LA PUNTA DE LA LENGUA

El confuso aroma del vocablo “tribunal”

Ciertos políticos ponen como aval de su dudosa legalidad a un organismo que no puede investigar

El vocablo “tribunal” ya existía en latín. Designaba el estrado cuyas sillas curules ocupaban unos magistrados de togas purpuradas. Aquellos asientos semicirculares adornados por detalles de marfil se denominaban, en efecto, “curules”, y curul procedía de currus, el carro con su silla al que había tenido derecho el rey; y la capa de púrpura (o paludamentum) simbolizaba el poder de un general con su capote rojo de campaña. Todavía hoy mantenemos algunos rescoldos de aquellos símbolos, como las togas de los jueces

El término “tribunal” se viene asociando, pues, a la sole...

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El vocablo “tribunal” ya existía en latín. Designaba el estrado cuyas sillas curules ocupaban unos magistrados de togas purpuradas. Aquellos asientos semicirculares adornados por detalles de marfil se denominaban, en efecto, “curules”, y curul procedía de currus, el carro con su silla al que había tenido derecho el rey; y la capa de púrpura (o paludamentum) simbolizaba el poder de un general con su capote rojo de campaña. Todavía hoy mantenemos algunos rescoldos de aquellos símbolos, como las togas de los jueces

El término “tribunal” se viene asociando, pues, a la solemnidad. Así, tenemos tribunales de oposiciones, tribunales médicos, tribunales de doctorado... Y tribunales de justicia. En todos ellos, un grupo de altos funcionarios, o de facultativos, o de catedráticos, o de jueces, examina a alguien con independencia y neutralidad, tras disponer de las pruebas necesarias.

Sin embargo, la palabra “tribunal” se ha desplazado, con su prestigio encima, hacia terrenos semánticos más difusos. En España funciona el Tribunal de Cuentas; y tuvimos el Tribunal de Defensa de la Competencia, órgano adscrito al Ministerio de Economía (y que ahora se llama Comisión Nacional de la Competencia). Ninguno de ellos encaja del todo con el concepto jurídico de la palabra “tribunal”.

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El Diccionario académico ya vio una cierta impostura en “Tribunal de Cuentas”, pues lo define desde 1869 (mediante una mención expresa en la entrada “tribunal”) como una “oficina”. Dice así: “Oficina central de contabilidad que tiene a su cargo examinar y censurar las cuentas de todas las dependencias del Estado”.

El Tribunal de Cuentas ejerce hoy en día dos funciones, según su ley orgánica: una jurisdiccional y otra fiscalizadora. En la primera de ellas actúa contra el menoscabo de los bienes públicos y ejerce como un auténtico tribunal: celebra vistas, exige responsabilidades económicas y en ese caso los consejeros incluso se visten sus togas. Pero en la segunda se limita a supervisar las cuentas del Estado, de las empresas públicas y de los partidos políticos según los documentos que ellos mismos faciliten.

En esa última tarea (la más conocida) no hay ni togas, ni estrado, ni tribunal, ni testigos, ni pesquisas, ni careos, ni fianzas, ni fallos, ni delitos, ni faltas, ni indemnizaciones; no se elaboran sentencias, sino informes; no se puede registrar una sede, ni verificar una firma, ni abrir una caja con dinero negro. El Tribunal trabaja sin una policía judicial a su servicio. Y así se hace difícil que un caso alcance la segunda de sus funciones, la jurisdiccional.

Los consejeros, por otro lado, son elegidos por el Parlamento mediante cupos políticos (aunque no fuera ése el espíritu de la ley), y entre ellos figuran algunos exdiputados y exsenadores de prestigioso currículo, así como funcionarios y auditores.

No se pretende aquí desacreditar el trabajo de los integrantes de ese órgano, que elaboran por lo general sus documentos con pulcritud y apuntan desviaciones, irregularidades, mala gestión o granos y vías de agua en los que nadie parecía haber reparado. Solo se trata de señalar al lector que ciertos políticos se siguen llenando la boca al presentarse como absueltos en su dudosa legalidad por el “Tribunal de Cuentas”, quizá suponiendo que los ciudadanos tomarán tal nombre con el valor total de su primer vocablo; y suelen omitir que este Tribunal actúa sobre los datos y asientos bancarios que se ponen a su vista; y que, si se vulnera la buena fe, apenas dispone de facultades para descubrirlo. Como mucho podrá analizar unas cantidades, observar desviaciones presupuestarias (si se emplea un dinero para fines distintos de los previstos, si se gasta de más...) y plantear propuestas sensatas y profesionales.

Por tanto, expresiones como “esto lo ha avalado el Tribunal de Cuentas” significan mucho, pues sin duda tal órgano tiene depositada una alta misión. Pero se trata de una misión administrativa; no judicial. El viejo sentido de la palabra “tribunal” puede engañar a ciudadanos confiados y servir de parapeto a políticos habilidosos.

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