ELECCIONES 25M

La Junta Electoral elude por tercera vez precisar si el 'No a la guerra' es propaganda electoral

El organismo ha reiterado la prohibición de "mensajes con connotaciones políticas" en favor o en contra de un partido en los colegios electorales y sus inmediaciones

La Junta Electoral Central (JEC) ha emitido su tercer dictamen en cuatro días sobre "la presencia en los colegios electorales o en sus inmediaciones de carteles o símbolos que, por sus connotaciones políticas, puedan ser constitutivos de propaganda electoral". El organismo ha vuelto a prohibirlos, como ya hizo el 19 de mayo, pero una vez más ha evitado explicar si considera que los carteles con el lema No a la guerra caen bajo esta consideración y deben, por tanto, evitados en "los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el derecho al sufragio".

El órgano de ...

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La Junta Electoral Central (JEC) ha emitido su tercer dictamen en cuatro días sobre "la presencia en los colegios electorales o en sus inmediaciones de carteles o símbolos que, por sus connotaciones políticas, puedan ser constitutivos de propaganda electoral". El organismo ha vuelto a prohibirlos, como ya hizo el 19 de mayo, pero una vez más ha evitado explicar si considera que los carteles con el lema No a la guerra caen bajo esta consideración y deben, por tanto, evitados en "los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el derecho al sufragio".

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El órgano de vigilancia electoral se ha reunido durante cinco horas para aclarar si estos carteles podían o no estar presentes en los colegios electorales y sus inmediaciones, una pregunta formulada por varios grupos políticos y por el diario EL PAÍS. Sin embargo, en la resolución final, firmada por el presidente del órgano, Enrique Cancer, no se especifica si el No a la guerra tiene o no "connotaciones políticas".

Dependerá del presidente de la mesa

La JEC ha delegado en los presidentes de las mesas electorales el trabajo de velar por que estos espacios estén limpios de propaganda política. Por lo demás, explica que los miembros de las mesas electorales, los interventores y los apoderados "sólo podrán ostentar emblemas o símbolos que permitan su identificación por aquellos electores que necesiten su asistencia", y les está prohibido usar "leyendas, símbolos, emblemas o lemas que, directa o indirectamente, puedan ser constitutivos de propaganda electoral".

Sin embargo, esta limitación no afecta a los votantes, que tan sólo deberán evitar llevar a cabo "actos que impliquen propaganda electoral a favor o en contra de alguna candidatura". Por tanto, los electores podrán llevar cualquier tipo de lema a los espacios electorales, siempre y cuando no soliciten en él el voto para ninguna formación.

El acuerdo de hoy ratifica explícitamente las decisiones tomadas el día 19, así como la aclaración realizada ayer por Cancer, que consistió únicamente en explicar que está prohibido "realizar propaganda electoral de ningún género" pero sin precisar qué tipo de propaganda está prohibida.

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