Los médicos recurren la sentencia que les impide tratar a menores sin el consentimiento de sus padres

El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña anunció ayer que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la sentencia que anula dos artículos del código deontológico médico catalán, que garantizan la confidencialidad a los menores maduros y justifica, en casos excepcionales, realizar abortos y diagnosticar a menores sin el consentimiento necesario de padres o tutores.

Sólo en casos muy excepcionales. El código médico defiende que un menor, si está considerado maduro, podría decidir si quiere abortar, por ejemplo en caso de violación, sin contar con la opinión de sus pa...

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El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña anunció ayer que recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la sentencia que anula dos artículos del código deontológico médico catalán, que garantizan la confidencialidad a los menores maduros y justifica, en casos excepcionales, realizar abortos y diagnosticar a menores sin el consentimiento necesario de padres o tutores.

Sólo en casos muy excepcionales. El código médico defiende que un menor, si está considerado maduro, podría decidir si quiere abortar, por ejemplo en caso de violación, sin contar con la opinión de sus padres. Paradójicamente, la ley de autonomía del paciente establece que la interrupción voluntaria del embarazo se rige por la mayoría de edad.

El juez ha acordado anular los artículos 33 y 59 del código, el primero de los cuales obliga a los médicos a respetar la confidencialidad de los menores ante sus padres y a hacer prevalecer su voluntad, siempre que se les considere lo suficientemente maduros. El segundo artículo sólo prevé la obligación de informar a los padres o tutores de que un menor abortará o será esterilizado si éste no tiene capacidad para entender que está consistiendo este hecho.

"El menor maduro tiene capacidad de comprender y opinar. Este código indica al médico que debe tener en cuenta su opinión", explicó ayer el secretario del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, Jaume Padrós. Según subrayó este médico, la sentencia, que estima parcialmente el recurso que presentaron 112 médicos catalanes contra el código deontológico aprobado en enero de 2005, "no ha sido ninguna sorpresa", puesto que en abril del mismo año ya decidió la "suspensión cautelar" de dichos artículos. En su sentencia, el juez considera que la norma 33 hace recaer únicamente en el médico la decisión de juzgar la madurez del menor, hecho que deja a los padres "en una indefensión absoluta".

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