidio cuyo historial delictivo incluye graves hechos cometidos dentro de prisión, como el apuñalamiento de otro interno y el secuestro de un funcionario durante un motín que encabezó. Vázquez Ayude, conocido como el Hannibal gallego, remitió el pasado 27 de diciembre a la juez de Vigilancia Penitenciaria de Algeciras un escrito en el que se quejaba de que cada vez que abandonaba su celda era esposado con las manos a la espalda y siempre estaba solo cuando salía al patio.

En el auto en el que le da la razón, la magistrada recuerda que la aplicación de las medidas recogidas en la orden debía ser comunicada a la autoridad judicial y que estas solo se mantendrían “el tiempo estrictamente necesario”, nunca de manera indefinida como hasta ahora. Por ello, concluye que el protocolo instaurado por el PP en 2016 “debe dejar de ser aplicado pues es contrario al ordenamiento jurídico español”. Y recalca que ningún régimen de vida penitenciario contempla “el aislamiento absoluto de forma indefinida de la persona privada de libertad ni el uso ordinario de un medio coercitivo como son las esposas”. Pese a que el auto puede ser recurrido, Instituciones Penitenciarias decidió el pasado miércoles derogar la norma.

En diciembre de 2018, Interior ya eliminó otra norma penitenciaria de la etapa del PP. Entonces, Prisiones derogó una orden interna de 2017 que solo permitía a las prisiones remitir a los jueces de vigilancia penitenciaria para que estudiasen una posible excarcelación los expedientes de reclusos gravemente enfermos que estuvieran en estado terminal. El departamento de Grande-Marlaska elaboró para sustituirlo un protocolo que establecía nuevos criterios para determinar si un recluso se encuentra en “peligro patente” para su vida o si sufre “un padecimiento incurable”, aunque su vida no corra peligro. El documento, en vigor desde entonces, abre la posibilidad de poner en libertad a un interno con una esperanza de vida de hasta cinco años, y no de tan solo dos meses, como recogía la aprobada por el Gobierno de Rajoy.

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