Reportaje:

Trabajadores en pie de guerra

Las firmas españolas en EE UU deben protegerse ante demandas laborales

Tatuajes por todo el cuerpo. Así expresan su fe los seguidores de una ancestral religión egipcia llamada Kemetic. Un miembro de esta confesión trabajaba para la cadena estadounidense de alimentación Gourmet Burguer hasta que fue despedido. El código de conducta de la empresa impedía la exhibición de tatuajes. El empleado puso una demanda por discriminación religiosa. La compañía, tras significativos gastos de defensa, resolvió la reclamación previo pago de 150.000 dólares.

Esta cantidad es peccata minuta si se compara con los 40 millones que puso sobre la mesa Abercrombie & Fitch...

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Tatuajes por todo el cuerpo. Así expresan su fe los seguidores de una ancestral religión egipcia llamada Kemetic. Un miembro de esta confesión trabajaba para la cadena estadounidense de alimentación Gourmet Burguer hasta que fue despedido. El código de conducta de la empresa impedía la exhibición de tatuajes. El empleado puso una demanda por discriminación religiosa. La compañía, tras significativos gastos de defensa, resolvió la reclamación previo pago de 150.000 dólares.

Esta cantidad es peccata minuta si se compara con los 40 millones que puso sobre la mesa Abercrombie & Fitch. Nueve afroamericanos demandaron de forma colectiva (class action) a la compañía por racismo. Alegaban que sólo seleccionaba a blancos para el departamento de ventas.

El 49% de las empresas ha tenido litigios con sus empleados

Se trata sólo de dos ejemplos entre las más de 75.000 reclamaciones de responsabilidad laboral por prácticas indebidas que se presentan cada año en EE UU. El 49% de las empresas con negocios en EE UU han sido demandadas por sus trabajadores.

Hace una década, la relación de los empresarios españoles con estos casos era anecdótica. Quizás alguna tarde de domingo en una sala de cine viendo alguna película made in Hollywood en las que David gana a Goliat. Sin embargo, el proceso de internacionalización del tejido empresarial hace que estas situaciones laborales no resulten ya nada lejanas.

En los últimos años, muchas compañías españolas se han asentado en EE UU. El caso de Abertis, que ha ganado un megacontrato para gestionar una autopista en Pensilvania, es el penúltimo ejemplo. Por eso los expertos aconsejan a los empresarios preparar a sus departamentos de recursos humanos y contratar los servicios de profesionales para moverse en un mercado laboral cuyos usos, costumbres y leyes son muy diferentes del nuestro.

"Los empresarios no saben a lo que se enfrentan. Van a EE UU con la mentalidad europea de que todo está legislado y no es así. Allí la ley es sólo un mínimo", advierte Íñigo Sagardoy de Simón, abogado del despacho Sagardoy. "El problema es que las indemnizaciones laborales no están tasadas, no tienen un límite. Por lo tanto, hay mucha incertidumbre", añade este experto.

La creciente presencia de empresas españolas hace que algunas aseguradoras empiecen a ofrecer productos específicos. Es el caso de AIG. Su póliza Business Guard Labour ofrece cobertura y asistencia a las empresas en la prevención, gestión y asunción de responsabilidades en situaciones de crisis laboral en EE UU. Para una compañía con 2.500 empleados en este país, una prima de 250.000 euros cubriría indemnizaciones de hasta 15 millones.

"De acuerdo con la legislación estadounidense, se invierte la carga de la prueba. Es el empresario el que tiene que demostrar que no ha existido una mala conducta", señala José Martínez, director de siniestros de AIG.

¿Cómo es el entorno en el que se desarrollan las relaciones laborales entre empresa y trabajador? En EE UU existe un gran predominio de la modalidad denominada employment at will, conforme a la cual las relaciones de trabajo se formalizan en muchos casos de forma verbal y se puede cesar la relación en cualquier momento. "En consecuencia, existe una gran protección para el trabajador en relación con posibles reclamaciones por responsabilidad del empresario", señala Javier Ybarra, diseñador de productos financieros de AIG.

Igualmente, es habitual que las empresas tengan que hacer frente a procedimientos iniciados por trabajadores o candidatos de empleo que reclaman indemnizaciones económicas cuantiosas por muy diversas causas. La Comisión de Igualdad de Oportunidad en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) es quien estudia las reclamaciones. Las más frecuentes son por represalias y discriminaciones por diferentes motivos: raza, género, edad, minusvalías, origen y religión. "Todo ello azuzado además por el hecho de que muchos abogados ofrecen a los empleados asesoramiento gratis. Sólo cobran si hay condena", apunta Ybarra.

Todo el sistema se complica aún más por el hecho de que en EE UU existen 42 jurisdicciones estatales, que no siempre abordan esta materia con similar sensibilidad. Con la estadística en la mano, hay más riesgo de recibir una reclamación por una cuantía muy elevada en California, Texas, Nueva York, Nueva Jersey, Florida y Puerto Rico. "La contratación de una póliza hay que complementarla con un trabajo intenso en el departamento de recursos humanos para elaborar documentos internos de políticas de actuación", señala Ana Meca, de la correduría de seguros Marsh. Y es que las empresas que se implanten en EE UU deben tener cuidado hasta con la forma en la que realizan las entrevistas de trabajo. Si no quieren sufrir una demanda, deberán preguntar si el candidato puede verificar su derecho a trabajar en el país en lugar de si nació en EE UU; o qué tal trabaja el aspirante al puesto bajo estrés en vez de si se ha sometido a un tratamiento para combatir el estrés. Sensibilidad a flor de piel. -

Algunas firmas españolas tienen oficina en Nueva York.BLOOMBERG

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