Editorial

Penas acumuladas

La salida de Santi Potros suscita una indignación canalizada injustamente contra los jueces

La excarcelación de Santiago Arróspide, Santi Potros, condenado a miles de años de cárcel por ordenar algunos de los más sangrientos atentados de ETA, como el de Hipercor de Barcelona (21 muertos, 41 heridos), ha suscitado una fuerte indignación en las asociaciones de víctimas y otros sectores de la sociedad. Indignación que en ocasiones se ha dirigido contra los jueces que la han decidido.

La cuestión planteada es si la pena cumplida en Francia por los reclusos debe descontarse de la condena que tienen que cumplir en España. Una Decisión Marco del Consejo de Europa de julio de 2008 es...

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La excarcelación de Santiago Arróspide, Santi Potros, condenado a miles de años de cárcel por ordenar algunos de los más sangrientos atentados de ETA, como el de Hipercor de Barcelona (21 muertos, 41 heridos), ha suscitado una fuerte indignación en las asociaciones de víctimas y otros sectores de la sociedad. Indignación que en ocasiones se ha dirigido contra los jueces que la han decidido.

La cuestión planteada es si la pena cumplida en Francia por los reclusos debe descontarse de la condena que tienen que cumplir en España. Una Decisión Marco del Consejo de Europa de julio de 2008 establecía que sí debían descontarse, y que los Estados miembros estaban obligados a incorporarla a su legislación interna antes de agosto de 2010.

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España no cumplió ese compromiso, según reconocía una resolución del Tribunal Supremo de marzo pasado, pero establecía que la interpretación de la legislación española debería hacerse “de la manera más conforme posible” con la europea. Y solo cuando se hizo evidente que decenas de presos de ETA podrían invocar esa normativa europea se aprobó en Las Cortes, a fines de noviembre, una ley que la recogía, pero introduciendo una enmienda que en la práctica excluía su aplicación a los condenados por delitos terroristas. El problema para los jueces era si debían aplicar la norma europea o la española, dado que eran contradictorias.

La prueba de que no era una decisión obvia, a favor de la segunda opción, como se viene dando por supuesto estos días, es que las secciones primera y segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia han resuelto el dilema de manera diferente; y que lo han hecho tras registrarse un empate a 9 votos en el pleno de esa sala, lo que impidió adoptar una posición común, excepto la de que cada sección decidiera por su cuenta. Que los especialistas más cualificados no lo vean claro no ha impedido pontificar con aplomo a legos en la materia con gran audiencia popular.

En España no existe la pena de muerte y tampoco la cadena perpetua. Por tanto es inevitable que incluso los condenados por los más terribles crímenes salgan de la cárcel algún día. La normativa europea sobre cómputo de penas permite adelantar esa salida en cinco o seis años a varias decenas de presos de ETA; pero es falso que eso suponga impunidad: la mayoría de los posibles afectados llevan más de 20 años en prisión, y Santi Potros casi 30.

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