La batalla de las propinas: empresarios contra empleados

El aumento del pago con tarjeta genera fricciones en bares y restaurantes sobre el destino de la gratificación

La política de la empresa puede determinar la naturaleza del concepto propina.Ladanifer (GETTY IMAGES)

La previsión del sector turístico calcula que 54,7 millones de extranjeros visitarán España este verano. Esta avalancha supondrá una inyección de miles de millones para la economía española. Las proyecciones del Gobierno apuntan a un verano récord de viajeros internacionales, y con este pronóstico, es previsible que la campana de las propinas suene con fuerza en muchos bares y restaurantes del país. En especial en aquellos que reci...

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La previsión del sector turístico calcula que 54,7 millones de extranjeros visitarán España este verano. Esta avalancha supondrá una inyección de miles de millones para la economía española. Las proyecciones del Gobierno apuntan a un verano récord de viajeros internacionales, y con este pronóstico, es previsible que la campana de las propinas suene con fuerza en muchos bares y restaurantes del país. En especial en aquellos que reciban clientela de lugares como Estados Unidos y México, donde la norma no escrita dice que hay que dejar un extra de entre el 10% y el 25% de la cuenta.

En este contexto, los abogados laboralistas lanzan una advertencia: la gestión de estas cantidades puede ser un nicho de problemas. El aumento de los pagos con tarjeta, lo que engloba las gratificaciones para la plantilla, habría avivado los roces entre empleados y empresarios por cómo se reparte este dinero. “El auge del pago telemático ha aumentado el número de conflictos relativos al reparto de la propina, sobre todo en la pequeña hostelería. De hecho, muchos trabajadores dan por perdida aquella propina que no se paga en efectivo”, asegura Carlos Manrique de Torres, abogado laboralista con experiencia en conflictos en el sector hostelero.

El de las propinas es un terreno pantanoso, pues toca dos variables siempre sensibles, dinero y trabajo, y además es una cuestión llena de grises, porque en España no hay una ley que las regule. Y ello hace que afloren las dudas. ¿Puede el empresario quedarse una parte de este fondo? ¿Existe la obligación de repartirlas? ¿Son o no son salario? A falta de regulación, muchas de estas preguntas las responden los reglamentos internos de los negocios. “La política de la empresa puede determinar la naturaleza del concepto propina y regular su sistema de generación, reparto y liquidación”, subraya Silvia Palacios, abogada responsable de área laboral de la firma Selier Abogados.

Ahora bien, que la empresa pueda aplicar unas directrices no significa que los empresarios tengan el control total de este dinero. Los tribunales han dibujado varias líneas rojas. Por ejemplo, en una relevante sentencia de 2021, el Tribunal Supremo dejó claro que los jefes no pueden prohibir que los empleados acepten el dinero de los clientes, si bien este no debe considerarse salario.

Directrices

Citando al Supremo, el empresario debe “limitarse a pagar con una mano lo que previamente ha percibido del cliente con la otra como muestra de satisfacción de los servicios recibidos”. Es decir, su papel es de mero facilitador. Lo contrario puede dar pie a que estas aportaciones dinerarias sean consideradas salario, lo cual no es baladí, pues de ello dependen variables importantes, como el deber de cotización, o si este dinero debe tomarse en cuenta para el cálculo de una indemnización por despido.

“Si la propina la abona el cliente al establecimiento y es el empresario quien la gestiona y decide su reparto, entonces estamos ante una transacción económica en el marco de la relación laboral y, por tanto, ante un concepto salarial”, explica Palacios. En ello coincide María Royo, abogada laboralista de Maroy Legal, que recuerda la importancia de que el jefe no tome partido: “La propina debe ser destinada única y exclusivamente al personal que sea parte de la cadena de servicios y el empresario no se la puede quedar. Si la empresa entrase a regularlas, las propinas se convertirían en salario”.

Pero la opacidad en la gestión de estas gratificaciones abre la puerta a los abusos. Utilizar las propinas para recortar salario y evitar cotizar a la Seguridad Social, como una suerte de nómina en B, es un ejemplo. Sin ir más lejos, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en enero de este año, dio la razón a una ayudante de camarero que todas las semanas cobraba entre 150 y 250 euros desde la cuenta personal de su jefe en concepto de propina. Ante la periodicidad del ingreso y su elevada cuantía —sobre todo en comparación con lo que se cobraba en nómina, que no llegaba a los 3,5 euros la hora—, los magistrados concluyeron que este concepto era en realidad un salario disfrazado.

Fuentes sindicales corroboran que las peloteras por el bote no son extrañas. Un problema común, señalan expertos de UGT, es el reparto de las propinas entre empleados que no se ponen de acuerdo (los de cocina pueden verse apartados respecto a los de sala, por ejemplo); o “que el dueño del local utilice el bote para cuadrar un error de caja”. “El reparto es lo que más conflicto genera”, coincide el abogado Carlos Manrique de Torres. Y enumera casos que conoce de primera mano: “Que los dueños de la empresa entren en la división sin haber participado en el servicio; o que se asuma con el bote el pago de pérdidas de material o cuentas de clientes que abandonan el local sin pagar”. Acciones que rebosarían la legalidad.

Cuestión peliaguda es si el camarero puede negarse a repartir una gratificación. Sobre el asunto, el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco entró en la cuestión en 2017 y negó esta posibilidad. Los magistrados entendieron que la gratificación del cliente está dirigida hacia el conjunto de los empleados, no a una persona. Por tanto, no se puede excluir del reparto a los cocineros o a los limpiadores, por ejemplo. Una sencilla norma del derecho civil, mencionada en el fallo, pone blanco sobre negro en el asunto, y dicta que, cuando una donación se realiza a un conjunto de personas, debe entenderse que todos reciben la misma porción de pastel.

Programas de gestión de pagos

El auge de los pagos con tarjeta bancaria que ha habido en los últimos años en España plantea un importante dilema: cómo distinguir lo que es precio —es decir, lo cobra el empresario— de lo que es propina —que va al bolsillo del dueño, pero que en realidad es de los trabajadores—. María Royo, letrada laboralista de Maroy Legal, reconoce que, en estos casos de pagos con tarjeta, los empleados tienen pocos medios para controlar el flujo de propina. Y es fácil “que surjan irregularidades”. Su recomendación para evitar problemas es dejar claro en el tique el desglose de los conceptos “como se hace en Estados Unidos, para facilitar su trazabilidad y contabilidad”. Hay programas de gestión de pagos que permiten a los camareros distinguir en el TPV entre un concepto y otro.

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