La Audiencia de Madrid ordena investigar a Mesquida por posible prevaricación

El ex director de la Policía y de la Guardia civil pudo no respetar las normas de promoción interna de los cuerpos

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto en el que obliga a un Juzgado madrileño a admitir a trámite la querella interpuesta por el Sindicato Profesional de la Policía (SPP) contra el ex director general de la Policía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida, por posible prevaricación.

El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid rechazó el pasado mes de enero admitir a trámite la querella del SPP, en la que el sindicato policial acusaba a Mesquida de haber cometido un presunto delito de prevaricación por no respetar el reglamento relativo a la promoción interna en el Cuerpo Na...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto en el que obliga a un Juzgado madrileño a admitir a trámite la querella interpuesta por el Sindicato Profesional de la Policía (SPP) contra el ex director general de la Policía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida, por posible prevaricación.

El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid rechazó el pasado mes de enero admitir a trámite la querella del SPP, en la que el sindicato policial acusaba a Mesquida de haber cometido un presunto delito de prevaricación por no respetar el reglamento relativo a la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía.

En concreto, el SPP explica que Mesquida no respetó la jurisprudencia del Tribunal Supremo que declaró nula una resolución de la Dirección General de la Policía de abril de 1995 relativa a la promoción en el cuerpo, y consideró que se debía reconocer la preferencia de los candidatos procedentes de promoción interna sobre los de oposición libre.

Pese a ello, la Dirección General de la Policía volvió a convocar en abril de 2008 un concurso de méritos para el ascenso a la categoría de inspector, al que podían optar funcionarios de nuevo ingreso y los ascendidos por promoción interna, lo que -según argumenta la querella del SPP- es contrario a lo establecido por el Supremo.

El auto de la Audiencia Provincial de Madrid asegura que "la hipótesis de la parte querellante es asumible", por lo que estima el recurso del SPP y revoca la decisión del Juzgado de Instrucción número 47, al que ordena admitir a trámite la querella y practicar las diligencias de prueba solicitadas por los denunciantes.

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