La Inspección considera que Ryanair vulneró el derecho a huelga de sus trabajadores
El informe de Trabajo indica que la empresa sustituyó indebidamente a empleados que secundaron el paro que empezó en verano
La Inspección de Trabajo ha determinado que la aerolínea irlandesa de bajo coste Ryanair vulneró el derecho de huelga de sus tripulantes de cabina (TCP) en España durante las movilizaciones convocadas por los sindicatos USO y Sitcpla el pasado verano. En su informe elaborado tras las denuncias interpuestas por USO por la vulneración de derechos por parte de Ryanair durante dichas movilizaciones, Inspección de Trabajo asegura que, entre...
La Inspección de Trabajo ha determinado que la aerolínea irlandesa de bajo coste Ryanair vulneró el derecho de huelga de sus tripulantes de cabina (TCP) en España durante las movilizaciones convocadas por los sindicatos USO y Sitcpla el pasado verano. En su informe elaborado tras las denuncias interpuestas por USO por la vulneración de derechos por parte de Ryanair durante dichas movilizaciones, Inspección de Trabajo asegura que, entre otras infracciones, la compañía ha sustituido a trabajadores en huelga por otros no vinculados a los centros de trabajo.
El sindicato ha indicado este miércoles, en un comunicado, que confía en que, tras el informe de la Inspección de Trabajo, los casi 40 despidos de tripulantes llevados a cabo por Ryanair por secundar la huelga se conviertan en nulos. La Inspección de Trabajo ha confirmado también la falta de información por parte de la aerolínea sobre los vuelos programados como servicios mínimos en las primeras jornadas de huelga, así como el abuso por parte de Ryanair en la designación de guardias a un número de trabajadores mayor que el habitual. A ello se suma el refuerzo de tripulaciones con personas traídas de otros estados miembros de la UE y de terceros países para operar vuelos no protegidos por los servicios mínimos, o la modificación de los mismos a los TCP inicialmente asignados por otros distintos, sin la debida antelación, información o en tiempo de descanso.
Asimismo, considera que la interpretación realizada por la compañía de la resolución del Ministerio de Transportes sobre servicios mínimos ha anulado, en distintos aeropuertos, la posibilidad de los trabajadores de secundar la huelga, al estar todos asignados a servicios mínimos.
Inspección de Trabajo ha extendido varias actas de infracción grave y una muy grave contra Ryanair por vulneración de derechos fundamentales en los aeropuertos de Madrid, Barcelona, Málaga, Alicante, Gerona y Baleares, proponiendo la imposición de sanciones en su grado máximo. Por ejemplo, en el aeropuerto de Barcelona-El Prat, donde se apunta a una infracción muy grave, los inspectores, tras realizar dos visitas, han acreditado que la empresa ha sustituido a tripulantes de cabina adscritos a esta base que estaban ejerciendo su derecho de huelga por otros, no vinculados a la misma, de acuerdo con el informe del Ministerio de Trabajo. Además, la compañía asignó una primera frecuencia de vuelo no protegido y una segunda como protegido, lo que desincentivaría a los trabajadores a ejercer su derecho de huelga, pues en todo caso tendrían que operar el día de la convocatoria.
Los inspectores concluyen que se ha producido vulneración del derecho de huelga mediante “esquirolaje externo”, ya que, al no existir personal de cabina disponible para dos vuelos (los días 1 y 15 de julio) debido a la huelga, la empresa “no estaba amparada legalmente para cambiar la planificación previa de asignaciones para cubrirlos con personal de otras bases”. Las cuantías de estas sanciones oscilan entre los 3.751 euros y los 7.500 en el caso de las graves, y de los 120.006 a los 225.018 euros, en el de las muy graves, ha informado USO, que recuerda que aún quedan por concluir las inspecciones realizadas en las bases de A Coruña, Sevilla y Valencia.