Bruselas plantea usar antes el dinero de los fondos de garantía de depósitos en las crisis bancarias
La Comisión mejora la protección de los depósitos de más de 100.000 euros en caso de quiebra
La Comisión Europea ya ha desvelado su propuesta de reforma de los mecanismos para actuar ante las crisis bancarias. Su propuesta pasa por dar más papel a los fondos de garantía de depósitos cuando haya que rescatar o liquidar a alguna entidad en problemas, ya que estas podrán recurrir a los recursos de estos seguros antes de lo que pueden hacerlo ahora. Bruselas apunta, además, que la cobertura de los depósitos que estén encima d...
La Comisión Europea ya ha desvelado su propuesta de reforma de los mecanismos para actuar ante las crisis bancarias. Su propuesta pasa por dar más papel a los fondos de garantía de depósitos cuando haya que rescatar o liquidar a alguna entidad en problemas, ya que estas podrán recurrir a los recursos de estos seguros antes de lo que pueden hacerlo ahora. Bruselas apunta, además, que la cobertura de los depósitos que estén encima de los 100.000 se mejora en los casos de resolución, porque se “facilitará la transferencia de todos de los depósitos a un competidor con el apoyo de los sistemas de garantía de depósitos, preservando así el acceso de los depositantes a sus cuentas bancarias”, según explica uno de los comunicados publicados por el Ejecutivo comunitario tras aprobar su propuesta, adelantada por EL PAÍS. Hasta que esta se convierta en una norma en vigor, el texto debe pasar el filtro del Parlamento Europeo y, sobre todo, de los Estados. “No esperamos un camino fácil”, ha admitido el vicepresidente Valdis Dombrovskis, una opinión que comparten en alguna delegación nacional.
Bruselas no quiere dar la impresión de que la nueva norma llega por las recientes crisis de bancos en Estados Unidos y Suiza. Y lo cierto es que la Comisión llevaba meses trabajando en la reforma de la regulación para afrontar las crisis bancarias después de que en junio del año pasado se certificara que no hay posibilidad de que la Unión Bancaria se complete con la creación de un fondo comunitario de garantía de depósitos. Fue el pacto de mínimos al que llegaron los Estados al llegar, otra vez (lo habían intentado más veces), a ese callejón sin salida. Pero también es verdad que esta propuesta se había encallado y que no veía luz. De hecho, estaba prevista su presentación el pasado 8 de marzo y solo se ha lanzado después de las quiebras de Silicon Valey Bank y de Credit Suisse.
“Las recientes quiebras de algunos bancos estadounidenses y suizos, y la tensión resultante en el sector bancario internacional son solo un recordatorio de por qué necesitamos un sistema sólido y funcional para tratar con todos los bancos, independientemente del tamaño, cuando se meten en problemas: también cuando se trata de bancos pequeños y medianos”, ha apuntado Dombrovskis durante la presentación.
El objetivo explicitado de la reforma, como señala el letón, es aclarar cómo actuar cuando las entidades que tienen menos de 30.000 millones en activos y concentran su actividad en un solo país entran en crisis y se ven abocadas a la resolución o la liquidación. Con las normas actuales, esos bancos pequeños y medianos tenían muy difícil acceder a los mecanismos con los que cuenta la zona euro, la Junta Única de Resolución y el Mecanismo Único de Resolución. Se les exige que tengan un 8% de su pasivo para responder a las pérdidas, ya sea con sus propias acciones y deuda convertible o subordinada. Lanzar emisiones de este tipo de deuda es más difícil para estas entidades y, por tanto, tienen más problemas para cumplir con el requisito que le da acceso a los mecanismos de resolución.
Para facilitar el cumplimiento de este requisito a estas entidades, Bruselas plantea que se pueda recurrir antes a los Fondos de Garantía de Depósitos de cada país y así acceder a la resolución. También se plantea en los casos de liquidación. La diferencia con la legislación actual entre una vía y otra es que la primera da acceso a los mecanismos de comunitarios y permite que la entidad a resolver sea intervenida por la JUR que resuelva sus pérdidas, le dé acceso a la liquidez del MUR y, posteriormente, sea vendida. Esto fue lo que pasó con el Banco Popular en España. En el caso de que se decida que la entidad pasa a liquidación, entonces entran en juego las normas nacionales de cada estado. Esto último es lo que pasó con Banca Veneto y Banca Popolare di Vicenza y dio pie a que el Estado italiano las rescatara con dinero público.
Estas actuaciones italianas explican que en sus comunicados de este martes la Comisión Europea haga énfasis en que la reforma propuesta protege mejor a los depositantes y a los contribuyentes. “Esta es la forma más eficiente de manejar las quiebras bancarias para nuestra economía, los contribuyentes y, en última instancia, la estabilidad financiera”, ha apuntado la comisaria de Servicios Financieros, Mairead McGuinness, que ha insistido en que los depositantes también se van a beneficiar, ya que es “más probable” que conserven el acceso ininterrumpido a sus cuentas.
Permitir que se utilice antes el dinero de los fondos de depósitos en las quiebras bancarias abre la puerta a la duda de que se incremente el llamado “riesgo moral” en la gestión bancaria. Consciente de eso, la Comisión apunta: “La capacidad interna de absorción de pérdidas de un banco debe seguir siendo la principal herramienta para financiar la gestión de la quiebra. Pero cuando el uso de sistemas de garantía de depósitos en una situación de resolución sea necesario y esté justificado, estará sujeto a salvaguardias. Este uso no es automático, ya que las autoridades de resolución solo podrán recurrir a ellos en el caso de bancos destinados a la resolución y en determinadas condiciones: [la primera] en caso de que lleguen a la conclusión de que rescatar a los depositantes (para alcanzar el 8%) conduciría a la inestabilidad financiera; [la segunda] cuando la estrategia de resolución lleve al banco en quiebra a salir del mercado; y [la tercera] su importe estará limitado para proteger los fondos del sistema de garantía de depósitos”.
En lo que respecta a los obstáculos que se va a encontrar la norma en su tramitación, está, principalmente, la posición que vayan a mantener Francia y Alemania. Es muy probable que la primera no vea con buenos ojos la propuesta legislativa de la Comisión porque su sistema financiero descansa sobre grandes entidades. Si se facilita el acceso a los seguros de depósitos y los mecanismos comunitarios de resolución a entidades medianas y pequeñas, los recursos de estas herramientas pueden menguan y deben ser repuestos, sobre todo, por las grandes, ya que ambos se financian con las contribuciones del sector financiero. En el caso alemán, las reticencias pueden llegar por el gran peso que tiene en su banca las cajas de ahorro locales y regionales (Sparkasse) y la banca regional, lo que tradicionalmente ha provocado el rechazo germano a cualquier regulación que pueda suponer un cambio en esto.
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