La peor película de las televisiones

El Tribunal de Luxemburgo avala la ley española que obliga a los operadores a invertir el 5% de sus ingresos en cine europeo - Los directivos de las cadenas, indignados

El cine seguirá contando con el balón de oxígeno de las televisiones. El Tribunal de Luxemburgo avaló ayer la ley que obliga a las cadenas españolas a invertir el 5% de sus ingresos anuales en películas europeas. De ese porcentaje, el 60% debe destinarse a obras cuya lengua original sea cualquiera de las oficiales del Estado. Gracias a esta ley, en vigor desde 1999, las televisiones han invertido más de 1.100 millones de euros y son ya una potente fuente de financiación de la industria cinematográfica.

La ley no afecta a todas las televisiones. Sólo tienen que cumplirla aquellas que emi...

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El cine seguirá contando con el balón de oxígeno de las televisiones. El Tribunal de Luxemburgo avaló ayer la ley que obliga a las cadenas españolas a invertir el 5% de sus ingresos anuales en películas europeas. De ese porcentaje, el 60% debe destinarse a obras cuya lengua original sea cualquiera de las oficiales del Estado. Gracias a esta ley, en vigor desde 1999, las televisiones han invertido más de 1.100 millones de euros y son ya una potente fuente de financiación de la industria cinematográfica.

La ley no afecta a todas las televisiones. Sólo tienen que cumplirla aquellas que emitan películas con fecha de producción inferior a siete años. En 2007 (el último año contabilizado por el Ministerio de Industria) cumplieron este requisito TVE, Telecinco, Antena 3, Sogecable, Disney Channel y Axn. En total, aportaron al cine más de 153 millones de euros, de los cuales 124 sufragaron obras en lengua española. Algunas cadenas invirtieron incluso más de lo que les correspondía. Según los cálculos de Industria, el 5% de los ingresos de ese año equivalía a 145 millones. En ese ejercicio se beneficiaron 148 películas, a una media de 780.000 euros.

La UE defiende las inversiones por una "razón imperiosa" de interés general

La industria podrá seguir contando con estos recursos. La resolución del Tribunal de Justicia de la UE deja claro que un Estado miembro puede obligar a las televisiones a destinar una parte de sus ingresos a la financiación de películas cinematográficas o televisivas europeas. E incluso puede fijar "por una razón imperiosa" de "interés público" que un porcentaje se destine a la producción de obras en cualquiera de las lenguas oficiales de ese Estado.

Ante esta resolución, la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (Fapae) expresó una "profunda satisfacción". Su presidente, Pedro Pérez, hizo un llamamiento a las televisiones para alcanzar acuerdos "voluntarios" sobre "cómo invertir para que el cine español sea lo mejor posible". Y avanzó que ya ha abierto conversaciones con Telecinco, Antena 3 y Sogecable.

Las cadenas privadas, integradas en la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca), representan la otra cara de la moneda. Insisten en que la financiación obligatoria es "injusta" y "sólo ha servido para que muchos se llenen los bolsillos y el cine español sea cada vez menos competitivo".

Pese a las infatigables protestas, las cadenas han cumplido con lo que exige la ley. Lo han hecho a regañadientes y con los tribunales de por medio. En 2004, Telecinco y la Uteca recurrieron al Supremo por entender que la ley que vulneraba distintas disposiciones comunitarias. El Supremo remitió el asunto Tribunal de Luxemburgo para solventar varias dudas. La primera era saber si la directiva sobre radiodifusión televisiva permite obligar a los operadores a invertir un porcentaje de sus ingresos en películas europeas. En segundo lugar, preguntaba sobre la reserva de un 60% para obras en lengua originaria española. Y en tercero, planteaba si esta financiación se puede entender como una ayuda del Estado a la industria del cine.

Ahora, los jueces europeos son contundentes al asegurar que los Estados están facultados para "prever normas más estrictas o detalladas" que las contenidas en la directiva. Tras especificar que tal competencia se debe ejercer respetando las libertades fundamentales, añade que la medida constituye una restricción a la libre prestación de servicios, circulación de capitales y de trabajadores y a la liberad de establecimiento. Pero, considera que tal restricción puede estar justificada por una cuestión de interés general. Y en este caso concreto, precisa que los motivos culturales de defensa del multilingüismo español son "una razón imperiosa de interés general".

Alejandro Amenábar y la actriz Rachel Weisz, en el rodaje de Ágora, financiada parcialmente por Telecinco.TERESA ISASI
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