El 80% de las condenas a trabajos comunitarios no se cumplen

Hay sólo 330 plazas disponibles para 6.000 penas dictadas al año

La pena a trabajos en beneficio de la comunidad se extendió de forma importante para las faltas y los delitos menos graves tras la reforma del Código Penal de 2003, pero no así las plazas para cumplirlos. En 2007, según fuentes de servicios sociales penitenciarios en las tres provincias, la cifra de condenas a trabajos en beneficio de la comunidad ronda las 6.000. Sin embargo, en este año, de las 4.000 de Valencia, quedan sin cumplir 2.194; de las 1.650 dictadas en Alicante, sólo 300 condenados han podido encontrar un destino; y de 365 en Castellón, 19 se están cumpliendo, 161 están pendientes...

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La pena a trabajos en beneficio de la comunidad se extendió de forma importante para las faltas y los delitos menos graves tras la reforma del Código Penal de 2003, pero no así las plazas para cumplirlos. En 2007, según fuentes de servicios sociales penitenciarios en las tres provincias, la cifra de condenas a trabajos en beneficio de la comunidad ronda las 6.000. Sin embargo, en este año, de las 4.000 de Valencia, quedan sin cumplir 2.194; de las 1.650 dictadas en Alicante, sólo 300 condenados han podido encontrar un destino; y de 365 en Castellón, 19 se están cumpliendo, 161 están pendientes de elegir destino, 29 no tienen plaza, 38 no se han ejecutado y el resto están sujetas a otras variables procesales, según informa María Fabra. El 80% de los condenados no puede cumplir la pena por falta de plazas. El riesgo es la prescripción. La media de penados que no acuden a tramitar su destino está en el 65%, y no pueden por ello ser detenidos porque no se ha producido un quebrantamiento de condena.

La diferencia entre el volumen de penas impuestas -que prescriben al año en el caso de las faltas, y que son la mayoría de los casos, o entre los dos y los cinco años en el caso de los delitos menos graves- y las plazas disponibles supone, como afirma Vicente Magro, presidente de la audiencia de Alicante, que "la coordinación es básica para el éxito del sistema" y "la experiencia demuestra la necesidad de introducir reformas para cumplir con el objetivo de la medida y no generar frustración a las víctimas".No más de 40 Ayuntamientos han suscrito convenios para proveer plazas en limpieza de jardines, playas o montes, bibliotecas o algún servicio asistencial. Se producen disfunciones graves como las que se generan en Valencia ciudad. En este momento, según servicios sociales penitenciarios, hay 143 personas, que debían, tal como señala la ley, cumplir con los trabajos comunitarios en la capital, pero que están limpiando los jardines de la cárcel de Picassent. Como afirman desde el servicio, es una contradicción gravísima, porque la sociedad ve cómo una falta o un delito menor, cometido por primera vez, pero inaceptable, no es castigado de forma adecuada, la víctima no percibe nada, y el condenado va a una cárcel, cuando la medida huye de ello. Es la consecuencia de que el Ayuntamiento de Valencia, de media, no proporcione más de 20 destinos y con perfiles muy escogidos. En la ciudad de Valencia hay 400 penados con trabajos en beneficio de la comunidad, frente a esas 20 plazas y alguna más que desde servicios sociales penitenciarios consigan de entidades colaboradoras como fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.

Los trabajos comunitarios no pueden realizarse para una empresa privada, no pueden ser remunerados, deben contar con el consentimiento del penado, se miden en jornadas (cada una equivale a cuatro horas) que se distribuyen en función de las circunstancias personales, deben tener relación con la falta o el delito cometido -aunque, como señala el presidente de la Audiencia de Alicante, se estimula que sea así en las penas de tráfico o por daños, pero no en las de violencia de género-, se debe abonar por cada jornada una cuota de seguridad social, que ronda los cinco euros, y la idoneidad la determina el juez de vigilancia penitenciaria, responsable de velar por el cumplimiento.

Julio Such, concejal socialista del Ayuntamiento de Valencia, afirma que "las prácticas del Consistorio, el escaso compromiso, contribuyen a la ineficacia y al incumplimiento de los objetivos de una medida buena".

Magro, que desde 2004 consensuó con la Diputación de Alicante y la Consejería de Justicia, bajo la supervisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) un protocolo al que se han adherido 16 Ayuntamientos, afirmó ayer la necesidad de "hacer pedagogía" porque en un principio los Consistorios rechazan recibir condenados "y hay que explicarles que son personas que han cometido una falta o su primer delito". Pero además, considera que el consentimiento del penado no debería ser determinante y en caso de que no aceptara la condena, establecerse una pena subsidiaria, que haya un organismo que centralice los destinos disponibles y que trabaje para ampliarlos. De este modo se evitaría que, como ocurre en los servicios sociales penitenciarios de Valencia (que manejan unas 150 plazas acordadas con una veintena de Ayuntamientos, algunos de los cuales, como Silla, ofrece más plazas que el de Valencia, y algún otro, como Paterna, que tiene un índice muy elevado de población con esta pena no ofrece ninguna) tengan que buscar destinos fuera de los convenios, tramitar la propuesta del propio penado con una asociación o una parroquia, para dar salida a los cumplimientos.

Los trabajos comunitarios se imponen por daños a bienes públicos, maltrato de animales, conducción ebria, hurto, falta contra el medioambiente, amenazas, coacciones, injurias y vejaciones injustas leves a sujetos pasivos a excepción de la mujer, incumplimiento de obligaciones familiares como régimen de visitas, y varios supuestos, como las coacciones y las amenazas entre ellos, en violencia de género.

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