El Supremo dice que la condición de parlamentario de Otegi no le exime del delito

El Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia que confirma la pena de 15 meses de prisión y siete años de inhabilitación absoluta para ejercer cargo público al portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, por delito de enaltecimiento del terrorismo en el homenaje al jefe etarra José Miguel Beñarán, Argala, en el 25º aniversario de su muerte. El Supremo afirma que la actividad de Otegi como parlamentario no le exime de responsabilidad en ese tipo de conductas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Siro García, destaca que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha pro...

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El Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia que confirma la pena de 15 meses de prisión y siete años de inhabilitación absoluta para ejercer cargo público al portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, por delito de enaltecimiento del terrorismo en el homenaje al jefe etarra José Miguel Beñarán, Argala, en el 25º aniversario de su muerte. El Supremo afirma que la actividad de Otegi como parlamentario no le exime de responsabilidad en ese tipo de conductas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Siro García, destaca que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha proclamado reiteradamente que en una sociedad democrática "determinadas restricciones a la libertad de expresión pueden ser legítimas y necesarias ante conductas que puedan incitar a la violencia o que puedan provocar especial impacto dentro de un contexto terrorista".

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El pasado día 8, el Supremo anticipó el fallo de la sentencia y lo puso en conocimiento de la Audiencia Nacional, que decretó de inmediato la prisión de Otegi. Ese mismo día, sus abogados pidieron al Tribunal Constitucional que dejase en suspenso la ejecución de la sentencia, cuestión que no se podía entrar a examinar hasta contar, precisamente, con el texto. A partir de ahora, el Constitucional puede pronunciarse sobre la admisión a trámite del recurso. Cuando el alto tribunal admite un recurso, acostumbra a dejar en suspenso la pena si ésta es inferior a cinco años. También puede ocurrir que el recurso no se tramite, como ya sucedió con el interpuesto por Otegi contra una condena anterior de un año de cárcel por injurias al Rey.

El Supremo recuerda que el Código Penal introdujo un nuevo texto del delito de enaltecimiento, que es el que ha aplicado la Audiencia, estableciendo que Otegi hizo una "inequívoca exaltación de la figura del terrorista". "No cabe desconocer", prosigue el Supremo, "la enorme relevancia de la jefatura de Argala en la lucha, mediante la violencia contra la vida y la integridad de las personas, para conseguir los objetivos políticos".

En el acto de homenaje, el líder de Batasuna citó a Argala como "persona con adecuados y ajustados planteamientos a favor de Euskal Herria" y dirigió "múltiples agradecimientos a los etarras que han dado la vida por Euskal Herria".

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