Los fijos-discontinuos recibirán 463 euros si se quedan en paro a partir de los 52 años

Trabajo calcula que 18.000 personas se beneficiarán cada mes y hasta que se jubilen de un subsidio al que sí podían optar el resto de desempleados

Una mujer a las puertas de una oficina del SEPE de Madrid, el pasado 2 de septiembre.Alejandro Martínez (Europa Press)

El Consejo de Ministros ha acordado este martes que los trabajadores mayores de 52 años que se encuentren sin empleo tras haber firmado un contrato de carácter fijo-discontinuo puedan recibir un subsidio de 463 euros al mes hasta que se jubilen. Por el momento, esta ayuda solo estaba disponible para los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad ...

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El Consejo de Ministros ha acordado este martes que los trabajadores mayores de 52 años que se encuentren sin empleo tras haber firmado un contrato de carácter fijo-discontinuo puedan recibir un subsidio de 463 euros al mes hasta que se jubilen. Por el momento, esta ayuda solo estaba disponible para los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social, y con el cambio, según reconocen fuentes del Ministerio de Trabajo, el departamento que ha impulsado esta medida, se beneficiarán especialmente aquellos que tengan periodos de actividad inferiores a seis meses, y que cuantifican en cerca de 18.000 personas al mes.

En el momento en el que un trabajador pierde su empleo puede acceder a distintos subsidios con los que mitigar la ausencia de una renta. Sin embargo, estas ayudas son diferentes en función de las características particulares del demandante (edad, cargas familiares...) y, hasta este martes, también del tipo de contrato que hubiera firmado anteriormente. Estas ayudas, aunque cuentan con la misma cuantía, 463 euros mensuales, sin embargo, no deferían en los requisitos para acceder a ellas, pero sí en su duración.

De entre todas las disponibles, dos eran las más demandadas por los trabajadores de más de 45 y más de 52 años, que son quienes más dificultades encuentran para regresar al mercado laboral. Los primeros, siempre y cuando no tuvieran cargas familiares (cónyuge, hijos o familiares a su cargo), debían estar inscritos como demandantes de empleo durante como mínimo un mes desde que agotaron la prestación de desempleo (que se percibe durante un máximo de dos años). Junto con este primer requisito, además, no podían rechazar una oferta de colocación que se adaptase a su perfil laboral, y debían comprometerse con la búsqueda activa de empleo, y la participación en sesiones de orientación, formación, reconversión o inserción profesional. Otra particularidad de esta ayuda es que solo podía percibirse durante un máximo de seis meses.

Para aquellos parados mayores de 52 años, y que cumplieran con los requerimientos, la ayuda económica sería la misma, con la diferencia de que esta podría percibirse hasta alcanzar la edad ordinaria que da derecho a la pensión de jubilación (66 años y dos meses para quienes no acrediten 37 años y seis meses cotizados; 65 para los demás).

Fuentes de Trabajo señalan que “este colectivo pasará a percibir los subsidios por desempleo como el resto de las personas trabajadoras”, y que “se mejorará la protección de aquellas que pudieran verse afectadas por la corta duración de las ayudas por haber tenido un menor periodo de actividad en el año anterior”.

Contrato reforzado

La revalorización de la figura del contrato fijo-discontinuo, que es un tipo de relación laboral indefinida, pero que se desarrolla de forma intermitente en el tiempo, ha sido una de las claves de la reforma laboral acordada entre Gobierno y sindicatos, y que tiene como objetivo primario corregir la elevada temporalidad que presenta el mercado español (25%). Dentro del nuevo marco normativo, esta deberá ser la fórmula empleada para todas aquellas contrataciones que tengan carácter estacional (campañas agrícolas, refuerzos en temporada de verano...). Es por ello que los trabajadores bajo este contrato, si bien no tendrán garantizado un trabajo durante todo el año, sí que deberán ser avisados por el empleador cuando se requiera de sus servicios, lo que garantiza cierta estabilidad.

Debido a su alta incidencia en sectores como el agrícola, esta variación fue duramente criticada por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), y por la patronal de las pymes, Cepyme, a pesar de que terminaron secundado la aprobación del nuevo reglamento laboral.

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