El TSJ rechaza el recurso al PAI que paralizó en Parcent

Los magistrados argumentan que la aprobación del plan es sólo provisional

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha enfriado las expectativas de Coalició Democràtica de Parcent (CDP) y el movimiento vecinal al rechazar la admisión de su recurso contra el programa de actuación urbanística (PAI) de El Replà, que prevé 1.500 casas. Los magistrados, que paralizaron el plan de forma cautelar, argumentan que la aprobación municipal es sólo provisional y no se ha agotado la tramitación. El auto es recurrible.

El Ayuntamiento, gobernado por el PP, aprobó el PAI en enero de 2006 y lo adjudicó a Terras de L'Horta en medio de protestas de la oposición y de Veïns ...

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha enfriado las expectativas de Coalició Democràtica de Parcent (CDP) y el movimiento vecinal al rechazar la admisión de su recurso contra el programa de actuación urbanística (PAI) de El Replà, que prevé 1.500 casas. Los magistrados, que paralizaron el plan de forma cautelar, argumentan que la aprobación municipal es sólo provisional y no se ha agotado la tramitación. El auto es recurrible.

Oposición y vecinos destacan que el auto no cuestiona el urbanismo sostenible

El Ayuntamiento, gobernado por el PP, aprobó el PAI en enero de 2006 y lo adjudicó a Terras de L'Horta en medio de protestas de la oposición y de Veïns de Parcent, que recurrieron la decisión. También impugnaron el proyecto una veintena de ciudadanos británicos afectados por la urbanización. En un auto sin precedentes, la sección primera de la Sala de los Contencioso del TSJ acordó en noviembre pasado la paralización cautelar del PAI y manifestó su rechazo a la urbanización de millones de metros cuadrados al margen de los planes generales y sin una ponderación de "las necesidades integrales del municipio y su sostenible desarrollo". Parcent no alcanza el millar de vecinos y el PAI triplicaría el censo, advirtieron los magistrados.

Por estos motivos, el tribunal suspendió el acuerdo municipal hasta analizar el fondo del recurso. Pero los magistrados, al menos de momento, no abordarán las alegaciones contra el PAI porque sólo ha sido aprobado provisionalmente. La Generalitat es la instancia competente para dar vía libre definitiva al plan, y no se ha pronunciado. En ese sentido, el TSJ explica que la aprobación provisional es un acto de trámite que no es susceptible de impugnación. El tribunal ya ha advertido esta circunstancia al desestimar la paralización del Manhattan de Cullera o de un PAI de 4.000 viviendas en Villalonga, pedida por la Subdelegación del Gobierno.

El portavoz de CDP, Pere Far, y Veïns de Parcent destacaron ayer que el TSJ no cuestiona la "doctrina del urbanismo sostenible" y sólo establece que el recurso no puede admitirse ahora "por ser un acto provisional". El auto será recurrido, por lo que la paralización del PAI sigue vigente. De confirmarse la postura del TSJ, el Ayuntamiento podría proseguir la tramitación. El recurso contra El Replà de los vecinos británicos, que logró la paralización cautelar, previsiblemente reciba la misma respuesta dada a CDP.

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