El Supremo archiva una querella de guardias civiles contra Rubalcaba

La asociación denunciante consideraba ilegales unos nombramientos decididos por Interior

El Tribunal Supremo ha archivado una querella de la Asociación Profesional Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el secretario de Estado de Interior Antonio Camacho, por supuestos delitos de prevaricación, nombramiento ilegal, falsedad en documento público y desobediencia.

Los querellantes imputaron al ministro y al secretario de Estado una "conducta dolosa de nombramiento ilegal" por la asignación a miembros de las Fuerzas Armadas de cuatro de las 15 plazas del nivel 27 ofertadas en marzo de 2007 en la Inspección de Personal...

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El Tribunal Supremo ha archivado una querella de la Asociación Profesional Unión de Oficiales de la Guardia Civil contra el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el secretario de Estado de Interior Antonio Camacho, por supuestos delitos de prevaricación, nombramiento ilegal, falsedad en documento público y desobediencia.

Los querellantes imputaron al ministro y al secretario de Estado una "conducta dolosa de nombramiento ilegal" por la asignación a miembros de las Fuerzas Armadas de cuatro de las 15 plazas del nivel 27 ofertadas en marzo de 2007 en la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad, pese a que en la Base IV de la Convocatoria se establecía que podían concursar a las mismas los funcionarios en activo del Cuerpo de Policía Nacional y de la Guardia Civil. Por lo cual, según los querellantes, no podían ser nombrados para las referidas plazas los cuatro militares que se reseñan en la querella.

El Supremo, de acuerdo con el Ministerio Fiscal, rechaza la admisión de la querella las resoluciones cuestionadas fueron debidamente publicadas, con mención expresa de los recursos que procedían contra ellas. Así fue posible que la asociación discrepante pudiera acudir a los Tribunales, de los que obtuvo una sentencia acorde con sus pretensiones. Por tanto, solo procedería, en su caso, deducir testimonio si existiera una actitud obstaculizadora en cuanto al cumplimiento de lo resuelto.

Además, el Supremo señala que la decisión del ministro sobre el nombramiento de cuatro integrantes de las Fuerzas Armadas se basó en que concurría otra convocatoria de plazas del año anterior que, al parecer, se hallaba sin resolver y que sí comprendía como posibles candidatos a los integrantes de las Fuerzas Armadas.

Por último el alto tribunal dispone la inadmisión de la querella por no ser los hechos constitutivos de delito.

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