Anulado el ascenso de una promoción de militares en el que intervinieron los padres de dos de ellos

El príncipe Felipe formó parte de ese grupo, pero la medida no le afecta

La Audiencia Nacional ha anulado el proceso de ascenso por antigüedad de una promoción de militares debido a la intervención en él de dos mandos del Ejército cuyos hijos formaban parte del grupo. A este grupo pertenecía el príncipe Felipe, pero la medida no le afecta porque tiene un régimen de ascenso propio y diferenciado por las exigencias que su alta representación demanda.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de ese tribunal ha estimado en parte el recurso presentado por 11 demandantes contra la resolución del ministro de Defensa, Federico Trillo, del 26 de noviembre de 2001, qu...

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La Audiencia Nacional ha anulado el proceso de ascenso por antigüedad de una promoción de militares debido a la intervención en él de dos mandos del Ejército cuyos hijos formaban parte del grupo. A este grupo pertenecía el príncipe Felipe, pero la medida no le afecta porque tiene un régimen de ascenso propio y diferenciado por las exigencias que su alta representación demanda.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de ese tribunal ha estimado en parte el recurso presentado por 11 demandantes contra la resolución del ministro de Defensa, Federico Trillo, del 26 de noviembre de 2001, que confirmaba la aprobación de la ordenación de la 41 promoción de la Academia General del Aire.

"Pudo influir" en el proceso

Entre los miembros de esa promoción se cuentan los hijos del por entonces jefe y segundo jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, que actuaron como presidente y secretario del Consejo Superior del Ejército del Aire durante el proceso de promoción. Los jóvenes ascendieron del puerto 53 al 20 y del puesto 44 al 19, respectivamente.

El tribunal considera que los dos mandos militares tenían motivos para abstenerse en el proceso de ascenso "al tener parentesco de primer grado de consanguinidad con personas interesadas en el proceso de reordenación", y creen que este hecho conlleva su invalidez, "ya que existen indicios suficientes para determinar que su actuación pudo influir en la mencionada reordenación".

Recurso desestimado

Por tanto, los jueces ordenan retrotraer las actuaciones para que se lleve a cabo una nueva reordenación de la promoción entera, aplicando para ella la normativa vigente en el momento de producirse la anterior, ahora invalidada. Explica el tribunal que, aunque la regulación de los Consejos Superiores del Ejército no recoge expresamente la incompatibilidad como motivo de invalidez, debe aplicarse lo previsto al respecto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El relato de los hechos que hace la sentencia considera probado que, tras convocarse el 138 concurso de capacitación para el desempeño de los cometidos de comandante, el Consejo Superior del Aire, cuyo presidente era entonces Juan Antonio Lombo López, ex jefe del Estado Mayor, y cuyo secretario era Juan Luis Ibarreta, segundo jefe, se reunió el 24 de noviembre de 2000 para analizar los criterios para fijar la reordenación de los componentes de la 41 promoción.

El Consejo celebró otras reuniones, a las que también asistieron ambos (a excepción de la mantenida el 5 de diciembre de 2000; entonces, Lombo arguyó que su hijo era miembro de la promoción), y a la postre aprobó el ascenso. La resolución del Consejo fue recurrida por 19 capitanes, pero el ministro de Defensa desestimó las alegaciones el 26 de noviembre de 2001.

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