Los agricultores afectados por la ola frío tendrán indemnizaciones y reducciones fiscales

El Gobierno aprueba un paquete de medidas urgentes

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha anunciado hoy al término del Consejo de Ministros que el Ejecutivo ha puesto en marcha medidas fiscales y sociales para compensar los daños provocados por la ola de frío en la agricultura.

El Gobierno ha aprobado un real decreto que contiene indemnizaciones, beneficios y reducciones fiscales, medidas laborales y de la seguridad social, y lineas de crédito, concretó. "Las pérdidas en determinados cultivos son cuantiosas", ha argumentado.

La ministra de Agricultura, Elena Espinosa, ha explicado que las me...

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La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha anunciado hoy al término del Consejo de Ministros que el Ejecutivo ha puesto en marcha medidas fiscales y sociales para compensar los daños provocados por la ola de frío en la agricultura.

El Gobierno ha aprobado un real decreto que contiene indemnizaciones, beneficios y reducciones fiscales, medidas laborales y de la seguridad social, y lineas de crédito, concretó. "Las pérdidas en determinados cultivos son cuantiosas", ha argumentado.

La ministra de Agricultura, Elena Espinosa, ha explicado que las medidas se han tomado "con la mayor rapidez posible" y se han consensuado con las comunidades autónomas afectadas. El objetivo es que "se recupere con la máxima rapidez la actividad".

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Las medidas no han satisfecho a las organizaciones agrarias. De hecho, la Coordinadora de Agricultores y Ganaderos las considera un "fraude", ya que no sirven para compensar los daños sufridos en sus cosechas. Menos dura ha sido la Unión de Pequeños Agricultores, que ha defendido que las ayudas ofrecidas por el Gobierno son, en principio, "positivas", pero al tiempo "insuficientes", puesto que no van cubrir la cuantía total de la catástrofe.

Aprobación del Parlamento

Las medidas, que deberán ser convalidadas por el Parlamento, consisten en la indemnización de daños en producciones agrícolas a través de los seguros agrarios; beneficios y reducciones fiscales para las actividades agrarias; medidas laborales y de Seguridad Social, y líneas preferentes de crédito por importe de 15 millones de euros.

Para beneficiarse de las medidas, los agricultores deben haber perdido al menos un 20% de la producción normal en zonas desfavorecidas y un 30% en las demás zonas, de conformidad con los criterios establecidos al respecto por la Unión Europea.

Estas son algunas de las medidas aprobadas:

· Indemnizaciones y beneficios
Se indemnizarán los daños por las heladas en las explotaciones agrícolas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido en sus producciones pérdidas no cubiertas por las líneas de seguros agrarios.

Otra medida es la exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2005 para explotaciones en el ámbito geográfico la aplicación de la norma. Esta exención comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre ellos.

Los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales serán compensados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por la disminución de ingresos en tributos locales que les produzca la exención anterior. Asimismo, Economía y Hacienda podrá autorizar con carácter excepcional la reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere la Orden que desarrolla para 2005 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

· Medidas laborales
Los expedientes de regulación de empleo que tengan su causa en los daños producidos por las heladas tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor, con las consecuencias que se derivan del Estatuto de los Trabajadores.

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas a la seguridad social mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho periodo como efectivamente cotizado por el trabajador. En los casos en que se produzca extinción del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial, con los límites legalmente establecidos.

Por otra parte, las empresas y los trabajadores por cuenta propia, incluidos en cualquier régimen de la seguridad social, podrán solicitar y obtener, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la seguridad social correspondiente a los meses de febrero, marzo y abril.

· Créditos ICO
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) instrumentará una línea de préstamos por importe de 15 millones de euros que podrá ser ampliada por Economía y Hacienda en función de la evaluación de los daños y de la demanda, con la mediación de las entidades financieras con implantación en las autonomías afectadas, a través de convenios.

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