El Comité contra el tabaquismo critica el decreto de la Comunidad

Un dictamen jurídico encargado por el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo sobre el proyecto de decreto madrileño que desarrolla la Ley estatal Antitabaco critica a la Comunidad de Madrid por contradecir la ley nacional. Según el informe, la Comunidad exime de este modo del cumplimiento de la norma en determinados supuestos.

El escrito está elaborado por Sunyer, Abogados y matiza que "corresponde a las comunidades autónomas aprobar las normas de desarrollo y ejecución" de la Ley. Este hecho supone "una potestad reglamentaria de ejecución y desarrollo de la ley, y no un regl...

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Un dictamen jurídico encargado por el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo sobre el proyecto de decreto madrileño que desarrolla la Ley estatal Antitabaco critica a la Comunidad de Madrid por contradecir la ley nacional. Según el informe, la Comunidad exime de este modo del cumplimiento de la norma en determinados supuestos.

El escrito está elaborado por Sunyer, Abogados y matiza que "corresponde a las comunidades autónomas aprobar las normas de desarrollo y ejecución" de la Ley. Este hecho supone "una potestad reglamentaria de ejecución y desarrollo de la ley, y no un reglamento independiente". Por eso, el dictamen jurídico señala que "las normas reglamentarias contrarias a las Leyes son nulas de pleno derecho".

Prohibido fumar en bares

Los abogados estudiaron la situación de las cafeterías y bares de centros de trabajo, aquellos cuya superficie sea igual o superior a 100 metros cuadrados. Y concluyeron que la Ley estatal "prohíbe taxativamente fumar en ningún espacio de un centro de trabajo que no se encuentre al aire libre. Ello incluye bares, cafeterías y asimilados que no se encuentren al aire libre, con la excepción de los ubicados en el interior de centros comerciales y siempre que se encuentren separados del resto de dependencias". Por eso, el estudio reprocha a la Comunidad que se remita a la definición de "centro de trabajo" recogida en el Estatuto de los Trabajadores para "exonerar" de la aplicación de la ley estatal en determinadas situaciones.

El escrito encargado por el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo contrapone el proyecto de decreto madrileño con los artículos 7 y 8 del capítulo II de la Ley básica estatal.

Y pone de ejemplo que el reglamento madrileño permite el consumo de tabaco en la celebración de actos conmemorativos, de representación, institucionales o análogos que tengan lugar en "dependencias y unidades no productivas ubicadas en inmuebles donde existan uno o más centros de trabajo".

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"No hay pues más excepción que la contenida en la normativa básica estatal", indican los abogados. El informe también analiza los mecanismos de separación de las zonas de fumadores, indicando que la norma autonómica permite que "la separación física del resto de dependencias no requerirá compartimentos estancos", lo que "contradice" la norma estatal que obliga a que una separación física del resto de las dependencias.

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