El futuro de Batasuna

"Estése a lo acordado"

La providencia es una resolución judicial no fundada expresamente que pretende zanjar cuestiones procesales de trámite secundarias o accidentales. Este instrumento por así decir sumario para resolver tiene una frase lapidaria: "Estése a lo acordado".

La Fiscalía de la Audiencia Nacional planteó a la Sección Cuarta, el tribunal, las cuestiones procesales sobre el alcance del juicio. Entre ellas: quiénes serían objeto del mismo, la existencia de dos sentencias absolutorias para dos de los acusados, una de ellas no comunicada, la imposibilidad de declarar en rebeldía a uno de los ab...

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La providencia es una resolución judicial no fundada expresamente que pretende zanjar cuestiones procesales de trámite secundarias o accidentales. Este instrumento por así decir sumario para resolver tiene una frase lapidaria: "Estése a lo acordado".

La Fiscalía de la Audiencia Nacional planteó a la Sección Cuarta, el tribunal, las cuestiones procesales sobre el alcance del juicio. Entre ellas: quiénes serían objeto del mismo, la existencia de dos sentencias absolutorias para dos de los acusados, una de ellas no comunicada, la imposibilidad de declarar en rebeldía a uno de los absueltos y pretender juzgarle de nuevo.

La Sección Cuarta despachó estos asuntos con una providencia el 20 de marzo, un día antes del juicio fijado para el 21. "Estése a lo acordado". Esto es, a que el juicio se celebraría en la fecha convocada. Los asuntos planteados quedaron en el aire.

Ahora, a la luz de la sentencia condenatoria dictada ayer por la Sección Cuarta, se puede entender toda esta historia. ¿Sentencia condenatoria? Sí, la sentencia incluye dos condenas de facto. Una de Arnaldo Otegi por la vía de los hechos probados, y la segunda de la Fiscalía de la Audiencia Nacional por retirar la acusación, decisión que ha permitido proteger al acusado.

La Sección es congruente con su lema: "Estése a lo acordado". En otros términos, los magistrados parecen haber acordado una sentencia condenatoria y en la imposibilidad de dictarla técnicamente -porque la acusación fue retirada en el juicio- han formulado una sentencia política bajo disfraz jurídico.

La misma sentencia admite que la sentencia absolutoria de Salaberría llegó a la Audiencia Nacional el día 19 de marzo. Bien. ¿Por qué no darse más plazo para ver si era conforme a derecho volver a juzgarle como pretendía el tribunal y objetaba la Fiscalía? Porque había que estar a lo acordado.

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La decisión de practicar la detención de Otegi y fabricar la imagen de que se le traía por la fuerza a Madrid fue llevada adelante por el tribunal sin consultar con las partes, la fiscalía y la defensa. Y, por otra parte, sin acreditar que Otegi había incurrido en un desacato. No se le apercibió primero. Tampoco se le volvió a apercibir esta vez con la advertencia de que si no acudía sería, la próxima, la tercera, detenido y llevado ante el tribunal. Cuando uno menciona la posibilidad de que este tipo de prácticas pueden equivaler a una detención ilegal ciertos magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sonríen incrédulamente.

El show de la Sala Cuarta no tiene nada de cómico. Y la tamborrada de las huestes del Partido Popular frente a la sede de la Fiscalía General del Estado tampoco.

Si a ello se une el bando del PP contra el grupo de comunicación al que pertenece EL PAÍS, surge un cuadro inquisitorial más propio de los países que impulsan la guerra contra el terror llevándose por delante el Estado de derecho que de una democracia de la Vieja Europa.

El mayor riesgo: las fuerzas que ha desatado el PP albergan en su seno la semilla de la provocación.

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