Abogacía, Derecho y Justicia

La World Jurist Organization acaba de otorgarle a Javier Cremades el premio al Jurista del Año por su búsqueda de “la paz mundial a través del Derecho”

Javier Cremades.

Hay derechos allí donde hay justicia: que de las normas jurídicas o de los contratos deriven derechos quedaría como una proclamación inútil si no hubiera jueces que los tutelaran cuando son vulnerados. Por ello en el Derecho Romano, origen y nutriente de los sistemas jurídicos del mundo occidental, la acción procesal precedió a los derechos. Los ciudadanos, en suma, tienen derechos, de manera efectiva, porque pueden acudir a los tribunales de justicia para hacerlos valer. Esa es, sin duda, una de las grandes conquistas de la civilización.

Pero la justicia, como actividad institucionalme...

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Hay derechos allí donde hay justicia: que de las normas jurídicas o de los contratos deriven derechos quedaría como una proclamación inútil si no hubiera jueces que los tutelaran cuando son vulnerados. Por ello en el Derecho Romano, origen y nutriente de los sistemas jurídicos del mundo occidental, la acción procesal precedió a los derechos. Los ciudadanos, en suma, tienen derechos, de manera efectiva, porque pueden acudir a los tribunales de justicia para hacerlos valer. Esa es, sin duda, una de las grandes conquistas de la civilización.

Pero la justicia, como actividad institucionalmente organizada, no puede descansar sólo en la existencia de jueces y tribunales independientes, ya que requiere, además, de la actuación de unos profesionales con suficientes conocimientos jurídicos, los abogados, que asesoren a las partes en los procesos judiciales. Los abogados son, así, colaboradores imprescindibles de la justicia en cuanto que ayudan a acceder a ella y hacen posible que en el proceso judicial haya contradicción entre los argumentos de las partes. Sin esa condición dialéctica, la justicia podría solicitarse, pero difícilmente obtenerse con un cierto grado de objetividad. Es el principio de contradicción, con el pleno ejercicio por las partes, asistidas por sus abogados, del derecho a discutir y probar, el que obliga a que las decisiones judiciales deban de manifestarse públicamente explicando por qué, ante argumentaciones enfrentadas, aceptan unas y rechazan otras. Una explicación que no puede estar basada en la voluntad, sino en la razón, en las razones del Derecho, que es la única legitimidad que tiene el juez para decidir de manera imparcial.

Las razones del Derecho, que no deben oponerse al sentido común, no pueden basarse, sin embargo, exclusivamente en él, porque el Derecho no es accesible mediante la mera “razón natural”, ya que se rige por un lenguaje técnico: una “razón artificial”, como hace más de cuatro siglos ya le advirtió el juez Coke al Rey Jacobo I de Inglaterra. De ahí la necesidad de que los jueces sean expertos ese lenguaje técnico, pero también de que las partes en el proceso no estén privadas de él a la hora de defender sus pretensiones y para eso están los abogados: para hacer efectivo, con sus conocimientos jurídicos, el derecho de defensa ante los tribunales de justicia. Por ello, sin los abogados no habría justicia, o sólo habría un remedo de ella: una justicia puramente inquisitorial. Abogacía, derecho y justicia son, por ello, realidades inseparables.

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El despacho de Cremades no ve en el cliente un asunto, sino sobre todo una persona

Ahora bien, la justicia, además de una institución, es también un valor que se satisface cuando se protege al débil frente al poderoso, al oprimido frente al opresor, en suma, cuando se defiende la libertad y se lucha contra la desigualdad. El largo recorrido histórico de la lucha por la democracia y los derechos humanos (que son la misma cosa) ha estado, y está, jalonado de acciones ejemplares llevadas a cabo por la abogacía, que no es sólo una profesión, sino también una vocación: una vocación por la justicia.

Estas consideraciones sobre la abogacía como profesión y vocación, aunque bien conocidas por cualquier jurista, me han parecido relevantes para entender debidamente una noticia de hace pocos días: la distinción que la World Jurist Organization acaba de otorgarle a un gran abogado español Javier Cremades, presidente del Despacho Cremades & Calvo-Sotelo, al concederle el premio al Jurista del Año. Premio que esta prestigiosa organización mundial ya había otorgado en el pasado a personalidades tan destacadas en el ámbito internacional como el Nobel René Cassin, Manfred Lasch, presidente del Tribunal Internacional de Justicia, o Luis Almagro, secretario general de la Organización de Estados Americanos. Estos premios anuales reconocen, no al abogado más próspero o con más potente despacho profesional, sino al jurista que más se ha destacado en la defensa de los derechos humanos o, como se dice por la propia organización concedente, en la búsqueda de “la paz mundial a través del Derecho”.

Javier Cremades, doctor en Derecho Constitucional por la Universidad alemana de Regensbug, autor de numerosas publicaciones en materias de Derecho Público, en especial sobre las libertades de expresión e información, y de Derecho Privado, en particular sobre sociedades mercantiles, no sólo ha creado un Despacho que, en los últimos 25 años ha alcanzado una expansión internacional indudable, con presencia en 15 grandes ciudades de ocho países, sino que lo ha dotado de los rasgos que a él, como abogado, le caracterizan: no perder nunca de vista los intereses generales que se proyectan en todos los sectores del Derecho, incluido el Derecho Privado; no ver en el cliente un asunto, sino sobre todo una persona; proteger a los débiles frente a los fuertes, impulsando los derechos de los accionistas minoritarios de las grandes sociedades de capital o luchando a favor de los perjudicados por fraudes financieros; defender a los políticos demócratas perseguidos por regímenes autoritarios, como ha hecho, con denuedo, en el caso del venezolano Leopoldo López. De ese modo, Javier Cremades ha demostrado ser un excelente ejemplo de abogado que ha dedicado su vida a la justicia como institución, y a la justicia como valor. El premio otorgado no puede estar mejor concedido.

Vuelvo a las consideraciones generales que antes expuse con ocasión de la noticia comentada. Un buen abogado sólo lo es, a mi juicio, cuando no separa su profesión (que no es otra que colaborar en la actividad de la justicia como institución) de su vocación (que tampoco puede ser otra que la promoción de la justicia como valor). Ambas facetas únicamente pueden desarrollarse con efectividad si están servidas por una sólida preparación técnica, que exige un conocimiento teórico de la “ciencia” del Derecho y una experiencia práctica de la “vida” del Derecho. Cuando así sucede, como pone de manifiesto el ejemplo de Javier Cremades, el ejercicio de la abogacía puede ser no sólo una de las profesiones más nobles por sus fines, sino también una de las más satisfactorias para quienes la realizan.

Manuel Aragón Reyes es catedrático de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional.

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