Editorial:

Proceso en peligro

LA EXPULSIÓN de España de tres de las seis inmigrantes que denunciaron abusos sexuales por parte de policías en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Málaga pone en riesgo la continuidad del proceso penal abierto. Invocar la limitación administrativa de no permanecer más de 40 días en ese centro es improcedente cuando está en cuestión algo tan grave; y más a la vista de que esas tres personas prestaron declaración como testigos protegidos. Además, que tengan que abandonar el centro no significa automáticamente que deban ser expulsadas. La propia ley de extranjería contempla la pos...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

LA EXPULSIÓN de España de tres de las seis inmigrantes que denunciaron abusos sexuales por parte de policías en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Málaga pone en riesgo la continuidad del proceso penal abierto. Invocar la limitación administrativa de no permanecer más de 40 días en ese centro es improcedente cuando está en cuestión algo tan grave; y más a la vista de que esas tres personas prestaron declaración como testigos protegidos. Además, que tengan que abandonar el centro no significa automáticamente que deban ser expulsadas. La propia ley de extranjería contempla la posibilidad de otorgar permiso temporal de residencia en circunstancias excepcionales, entre ellas la de "colaboración con la justicia".

Con independencia de que pudieran pasar en el futuro de la condición de testigos a la de acusadoras, como víctimas de la violencia sexual denunciada, no cabe duda de que, desde una u otra posición procesal, resulta importante para el procedimiento penal en marcha lo que puedan continuar aportando sobre los supuestos delitos cometidos. El hecho de que los presuntos culpables sean servidores públicos que supuestamente se han prevalido de su condición de tales refuerza la responsabilidad del Estado a la hora de garantizar que se haga justicia. No para que se les condene, que eso lo deciden los tribunales, pero sí para garantizar que sean juzgados.

Antes de tomar una decisión tan drástica como la expulsión, la Administración debería haber consultado con el juzgado, que es el que está en mejores condiciones para evaluar la importancia procesal de la presencia en España de esas mujeres. El abogado de las expulsadas había solicitado al juzgado que se paralizara su expediente de expulsión, pero no parece que nadie le informara de ninguna decisión sobre el particular, ya que, según su propio testimonio, descubrió que habían sido expulsadas cuando el pasado día 10 acudió al centro de internamiento a visitarlas.

Haz que tu opinión importe, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

Archivado En