El 'violador del ascensor' estará en la cárcel hasta 2022

La Audiencia de Burgos aplica a Gallego la 'doctrina Parot'

La Audiencia Provincial de Burgos ha denegado la puesta en libertad a Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, que seguirá en prisión hasta 2022 ya que se le ha aplicado la doctrina Parot. De no adoptarse este precedente -establecido en la resolución del Tribunal Supremo para el caso del etarra Henri Parot-, Gallego quedaría en libertad el próximo 18 de diciembre, 15 años después de su ingreso en la cárcel, a pesar de que fue condenado a más de 270 años.

Al aplicarse la doctrina Parot, los, los casi 300 años de cárcel que suma el ...

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La Audiencia Provincial de Burgos ha denegado la puesta en libertad a Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, que seguirá en prisión hasta 2022 ya que se le ha aplicado la doctrina Parot. De no adoptarse este precedente -establecido en la resolución del Tribunal Supremo para el caso del etarra Henri Parot-, Gallego quedaría en libertad el próximo 18 de diciembre, 15 años después de su ingreso en la cárcel, a pesar de que fue condenado a más de 270 años.

Al aplicarse la doctrina Parot, los, los casi 300 años de cárcel que suma el violador del ascensor no deben tomarse como una condena única (de 30 años, que es el máximo), sino como una sucesión de condenas, cada una con sus correspondientes beneficios penitenciarios. De esta manera, la pena no se extinguirá este año sino en 2022.

El abogado de Pedro Luis Gallego presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que en última instancia determinará si el reo, condenado por violación y asesinato, continúa en prisión hasta 2022. El presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, Miguel Carreras ha adelantado que el recurso será aceptado "automáticamente", como se había previsto en el auto.

Además, el recurso podría suponer una vía para unificar doctrina, al haber sentencias en distinto sentido sobre la aplicación de la doctrina Parot. Mientras la decisión de la audiencia burgalesa ha sido favorable a su aplicación, otras instancias judiciales, como las audiencias de Madrid o Barcelona, no la han seguido hasta ahora en casos similares.

Carreras ha explicado que el auto conocido ayer se ha dictado con el apoyo unánime de los tres magistrados de la Audiencia de Burgos. Su función ha consistido en revisar el asunto porque no se trata de aplicar una pena distinta, sino de establecer el sistema de ejecución de la condena.

La decisión sobre la puesta en libertad de Pedro Luis Gallego ha sido adoptada por la Audiencia de Burgos porque fue la última instancia judicial por la que fue condenado, en este caso por el asesinato en 1993 de la joven Marta Obregón. Antes había sido juzgado y condenado por la Audiencia Provincial de Valladolid por 18 delitos de violación y el asesinato en 1992 de Leticia Lebrato.

El proceso para la liberación del violador del ascensor comenzó a mediados del pasado agosto, cuando la Dirección General de Instituciones Penitenciarias remitió a la prisión de A Teixeiro (A Coruña), donde cumple condena Gallego, la propuesta de "licenciamiento" o puesta en libertad al aplicar las redenciones de condena. La Fiscalía interpuso un escrito en el que pidió que se aplicara la doctrina Parot al tratarse de un delincuente peligroso, una tesis que ha aceptado la audiencia burgalesa.

Pedro Luis Gallego, en 1994.EFE

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