El Constitucional anula las concesiones de Aguirre sobre la radial R-1 y la M-50

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el segundo conflicto positivo de competencias planteado por el Gobierno central contra los proyectos autonómicos de construcción del cierre norte de la M-50 y de la radial de peaje R-1.

Según informó ayer el Tribunal, la admisión a trámite, mediante providencia de fecha 23 de mayo, supone además la suspensión de la vigencia y aplicación de las resoluciones impugnadas por el Ejecutivo, en este caso las de la Consejería de Transportes de la Comunidad que hicieron públicas las adjudicaciones de los contratos de consultoría y asistencia de am...

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el segundo conflicto positivo de competencias planteado por el Gobierno central contra los proyectos autonómicos de construcción del cierre norte de la M-50 y de la radial de peaje R-1.

Según informó ayer el Tribunal, la admisión a trámite, mediante providencia de fecha 23 de mayo, supone además la suspensión de la vigencia y aplicación de las resoluciones impugnadas por el Ejecutivo, en este caso las de la Consejería de Transportes de la Comunidad que hicieron públicas las adjudicaciones de los contratos de consultoría y asistencia de ambos proyectos.

El Gobierno planteó un primer conflicto positivo de competencias el pasado 23 de marzo contra las convocatorias de los correspondientes concursos de consultoría y asistencia de los proyectos, e hizo lo mismo el 21 de abril siguiente, en este caso contra las adjudicaciones de los mencionados concursos. Aquel primer conflicto de competencias sobre estas obras fue admitido a trámite por el Tribunal Constitucional por providencia del pasado 4 de abril.

En ambos casos, los argumentos del Ejecutivo central son los mismos: entiende que la Comunidad de Madrid ha sobrepasado el ámbito competencial que le corresponde y vulnerado las competencias exclusivas atribuidas al Estado en materia de carreteras. El Gobierno sostiene que las competencias de la Comunidad de Madrid se circunscriben al ámbito intracomunitario y a las carreteras cuyos itinerarios no hayan sido calificados por el Gobierno como de interés general.

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